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josua67
12/12/2007 11:31

Garajes

¿Qué riesgos hay al tener un coche y una moto en una misma plaza de garaje?

1.163 lecturas | 8 respuestas
Hay algunos vecinos que en una misma plaza de garaje tiene coche y moto ,a continuación comento para que todos tengamos información y no nos pille por sorpresa.

En caso de siniestro por incendio, y a pesar de que cumplieramos con el Regalmento de Protección contra Incendios, el seguro no nos cubriría un céntimo como defecto de uso y mantenimiento, dado que la plaza, legalmente registrada, tiene cabida para un coche, no para un coche y una moto, por tanto el seguro da cobertura para la plaza tal y como esta inscrita registralmente, y para el uso para la que está destinada, es decir, un coche.

No por unos cuantos tenemos que pagar los demás.
 
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JRodriguez
04/04/2008 15:08
La aseguradora ya se lo que va a contestar (se lavaran las manos en caso de siniestro) pasa en todos los seguros, no solo en los de comunidad.

Otra cosa es el vacio legal que existe en estos casos y otros que se han dado en distintas comunidades.

Yo por mi parte me encarge de no invadir zonas comunes y no molestar ni invadir lo mas minimo la otra plaza de garaje.
Por lo demás me parece perfecto asegurarnos lo que dicen todos y recabar la máxima información posible.

Yo particularmente la que dice el Ayuntamiento y la ley de Propiedad Horizontal ya la tengo.

salud







 
J
josua67
04/04/2008 13:16
Los foros están para bien y para mal,no todo es verdad lo que se dice en internet ,pero claro que se puede sacar información de los foros,para eso están.
Lo de los dos coches es un ejemplo nada mas,pero en la proxima reunión tendríamos que abortar ese tema de una forma directa,sin enfados ni nada por el estilo,asegurandonos al 100% si se puede o no,que el seguro nos de por escrito que puede pasar,preguntando al Ayuntamiento y al que haga falta.
Lo único que no deseo es que haya un siniestro y paguen justos por pecadores.

salud
 
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JRodriguez
04/04/2008 11:44
Hola, efectivamente la información la he sacado de otros foros. ¿Se puede no?
Ya sabes te informas. ...abogados..administradores, ayuntamientos, comunidad...e incluso foros...y varios me han dicho lo mismo.

Yo no hablo de meter dos coches, hoy en día el limite de las plazas no lo permite por espacio claramente . pero si coche y moto siempre y cuando no salga de sus limites y no invada zonas comunes.

Hay muchas sentencias firmes al respecto y si efectivamente lo puedes mirar en los foros y en internet que me imagino que para eso están para informarse, me imagino que tu también lo haces.

del vecino de los dos coches, no tengo informacion al respecto y la desconozco.

salud





 
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josua67
04/04/2008 11:23
Ya veo que te gustan los foros como a mí:
Eso lo decía la OCU a un forero ,pero hay gente que tambien saben por donde van los tiros y dicen:

No puedes aparcar dos vehiculos en una plaza de garaje aunque sea muy grande (coche-coche o coche-moto), salvo que en escrituras conste que es una plaza doble.

Ya se que lo que os voy a contar no os gustara a muchos, seguro.

1º En el caso de un incendio que se inicié en una plaza de garaje con dos coches, y se propague a los demás coches, la compañía de seguro se lava las manos, el vecino dice "yo no quería" y los demás vecinos tienen que denunciar al vecino si quieren cobrar el siniestro.
No es el primer caso que ha sucedido en nuestra tierra.


2º En Madrid, esta más claro que el agua en su Ordenanza Municipal Reguladora de los Pasos de Vehículos de fecha 26/04/2006 publicada en el B.O.C.M. viernes 19 de mayo 2006 Pag. 89 y siguiente, y en su desarrollo y en la hoja de autoliquidación, dice claramente, Numero de plazas de aparcamiento según vehículos:
Para vehículos de 2 ruedas (250cm x 150 cm.)
Para vehículos automóviles pequeños y medios (400 ó 450 cm. x 225 ó 240 cm.)
Para vehículos grandes (5 m x 240 cm.)


Es decir claro concreto y conciso

Vehículos de dos ruedas de 250 cm. de largo por 150 cm. de acho

Vehículos pequeños de 400 cm. de largo por 225 cm. de acho

Vehículos medianos 450 cm. de largo por 240 cm. de acho

Vehículos grandes 500 cm. de largo por 240 cm. de acho
Medidas mínimas.

Y dice más en el Art. 39 Infracciones graves.- Se consideran infracciones graves:

h) La ocultación, manipulación o falsedad de los datos o de la documentación aportados para la obtención de la correspondiente autorización.

En el Art. 44 Sanciones …..

b) En el caso de infracciones graves, desde 751 euros hasta 1.500 Euros.


Que poco seria esta multa si no pudiera llevar la reiteración de dicha falta la cancelación de dicha concesión del VADO.

Y otra vez el vecino de los dos coches, yo no sabia y además la solicitud la realizo el presidente, yo no fui y los demás a sacar el coche y apárcalo en la calle.

Salud

Con esto no quiero que nadie me interprete mal,pero hay que asegurarse a todas luces si se puede o no.
 
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JRodriguez
04/04/2008 08:30
Buenos días de nuevo ;

El Ayuntamiento jamás os puede poner una multa a la comunidad porque estacioneis mas vehiculos en una plaza siempre y repito siempre que no salgais de vuestros límites. El seguro de la comunidad tampoco lo puede hacer, ambos aseguran por plazas de garaje y nunca por vehiculos.
Si el seguro os dice lo contrario ir pensando en cambiar de Seguro.

Las plazas de garaje tienen unas dimensiones mínimas establecidas en los planes de urbanismo o en las normas de cada municipio a las que suelen ajustarse los promotores. Dentro de esas dimensiones, habitualmente delimitadas con una línea en el suelo, se pueden meter el número de vehículos que le convenga, siempre y cuando no perjudique el derecho de otros copropietarios invadiendo sus plazas o causándoles molestias, como ocurre frecuentemente al invadir espacios comunes (esto último por supuesto no está permitido). A este respecto, los tribunales exigen que la molestia alegada sea efectiva y real. A título de ejemplo, cito la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería de 28 de julio de 2003, conforme a la cual "..... el estacionamiento de dos vehículos en una plaza de garaje no constituye por sí misma una actividad molesta o prohibida, ....".
Además, los tribunales no permiten que mediante estipulación contenida en los estatutos o mediante acuerdo de la comunidad de copropietarios se pueda limitar su derecho de propiedad sobre la plaza. Es decir, con arreglo a las limitaciones expuestas, no podemos exigir que aparque un solo vehículo si en su plaza caben dos vehículos , en este caso coche y moto dentro de sus límites y sin causar molestias .

Por ejemplo, un caso expuesto en una Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza en fecha 24 de junio de 2002 dispuso en un caso similar "... es evidente que la prohibición impuesta por la Comunidad a los copropietarios de estacionar dos vehículos en una plaza, pese a gozar la misma de las dimensiones suficientes, entraña una limitación al derecho soberano de propiedad, impuesta sin soporte justificativo alguno, que podría venir sólo determinado por el desarrollo de las actividades relacionadas en el número 2 del Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (actividades prohibidas en los Estatutos, dañosas para la finca o contrarias a las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas), no siendo el caso, y que contraviene claramente lo específicamente dispuesto en el Artículo 348 del Código Civil.
No puede, por otro lado, ampararse dicha limitación en supuestas exigencias derivadas de la seguridad del edificio, o en supuestos usos o costumbres de la Comunidad, por cuanto, como bien señala el recurrente, la licencia de apertura de garaje no establece limitación alguna del número de vehículos a estacionar en el mismo, debiendo, en todo caso, adaptarse la Comunidad a la normativa municipal de incendios aplicable, si entiende que su contenido (coches) exige mayores elementos de seguridad, lo que no se ha acreditado, no siendo el proyecto de edificación del garaje instrumento idóneo para determinar el aprovechamiento de las plazas construidas, y, por último, porque la costumbre o uso esgrimido por la Comunidad, evidentemente, no ha sido aceptada por todos los condóminos...".


Si es cierto que pueden existir ciertos inconvenientes en cuanto a la cobertura del seguro de incendios de su comunidad, puesto que habitualmente el seguro otorga cobertura atendiendo al número de vehículos con autorización para estacionar y no a los metros cuadrados de superficie del garaje, por lo tanto solo quedará asegurado un vehiculo de los dos que tenia dentro de sus límites, pero en ningún momento se verá afectado el resto de vehículos de la comunidad.

Un saludo y perdonad el ladrillazo.
 
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josua67
04/04/2008 07:27
Como bien sabrás, el Ayuntamiento da autorización al vado para un número de plazas o vehículos,es decir,si tenenos 20 plazas 20 vehiculos,y si nos pillan multa al canto a la Comunidad,no particularmente.
En caso del seguro habrá que pedir por escrito,que en caso de siniestro,si una o varias plazas tienen más de un vehiculo que es lo que pasa.

Salud
 
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JRodriguez
03/04/2008 11:02
Por lo tanto siempre que el propietario no se salga de sus limites y no invada zonas comunes ni otras plazas que no sean de su propiedad puede hacerlo perfectamente.

Espero haber sido de ayuda a los afectados.

 
J
JRodriguez
03/04/2008 11:01
1º. Cuando se dan las licencias de ocupación en los edificios y los garajes pasan la inspección de la delegación de industria de la Comunidad Autónoma (No del ayuntamiento), las licencias se conceden por parte del ayuntamiento en función del número de plazas. Ello no significa por la Ley de la Propiedad Horizontal que una plaza NO ES = a 1 vehículo, por lo tanto, un propietario puede usar la plaza para uno o varios vehículos siempre que no salgan de sus límites.
2º. La comunidad de vecinos cuando contrata el seguro de responsabildiad para el garaje lo hace por número de vehículos y no por plazas, lo cual es un error de uso y costumbre por parte de los administradores que genera problemas de los aquí denunciados. No obstante, si hubiese algún siniestro y en una plaza hubiese 2 vehículos, el propietario debe optar por declarar como afectado uno de ellos, pero la empresa aseguradora NO PUEDE aludir que había más coches que plazas para no pagar los daños. Eso es totalmente falso.“
 

Fin del hilo
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