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ERAUGUS
18/05/2014 13:15

Piscina de comunidad de vecinos

¿Se puede usar el espacio común lindante y la piscina? ¿Cuál es la normativa?

1.945 lecturas | 2 respuestas

Estoy en una comunidad de 180 propietarios y tenemos una piscina comunitaria, e visitado otras comunidades similares y tienen la piscina habilitada TODO el año y cuando consulté sin tenían guardavidas me contestaron que no que en reunión de comunidad decidieron habilitarla bajo responsabilidad de individual.- mi pregunta es: ¿se puede usar el espacio común lindante y la piscina? cual es la normativa?

 
Adminfergal
Adminfergal
19/05/2014 18:46

Buenas tardes Eraugus:

La regulación de socorristas no es un tema de la Junta de Propietarios sino que viene impuesto en el caso de Madrid por la propia Comunidad de Madrid. Esta regulado por el decreto 80/1998 en su artículo 20 de la comunidad de Madrid.

Le envío el vínculo por si le interesa ver el artículo y el resto de la información.

http://www.adminfergal.es/files/0203.1400517570.CNPR6261UMOB1877VIQR6246GVEQ8527.pdf

 

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
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P
PEPE123
19/05/2014 17:40

Consulte la normativa en el Ayuntamiento.

Me extrañaría mucho que en una comunidad con 180 vecinos la normativa municipal permitiera la apertura de la piscina sin socorrista.

Que se abra solo en verano o todo el año, es decisión de la comunidad.

 

 

Fin del hilo
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