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M
MMSAGA
22/07/2023 09:09

Malas gestiones

¿Qué puedo hacer ante la difamación y exclusión en mi comunidad?

947 lecturas | 6 respuestas

Buenas la presidenta de la comunidad donde resido ha escrito un comunicado refiriéndose a mí pero sin poner mi nombre, alegando que ha prescindido de mí porque creaba malestar en la junta. Nada más lejos de la realidad, sino que como veía cosas mal, lo decía y a ellos no se les puede llevar la contraria. Hace unos días dimití de mi puesto por toda la extorsión y acoso hacia mí porque lo que quería  era que lo dejara, ahora ella pone que si algún vecino quiere saber que ha pasado que ella se lo explica cuando ni a mí me lo han explicado. Eso si fui sentenciada en cuanto dije que quería presentarme a presidenta, ahora mismo hemos visto en el tablón de anuncios que su marido el cual ya era vocal, se ha presentado para vicepresidente. En fin, ante esto que puedo hacer? Esta claro que como digas verdades como puños ya eres malo y más cuando desde un principio ni querían aceptarme como vocal. Creo que hay cosas más importantes que hacer en la comunidad que andar inventando y haciendome quedar como lo que no soy, vertiendo injurias hacia mi persona. Gracjas 

 

 

 
Asoin
Asoin
29/07/2023 12:30
Totalmente de acuerdo con luna , en estos casos no se puede hacer mucho. Otra cosa sería que las injurias fuesen proferidas a su persona con nombre y apellidos y que las mismas tuvieran gravedad o entidad suficiente para tener recorrido judicial.
En cuanto a que el marido de la presidente quiere ser vicepresidente no es posible.
 
L
luna_1942
22/07/2023 17:43

La figura del vocal no existe como tal en la Ley de Propiedad Horizontal y está vacía de contenido. Solo existirá, como en el caso del vicepresidente, si figura en los estatutos de la comunidad.

No haga caso de ciertos consejos que dan algunos foreros inexpertos, de llamar a policía y sandeces semejantes, que se puede meter UD en un serio problema, simplemente solicite a la junta si se ratifica en la decisión de la presidenta.


Editado por luna_1942 22/7/2023 17:48
 
C
celasius
22/07/2023 17:21

Los vocales no están regulados en la LPH. Es una figura que ni aparece. Lo normal es que, en Comunidades grandes (varios edificios o escaleras) se nombre una o dos personas por escalera

 

La junta de propietarios. Es la asamblea con capacidad para decidir sobre todo lo que atañe a la comunidad.
El presidente que es el representante legal y orgánico de la comunidad, que dirige su funcionamiento, ejecuta las decisiones de la junta, toma las decisiones de administración ordinaria, urgentes, etc.
En su caso, los vicepresidentes, cuya existencia es facultativa para la comunidad (no en todas existen ni es necesario) y que sustituyen al presidente en casos de ausencia, vacante, imposibilidad, etc. 
El secretario y el administrador, cuyas funciones asume el presidente en comunidades en que no existen y que, allá donde existen, pueden coincidir en la misma persona (secretario-administrador. 

La ley también indica que los estatutos de cada finca pueden establecer otros órganos de gobierno

 
carolinevega
carolinevega
22/07/2023 15:18
De seguro que en el título constitutivo, no va a figurar simse puede o no tener vocales, dado que en dicho titulo realizado por el promotor, no tiene porque figurar eloo.
Para eso está la LPH que lo indica,
Y en el caso que fuese como usted indica, si no se hubiese impugnado, el nombramiento, seria completamente legal
Los cargos en las comunidades, presidente, vicepresidente y vocales, los elije y los revoca la junta comunitaria.
La presidenta no puede quitar un cargo, al igual que usted, no puede renunciar a él

Cuando haya junta, si a usted no le convocan, usted vaya, y si la presidenta se pone tonta, llame a la policia, por no dejarle ejercer un cargo elejido por la junta comunitaria
 
C
celasius
22/07/2023 10:36

Posiblemente en el título constitutivo, no contemple la figura de vocal para regir su comunidad, y si esto fuera así, el nombramiento que realizaron en su día, sería irregular, con lo cual cualquier comunero puede instar para su eliminación.

 
carolinevega
carolinevega
22/07/2023 09:42
De entrada ni usted puede dimitir, ni la presidenta puede dimitirla, deber hacerlo quien la nombró la comunidad
Si la presidenta tiene un piso con su marido, éste no puede ser vicepresidente
El tablón de anuncios no es para colgar propaganda electoral
 

Fin del hilo
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