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M
msmillan
13/01/2009 11:21

Luz/Gas/Agua

¿Cómo se pone en marcha la caldera y el aire acondicionado en nuestro nuevo hogar?

1.145 lecturas | 5 respuestas
Hola a todos,
Ya sé que algunos ya habeis firmado, nosotros lo haremos este jueves.
Quería saber si os han explicado algo sobre la puesta en marcha de la caldera y del aire acondicionado. A nosotros en la visita de desperfectos nos dijeron que un técnico tendría que poner en marcha la caldera y que lo mismo sucedía con el aire acondicionado. Lo que no sé es si nos tenemos que buscar nosotros la vida o bien lo ponen en marcha ellos.
Y en cuanto a dar de alta los servicios, sabeis quien suministra la luz y el agua en Paracuellos? La luz no sé si será Iberdrola o Union Fenosa y en cuanto al agua tampoco sé si será el Canal Isabel II. El gas supongo que será Gas Natural.
Os dieron en la firma los boletines de las instalaciones de gas y luz para solicitar el alta de los servicios?
Saludos,
 
V
vanecoro
15/01/2009 19:53
El agua ,

REQUISITOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE AGUA CONTADOR SECUNDARIO
Información de la Contratación Quién puede solicitar el
suministro:
 Propietario, arrendatario, adjudicatario, de la finca o persona autorizada. La persona que presente la solicitud debe tener los conocimientos necesarios que permitan ajustarlas características técnicas de la acometida.

 Si el titular del contrato es Razón Social, el solicitante ha de ser su representante oautorizado.

Quién puede contratar el suministro:
 El titular del contrato será el propietario, arrendatario, adjudicatario, etc. de la finca.
Quién puede firmar el contrato:
 Persona física: Si el titular del contrato es persona física (propietario, arrendatario, adjudicatario, etc.) el contrato puede ser firmado por él aportando
su DNI, o por un apoderado o persona autorizada.
 Persona jurídica: Si el titular del contrato es una persona jurídica el contrato será firmado por un apoderado o persona autorizada por éste.
 Comunidades de Propietarios: Si el titular del contrato es una Comunidad (Propietarios, Vecinos, etc.) el contrato debe ser firmado por el Presidente o Secretario de la misma o por persona debidamente autorizada.
Documentación que se ha de acompañar:
 Impreso de Solicitud de Suministro de Agua: Contador Secundario Ref.: 92070debidamente cumplimentado.
 Datos identificativos de la finca: nº de contrato principal, dirección de la finca o CIF dela Comunidad de Propietarios.
 DNI del titular si es persona física, CIF si es persona jurídica, para su comprobación.
 Autorización o poderes correspondientes de la persona que firmará el contrato (caso de ser distinta al titular) y su DNI para su comprobación.
 Licencia primera ocupación/apertura/funcionamiento, si procede.
 Documento expedido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, referidoa las instalaciones interiores de agua.
 Código de C.N.A.E. para actividades comerciales e industriales.
Forma de pago:
 Domiciliación bancaria (necesaria para efectuar la contratación a través del
Teléfono de Atención al Cliente) .
 Metálico o Tarjeta de Crédito o Débito (en ventanilla de Caja de la Oficina Central) .
 Cheque (en Oficinas Comerciales Periféricas sólo se puede abonar mediante Cheque) .
Dónde se puede
contratar:
 En el Teléfono de Atención al Cliente .
 Personándose en cualquiera de las Oficinas Comerciales.
 Por correo postal.
 Por fax.
 Por la oficina Virtual.
Documentación que
ha de recibir el cliente:  Contrato de suministro Ref.: 91050.
 Factura de derechos de contratación.
NOTA:
 Los datos recogidos en la tabla (placa troquelada de la batería/distribuidor) deben coincidir con los datos recogidos en
las escrituras de la finca. No se contratará ningún servicio de la batería si no coinciden los datos mencionados.
 Al ejecutar las obras, si se solicitó la “Puesta en Servicio”, las llaves de paso se dejan abiertas, por lo que el cliente
debe tener sus grifos cerrados para evitar salida del agua.

ESto lo he copiado de la pagina del Canal:
http://www.cyii.es/cyii.es/web/atencion_cliente/contratacion_suministro.html#Altura1

Espero que os sirva.

Un saludo.
 
I
IvanSteffi
15/01/2009 19:15
Gracias Vanecoro:

una pregunta, ¿el agua no se puede dar de alta por teléfono?

Saludos
 
D
DavidAlmudena
15/01/2009 13:54
Gracias por la informacion Vanecoro!!!

saludos,
 
V
vanecoro
14/01/2009 22:31
Pues os contesto yo:

Cuando firmeis os dan una carpeta con todos los proveedores y las empresas. Teneis que llamar a la empresa del aire y a la caldera y ellos lo ponen en marcha (gratis)

El orden para dar de alta las cosas es:
1º Luz: Iberdrola
2º Agua: Canal de Isabel II (oficina en Torrejon y en Madrid)
3º Gas: gas natural.

Una vez que teneis la luz se puede poner en marcha el aire, pero la caldera no se puede hasta que no estén las tres cosas.

 
I
IvanSteffi
13/01/2009 12:15
Hola:

indagando por el foro de nuevosvecinos en miramadrid, creo que el gas lo suministra Gas Natural, la luz, Iberdrola y el agua el Canal.

Lo de la caldera, lo preguntaremos en la firma, pero si está todavía gente de la obra por allí, quizá nos sirvan de más ayuda.

Nosotros firmamos el viernes e intentaremos que nos pongan todo la semana que viene.
 

Fin del hilo
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