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E
espanol
27/04/2007 08:16
Estimados vecinos/as

El hecho de informar de la legislación es evitar que sucedan situaciones como la que ocurrió el otro día. Si se tiene que aprobar algo debe existir el quorum establecido en la Ley de Propiedad Horizontal. Por otro lado, no es por el dinero, sino el como se ha aprobado, por una mínoría que no representa en nada al número de vecinos. He de "agradecer" al portero o lo que sea que tenemos que no me facilitó la entrada en los portales y lo tuve que hacer por los garajes. Asimismo indicar que hasta que no pasen los treinta días no se pude poner en marcha los acuerdos aprobados pues contravienen la LPH.

un saludo
 
B
Bartleby
26/04/2007 22:03
PatriciaBeltrán, yo el mosqueo no lo tengo por las decisiones tomadas, sino por la forma en que se hizo, sin quorum suficiente y sin informar de cómo se contabilizan los votos de los no asistentes. Yo creo que unas medidas que suponen un coste por lo menos significativo no están suficientemente respaldadas con 46 votos cuando somos 268 propietarios. Además, como le puse al administrador, creo que una de las partes fundamentales de su trabajo es informarnos a los vecinos de nuestros derechos y obligaciones, y no lo hizo ni en la reunión ni en el acta. Es él quien conoce la ley de propiedad horizontal y no nosotros.

Acabo de ver en el buzón un escrito de algún vecino y quería felicitarle por tomarse la molestia de informar a todo el mundo de los derechos que nadie nos contó que tenían.
 
P
patriciabeltran
25/04/2007 10:48
Por vuestros mensajes entiendo que no os parecen bien alguna o todas las decisiones y me gustaría saber si es a causa de alguna razón que yo no veo.

Por lo que yo se depositar las actas en los buzones es lo correcto ya que debemos ocupar los pisos. Los propietarios que tienen sus pisos vacios y que no recogen su correo alla ellos y los que los tienen alquilados y no se ocupan pues idem.

Me extraña que una de los vocales, según el listado, sea morosa (previsión de fondos, 35A). Espero que ahora este al día.
Y los demas morosos también.
 
R
rukina
25/04/2007 08:35
os adjunto la respuesta del presidente, basada en la decidión del presidente y los vocales de la comunidad:

"El Presidente y los/as Vocales de la Junta de Gobierno me indican que no se haga esta notificación a los no asistentes a la Junta, aunque si se reconoce, por supuesto, el derecho que tiene un no asistente a discrepar de los acuerdos que proceda, según la legislación vigente.

En cuanto a la consulta que me hace sobre las fechas, las Actas de la Junta se depositaron en los buzones de los propietarios en el Edificio en los días 14 y 15 de abril, y a aquellos propietarios que hubo que enviarlas por correo, se enviaron el 16 de abril, por lo que el plazo de 30 días que tendría un propietario no asistente a la Junta para comunicar, en su caso, su discrepancia con algún acuerdo de la Junta que se vea afectado por esta norma, finalizaría el 17 de mayo."
No se va a comunicar por lo que entiendo que cada uno debe de informar al Administrador, aunque me imagino que muchos de los vecinos no podrán ejercer su derecho, ya que al no ser informados, lo desconocerán.
 
B
Bartleby
23/04/2007 19:59
Hola
Yo también le he puesto un correo al Presidente manifestándole mi desacuerdo por varios puntos del acta, y en especial por no informar del contenido del artículo 17 de la ley de Propiedad Horizontal, que por si a alguien le interesa, os copio en sus dos párrafos más relevantes para nuestra comunidad:

El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.
A los efectos establecidos en los párrafos anteriores de esta norma, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción.
Le digo además que no puede considerar aprobadas las medidas hasta que se cumpla el plazo que da la ley para que los no asistentes puedan manifestarse en contra de alguna medida, ya que si no se manifiestan se consideran votos a favor. Además le pregunto si puede considerar como acuerdos tomados en la Junta por mayoría simple de los asistentes los que requieren tres quintos. Le he puesto más cosas, pero se me ha olvidado guardarlo antes de enviarlo, así que esto es de lo que me acuerdo.

Perdón por el rollo macabeo
 
R
rukina
19/04/2007 21:21
hola jorge, la unanimidad es necesaria para aprobar medidas importante como las que se trataron en la junta y que afectan de forma directa a la comunidad, pero lo que la ley entiende por unanimidad son las 3/5 partes de las viviendas que tienen derecho a voto, pero si no se dice lo contrario se da por aprobada la medida aunque no se llegue a esos 58,2 votos. Tras el email del administrador confirmandomelo, le he comentado que hubiera sido bueno informar en el acta y que si iba a comunicarlo a la Comunidad, aún estoy esperando su respuesta, en cuanto me diga algo lo pondre en el foro. Yo creo que lo mejor en notificarselo aunque sea por email, pero me imagino que mucha gente desconocia este derecho y sino no lo comunican y acceden al foro no podran ejercelo al desconocerlo.
 
J
Jorge1984
19/04/2007 20:35
Yo quiero que se aplique la medida de los 3/5. Hay que llamar al administrador para decirle esto?

Es evidente que si es lo necesario y no se llega a ese porcentaje no se puede aprobar.

un saludo
 
R
rukina
19/04/2007 19:25
las que han obtenido menos de 58,2 votos a favor. Pero si no se le comunica al Administrador nda, se da por favorable todas las medidas (es decir las que hayan obtenido más votos, aunque no lleguen a este MINIMO de 58,2)
 
B
Bartleby
19/04/2007 18:17
¿Qué medidas son las que no tienen suficiente apoyo?
Gracias
 

Fin del hilo
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