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M
MACADI
26/01/2012 09:26

Modificación zonas comunes - jurisprudencia

¿Dónde encontrar la jurisprudencia sobre la modificación de zonas comunes?

13.600 lecturas | 5 respuestas

Estoy buscando sentencias sobre modificar zonas comunes, por ejemplo:

- suprimir una jardinera, o parte de ella.

- mover un muro que limita una zona infantil, pista deportes, y hacerlas más grandes.

En estos casos la modificación no aporta ningún servicio nuevo.

Estas reformas modifican la estética del patio interior.  

Entiendo que se necesita UNANIMIDAD, pues se está reformando el patio interior, y no hay ningún servicio de interés general que valorar; pero tengo dudas sobre si se está modificando el titulo constitutivo. 

 
M
MACADI
20/02/2012 09:58

Muhas gracias antiguo.

En esta sentencia se le da mucha importancia a que como "el uso de la zona" no cambia, sigue siendo zona infantil, lo único que cambia es el material arena por cesped. No hay cambio de uso,  ni de tamaño.

Es una pena que estas sentencias no lleguen al SUPREMO, personalmente no me parece la correcta.

Hacen referencia a "actuaciones convenientes para la comunidad

Según esta sentencia podría cambiarse una pista de baloncesto, por una de pádel,   sigue siendo zona deportiva. Podría reducirse el tamaño de la piscina de 8 x 15  a una mini-piscina de 3 x 5.  sigue siendo una piscina.

En algunas sentencias del SUPREMO ya se aclara un poco eso tan complicaco de "servcios comunes de interés general".  

En esta sentencia no se aclara el motivo por el cual el cambio de arenero a cesped es conveniente para la comunidad, supongo que será porque han votado muchos más vecinos a favor; pero el SUPREMO ya ha calificado de poco afortunada esta interpretación que implica acabar completamente con la UNANIMIDAD.  
 

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El caso que yo planteaba implica cambio de tamaño y también de uso. Si se suprime una jardinera para aumentar una pista de deportes, se está cambiando de uso la zona de jardinera que era zona verde y despues de la reforma forma parte de una pista de deportes.

Si se mueve un muro y se hace más grande la pista, se está dando un uso diferente a la superficie añadida que antes no era zona deportiva, sino de esparcimiento o cualquier otra.

Un saludo y gracias de nuevo por la sentencia,  

 
M
MACADI
27/01/2012 11:38

Curiosamente en la sentencia anterior, está escrito que mover el muro exterior no es una alteración de la cosa común.

No obstante en la sentencia hay unos motivos, y un interés general para la comunidad (ganar terreno para uso comunitario), que exime de la UNANIMIDAD. 

 
M
MACADI
27/01/2012 11:29

A mi el artículo 12 me parece bastante aclaratorio, dado que la duda que tenía era si modificaba el titulo constitutivo, y entiendo que según este artículo cualquier modificación afecta al Titulo. Por lo tanto es de aplicación la necesidad de UNANIMIDAD, teniendo en cuenta que no hay ningún servicio de interes general que valorar, y aunque lo hubiera la jurisprudencia entiende que se refieren a servicios de actualización y modernización y puesta al día de la comunidad antigüas (energias, sistemas de comunicaciones, ....) y no a asuntos de ocio (piscinas, zonas infantiles, ....)

  

 
M
MACADI
27/01/2012 09:45

Antiquo;

Ayer he ido a ver las escrituras de obra nueva de la comunidad (titulo constitutivo), y resulta que apenas menciona las zonas comunes.

Se limita a describir la situación del edificio y el número de viviendas, portales,trasteros, plazas de garaje, su situación  y  coeficiente.

Sobre el patio interior sólo comenta que hay una pista deportiva, zonas ajardinadas, zona de esparcimiento y zona de piscina, sin dar información de metros, ni situación.  De hecho existen  aseos comunitarios que ni los menciona, igual que otros cuartos que utilizamos para el material de limpieza, y trastero comunitario.

El Titulo constitutivo tampoco  dscribe ni fachadas, ni entradas, la realidad es que no describe nada.

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Lo anterior me crea bastantes dudas, si en el titulo constitutivo no hay información detallada de las zonas comunes, modificar estas zonas no modifica el titulo constitutivo. Es más, suprimir los aseos comunitarios tampoco porque no están en el titulo constitutivo.

Me resulta bastante extraño que se puedan modificar tamaños de piscina, area infantil, pistas deportes, jardines sin necesidad de UNANIMIDAD, incluso cambiarlas de sitio dentro de la zona interior.

¿No hay algo más?  para las fachadas entiendo que sí;  hoy en día las zonas comunes están diseñadas con cierta simetrías, con  obligación de tener zonas ajardinadas.

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En el artículo 12  está escrito:

La construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes afectan al título constitutivo.

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A mi entender, este artículo protege las zonas comunes.

 

 

 

   

 
M
MACADI
26/01/2012 10:53

Muchas gracias antiguo,

la sentencia me ha aclarado algunas dudas .

 

 

 

 

 

 

 

Fin del hilo
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