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J
jduranca
27/08/2019 18:47

Acreditacion de propiedad

837 lecturas | 6 respuestas

¿Para poder asistir a junta de vecinos con derecho a voto es necesario haber acreditado el titulo de la propiedad ante la comunidad. ?

 
A
aserval
28/08/2019 18:04

PEPE123 dijo:
  Y por otra parte, en España NO es obligatorio inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad, por lo que la nota simple no garantiza nada respecto a la titularidad.

 

  Aquí PEPE Tienes toda la razón, tampoco es obligatorio inscribir en el Registro Civil ni hijos, ni matrimonios ni nada de nada. Lo cierto es que para que un administrador profesional te incluya en la base de datos de los inmuebles que maneja, algo hay que darle, ya que de palabra tampoco vale.

Lo mismito que, si no le inscribes al hijo, no le dan DNI, ni pasaporte, ni becas ni nada de nada, se convierte en un indocumentado sin derecho a nada, bueno algo SI, la sanidad ya que gozamos de sanidad universal afortunadamente.  

 

 

 
J
jduranca
28/08/2019 12:45

Gracias a todos por vuestros comentarios. Parece que es otra laguna de la LPH con lo cual nos enfrentamos con mas frecuencia de lo deseado.

 
P
PEPE123
28/08/2019 11:46
"Oficialmente", es un tema sin resolver, ya que, por una parte entregar una copia de la escritura de compra es algo que prácticamente nadie va a hacer, pues tiene datos, como el precio de compra, que no hay por qué revelar. Y por otra parte, en España NO es obligatorio inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad, por lo que la nota simple no garantiza nada respecto a la titularidad.
Y, por último, la LPH solo habla de comunicar el cambio de propietario, sin más.
 
carolinevega
carolinevega
28/08/2019 10:53

Cada maestrillo tiene su librillo, y usted es sabedor que eso no lo indica ninguna ley.

El comprador tambien puede decirle que la nota simple del registro la solicite usted

 
carolinevega
carolinevega
27/08/2019 22:19

Lo normal no es entregarle una copia simple al administrador, dado que figuran datos que el administrador no tiene poque ser conocedor de ellos .

Cuando se compra una vivienda usada, el administrador ya sera conocedor que esa vivienda ha cambiado de dueño art. 10.1.I Comunicar a quien ejerza las funciones de Secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local. 

Cuando se compra una vivienda si esta es una construccion nueva, lo mas probable es que el administrador ni exista, 

 

 
C
cachan555
27/08/2019 20:42

 Si. Lo normal es que al adquirir una propiedad, se le entregue al administrador la copia simple de la escritura, este la escanea y la archiva para su constancia.

 

Fin del hilo
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