Volver al foro
T
toexcar
18/02/2019 20:41

morosos nombrados en convocatoria de la junta

¿Es legal indicar los morosos y sus deudas al inicio de de la junta comunitaria?

3.573 lecturas | 9 respuestas

Hola buenas noches: agradeceria me indicaran si cuando se convoca una junta comunitaria bien sea ordinaria o extraordinaria, si es legal indicar en la misma los propietarios morosos y las cantidades adeudadas y si esto esta reflejado en la LPH. Muchas gracias 

 
F
Fixin
19/02/2019 17:03

ADASgestion dijo:

Me comentaron un caso de una convoctoria con el nombre del propietario anterior. El Administrador por despiste o por copia y pega de documentos obsotetos, no puso el nombre del propietario actual, el cual era el moroso. Cuando se entero el propietario anterior denuncio a la Comunidad, ya que la concocatoria la hace el presidente y da el VºBº a la redacción.

Pero es que este caso que comenta nada tiene que ver con lo que estamos tratando. Se incluyó como moroso a una persona, con sus datos, que no es que no fuera moroso es que ya no era ni propietario.

Normal que denunciara y normal que le dieran la razón.

 
ADASgestion
ADASgestion
19/02/2019 16:31

Fixin, esto conforme con su exposicion.

Me comentaron un caso de una convoctoria con el nombre del propietario anterior. El Administrador por despiste o por copia y pega de documentos obsotetos, no puso el nombre del propietario actual, el cual era el moroso. Cuando se entero el propietario anterior denuncio a la Comunidad, ya que la concocatoria la hace el presidente y da el VºBº a la redacción.

SI, Si, hay que ser mas cuidadosos, para eso paga la Comunidad los servicios de un Administrador. 

Yo particularmente, considero que con poner el inmueble es mas que suficiente, aunque emocionalmente cuando se comunica con nombre y apellidos de un propietario moroso igual hace mas efecto.

 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
F
Fixin
19/02/2019 15:26

No hay impedimento legal alguno para que puedan aparecer los nombres de los propietarios morosos. Hacerlo no vulnera la LOPD. En este sentido se ha pronunciado el Tribunal Supremo en sentencia de 21 de marzo de 2014 estableciendo que,  “debe prevalecer el derecho a la libertad de información y comunicación que asiste a la comunidad de propietarios por los siguientes motivos:

- porque la información difundida no solo es de interés para la comunidad de propietarios, sino que viene amparada por la legislación específica en materia de propiedad horizontal;

- porque dicha información cumple el presupuesto de veracidad;

- porque del comunicado en cuestión, conforme con los requisitos de la LPH, no se constata intencionalidad alguna de menoscabar el honor del copropietario, sin contener juicios valorativos, ni expresiones injuriosas o insultantes que pudieran ser atentatorias contra su honor, resultando adecuada su difusión en el marco de los interesados.

En el mismo sentido se pronuncia la LOPD 3/2018 art.8.1 “El tratamiento de datos personales puede considerarse fundado en el cumplimiento de una obligación legal exigible al responsable, cuando así lo prevé una norma con rango de ley”.

 
ADASgestion
ADASgestion
19/02/2019 15:14

Se deben relacionar en la Concocatoria los inmuebles morosos, Piso XX, deuda de YY euros, no debe aparecer nombre de los propietarios. Esto es concordante con que la deuda es del inmueble, y se cumple la LPD

 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
F
Fixin
19/02/2019 09:24

Exacto, deben aparecer para que todos sepan que pueden debatir pero no votar.

 
P
PEPE123
18/02/2019 22:37
De hecho, si no aparecen en la convocatoria, a efectos de la junta es como si no lo fueran, y tienen derecho a voto.
 
P
PEPE123
18/02/2019 22:08
En la convocatoria DEBEN aparecer los morosos, y no hay problema alguno de protección de datos.
 
F
Franzisko
18/02/2019 21:34

No solo es legal, sino que es obligatorio que como propietario conozcas quien te debe dinero.

 
carolinevega
carolinevega
18/02/2019 21:24

ustedes tienen administrador profesional?

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento