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toexcar
07/09/2015 22:40

Irregularidades presidenciales

¿Cómo afecta el cambio de presidente y el acceso privativo a la cuenta de la comunidad en mi comunidad de propietarios?

1.794 lecturas | 8 respuestas

El pasado 1-6-2015 se llevo a cabo en mi comunidad una junta ordinaria siendo el punto principal el cambio de presidente, a la misma a la persona que le tocaba ser no acudió ( nunca ha acudido y además es moroso, teniendo el piso ocupado por una persona desconociendo en calidad de qué)  ha mitad del mes de junio dicho señor se presentó en el domiciio de la presidenta actual y en el libro de actas añadieron la frase de "presidente entrante" firmando dicho propietario sin haberlo hecho esto publico ya que el acta correspondiente a la mencionada junta ya la teniamos todos los propietarios con anterioridad  y no constaba dicho hecho, las dudas que tengo son :

¿ de la forma que se ha hecho tiene validez el mencionado cambio de la presidencia?¿deberia la presidenta convocar una junta para indicar el cambio de presidente?

¿el acceso a traves de internet de la cuenta de la comunidad es privativo del presidente ó debemos de saberlo todos los propietarios? pues la presidenta y el "nuevo presidente" se personaron en la entidad bancaria y cambiaron el número de acceso a la cuenta sin ponerlo en conocimiento de nadie.

¿ El presidente puede delegar en otra persona cuando "oficialmente" sea presidente para convocar juntas y asistir a las mismas en su nombre?

Muchas gracias de antemano por su ayuda 

 
ADASgestion
ADASgestion
02/10/2015 10:20
Pues seguirá siendo presidente el último nombrado y debería poner orden en este asunto, ya que sigue representando a la comunidad.
Para que quieren un Presidente que delega en otro?
El presidente no puede delegar, si puede buscar asesoramiento, como todo el mundo
ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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toexcar
02/10/2015 10:15

Pero en este caso que no ha sido así¿ que pasos hay que seguir ?

¿puede delegar la presidencia en la persona que ocupa la vivienda a pesar de no ser legalmente presidente?

 
ADASgestion
ADASgestion
02/10/2015 10:05
Para ser presidente debe ser aprobado en Junta. Y recogerlo en el acta.

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toexcar
02/10/2015 02:05

Hola Juankarlossss: Ampliando mi pregunta le diré que oficialmente no se ha designado nuevo presidente, pues únicamente tal y como me indicó la presidenta ese señor se presentó en su casa y firmó en el libro de actas, pero en modo alguno se ha celebrado junta alguna para el nombramiento del nuevo presidente.

¿ Puede éste señor delegar su cargo en la persona que ocupa la vivienda incluso si llegara a hacerle alguna autorización y ejercer como tal?

Por ser moroso puede asistir a las juntas ¿ pero no tendrá derecho a voto? Gracias de antemano

 
ADASgestion
ADASgestion
08/09/2015 13:49
Tiene que firmar el libro de actas de la junta en que se nombró al nuevo presidente quien convocarse la junta, que será el saliente, no debe firmar en entrante
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toexcar
08/09/2015 11:52

En el acta no se le nombró pues cuando él firmo en el libro el acta correspondiente a la junta ya se habia llevado a cabo, el hecho de que haya firmado en el libro  fué posterior a la firma del acta , por otro lado parece ser que no ha habido cambio en la titularidad de la cuenta de la comunidad pues cuando la presidenta actual fué al banco lo hizo en compañia de otro propietario para sacar dinero pues parece ser que en la vivienda del "nuevo presidente" se habian producido unos daños por agua ( esto la presidenta no lo ha hecho publico, unicamente lo sé yo pues me lo comunico por watshap) y entonces ella solicitó el cambio de las claves de acceso a la cuenta de la comunidad  y se las entrego a él,  unicamente  las usamos para comprobar si los pagos de los propietarios se hacen en el periodo que se acordó , ya que en la cartilla cuando se hace un pago en efectivo unicamente pone "pago en efectivo" sin especificar el nombre de igual forma cuando algun propietario paga mediante transferencia unicamente pone "trasferencia a su favor" sin embargo a través de internet si que se especifica claramente la persona que ha hecho los ingresos tanto en efectivo como por medio de transferencia y de esa forma se lleva un mejor control tanto de ingresos como de pagos . No tenemos administrador pues tan sólo somos 12 viviendas y un bajo y somos vecinos desde hace más de 40 años. Gracias Juankarloss

 
J
JUANKARLOSSS
08/09/2015 07:48

Vayamos por partes,

en primer lugar, usted no aclara si finalmente en la Junta General se nombró al nuevo presidente.

el que esté moroso, no acuda a la Junta y tenga el piso alquilado o prestado, no impide su nombramiento

Si se aprobño su nombramiento y así lo recoge el Acta, que según dice, firmó unos días después, es suficiente para realizar el cambio de firmas en el Banco

Por último, las claves de acceso de la cuenta bancaria deben de tenerla el Presidente y administrador, con esas claves no sólo pueden hacerse consultas, también operaciones como transferencias

un saludo

 
ADASgestion
ADASgestion
07/09/2015 22:50
El/La president@ deberá ser nombrad@ en la junta en que se aprueben los cargos
No se puede escribir en el libro de actas cosas que no se han tratado en la junta.
Respecto a Quienes tendrán firma en la cuenta de la comunidad también se debe aprobar en Junta y citarlo en el acta. No entiendo que sin presentar una aprobación de Junta el banco haga el cambio de firmas.
Lo que nos comenta es todo irregular.
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