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E
esperandoaver
19/12/2006 12:17

TASACIÓN

5.348 lecturas | 42 respuestas
Nueva nota en N3C, nuevo disparate!!! ¿irá la guardia civil a echarme de mi casa si tomo medidas?

Más discriminación, más agravio , más delito?????

Me parto el pecho.........

 
E
EspeJaime
05/01/2007 06:49
HeadShack, por favor:

¿podrías decirme exactamente que pone en la escrituración sobre lo del tanteo y retracto?. He estado revisando el contrato de compraventa y pone que efectivamente son 5 años. Pero no pone que sean 5 años después de que venza la calificación (o sea: que no pone que sea del 15 al 20).

¿Me he empanado y te he entendido mal?.
 
E
EspeJaime
04/01/2007 16:42
Hola de nuevo.

De la página de vivienda de la CAM, he rescatado la guia para la descalificación de viviendas VPO-VPP. Aquí pone cuántos años dura la calificación y a aprtir de cuándo se puede pedir la descalificación de la misma. Lo he mandado para que lo pongan en descargas, pero lo que interesa es:

1.- Si es antes del plan 05-08, 25 años o lo que dure el préstamo cualificado (al cual nos hemos tenido que subrrogar todos, y son 20 años).
2.- Si es del plan 05-08, 20 años.
3.- Si se ha obtenido por ella un préstamo convenido, 30 años sin poder levantar la protección antes de ese tiempo.

En los otros dos casos, se puede pedir a los 15 años.

Así que, si el préstamo es convenido, estamos jodidos. El tema es que según el decreto 801/2005 (que versa TODO sobre este tema), estos préstamos son mínimo de 25 años (y creo que el nuestro es a 20).

No sé. Tengo un lio que para qué.

El decreto, ya pediré que lo pongan en descargas.

Espe.

Espe.
 
E
EspeJaime
04/01/2007 15:45
Lo encontré. Intentaré subir el decreto completo al área de descargas (pero no prometo nada :)).

DECRETO por el que se aprueba el REGLAMENTO DE VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Actualizado a Octubre de Dos mil cinco.

Subdirección General de Información de Vivienda
Dirección General de Arquitectura y Vivienda
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Comunidad de Madrid

[...>

SECCIÓN SEGUNDA. Régimen legal de protección pública.

Artículo 8. Duración del régimen legal de protección pública.

1. El régimen legal relativo al uso, conservación, aprovechamiento y precio máximo de las Viviendas con Protección Pública tendrá la siguiente duración:

a, Para las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio: veinte años a contar desde la calificación definitiva de las mismas, salvo que se hubiere obtenido préstamo cualificado para su adquisición, en cuyo caso, la duración será la misma que la del plazo inicial de amortización de dicho préstamo, a contar, igualmente, desde la fecha de calificación definitiva.

b, Para las Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento y las Viviendas de Integración Social: veinticinco años a contar desde la calificación definitiva de las mismas, salvo que se hubiere obtenido préstamo cualificado para su promoción, en cuyo caso, la duración será la misma que la del plazo inicial de amortización de dicho préstamo, a contar, igualmente, desde la fecha de calificación definitiva.

c, Para las Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento con opción de compra: siete años a contar desde la calificación definitiva de las mismas.

2. Las limitaciones que impone el régimen legal de protección pública se extinguirán, quedando, en consecuencia, sometidas las viviendas al régimen general establecido en la legislación común:
a, Por el mero transcurso del plazo que corresponda de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior, y sin que sea necesario ninguna declaración especial al efecto.

b, Por descalificación, que podrá ser concedida a petición del propietario de la vivienda o impuesta como sanción en virtud del correspondiente expediente.

El propietario de una Vivienda con Protección Pública podrá solicitar su descalificación durante la vigencia del régimen legal de protección, si ha transcurrido un mínimo de quince años desde la calificación definitiva
, la cual se concederá por la Consejería competente en materia de vivienda, si de ella no se derivan perjuicios para terceros. Para obtener la descalificación, será necesario que el préstamo cualificado obtenido para la vivienda, en su caso, haya sido amortizado totalmente o haya sido novado previamente en un préstamo libre, y que el interesado haya restituido el importe de la totalidad de las ayudas económicas directas percibidas y, en su caso, el importe de las bonificaciones tributarias con sus intereses legales correspondientes en ambos casos.

[...>

Creo que tengo en casa las características de nuestra promoción. Las buscaré también.

Saludos.

Espe.
 
E
EspeJaime
04/01/2007 15:17
HeadShack: yo creo que es como dice cavipas.

Los 5 primeros son de tanteo y retracto para N3C, los 5 siguientes para la CAM y en otro 5 ya es libre.

Si después de 15 tienen opción de tanteo y retracto N3C, ya que son libres, deberían ofertar el precio de vivienda libre para quedárselo.

¿Estás seguro que son de los 15 a los 20 cuando tienen esa opción?.

Lo voy a buscar en la CAM.
 
H
HeadShak
04/01/2007 13:52
Muy fácil, yo tengo sólo la surrogación y cuando firmas las escrituras dice esto:

Calificación por 15 años.

Una vez transcurridos éstos, o se haya perdido la calificación, hay 5 años a partir de entonces de tanteo y retracto a favor de N3C.

Un saludo
 
D
Dingo
04/01/2007 13:41
Vaya lío. Mañana voy a preguntar al IVIMA, para ver si se aclara. Al final, a alguien le queda claro si por pedir ayudas "la cagas" en poder vender la casa antes o después?
 
E
EspeJaime
26/12/2006 13:19
Hola a tod@s.

En la página de la Comunidad de Madrid donde pone la fecha de la calificación definitiva VPO de nuestra promoción de viviendas, aparecen como VPP.

Supongo que estarán así calificadas y que, por tanto, serán 20 los años de protección.

Saludos.

Espe.
 
M
marianatividad
22/12/2006 14:25
MUCHAS GRACIAS
 
P
Phoskitor04
22/12/2006 14:17
Sobre el tema de los 20/30 años del prestamo cualificado...

nuestras viviendas entran dentro de los relaes decretos 11/2001 y 1/2002 (información que me ha dado N3C directamente de la CAM), y dicen:

a) Para las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio: veinte años a contar desde la calificación definitiva de las mismas, salvo que se hubiere obtenido préstamo cualificado para su adquisición, en cuyo caso, la duración será la misma que la del plazo inicial de amortización de dicho préstamo, a contar, igualmente, desde la fecha de calificación definitiva.

El propietario de una Vivienda con Protección Pública podrá solicitar su descalificación durante la vigencia del régimen legal de protección, si ha transcurrido un mínimo de quince años desde la calificación definitiva, la cual se concederá por la Consejería competente en materia de vivienda, si de ella no se derivan perjuicios para terceros. Para obtener la descalificación, será necesario que el préstamo cualificado obtenido para la vivienda, en su caso, haya sido amortizado totalmente o haya sido novado previamente en un préstamo libre, y que el interesado haya restituido el importe de la totalidad de las ayudas económicas directas percibidas y, en su caso, el importe de las bonificaciones tributarias con sus intereses legales correspondientes en ambos casos.

Yo me quedo más tranquilo...
 
M
marianatividad
22/12/2006 12:21
En la pag de N3C dice"Plan de Vivienda Joven. Construcción de 100 viviendas de Protección Pública ",no he llamado pero supongo que es VPP.
Yo tb tengo firmada toda la documentacion,espero que sea a 20 años.
 
P
Phoskitor04
22/12/2006 12:09
Yo tb he firmado y he llamado a CMadrid para que frenen mi tema. Me han dicho que ellos no pueden hacer nada, que hable con N3C.
 
J
jruiz
22/12/2006 12:02
¿nuestra vivienda es VPP o VPPB? De cualquier forma, estamos obligados a subrogarnos a esa hipoteca con esas condiciones, aunque después nos cambiemos de hipoteca ¿no? con lo que no tendriamos mucho que poder hacer.

Si no fuera así, ¿sabeis si es posible echar para atrás el préstamo una vez que ya has firmado?
 
M
marianatividad
22/12/2006 11:13
Acabo de volver a llamar a la Comunidad de Madrid y me han dicho que si es VPP y el prestamo es cualificado son 20 años y si es VPPB son 30.
 
E
esperandoaver
22/12/2006 11:03
Rectificar es de sabios, aunque algunos hayan demostrado no leer mucho.....

Lamentablemente lo que tiene la JUSTICIA, es que pretende llegar a TODOS por igual sin excepciones.

No sabiendo nada AÚN estamos como al principio y ya van unos años.

 
P
Phoskitor04
22/12/2006 10:41
Confirmado, con la hipoteca cualificada son 30 años sin poder pedir la desprotección a los 15. Si es libre son 20 años con posibilidad de pedir la desprotección a los 15. Me lo han confirmado 2 personas diferentes de la CAM.

Yo estoy llamando a CMadrid para ver cómo des-solicitar esa hipoteca, ya que allí me dijeron que esto era mentira.
Ya os contaré
 
M
marianatividad
22/12/2006 10:40
Hola vecinos!
N3C esta llamando para firmar el dia 27 ,pero no es del todo seguro xq estan pendienteS de un documento que necesitan,y lo sabran el martes de la semana que viene.
Hoy en el sorteo de la loteria nos ha tocado el GORDO.FELICIDADES A TODOS
 
V
vilvi75
22/12/2006 10:37
BUENAS NOTICIAS,los de n3c estan llamando a gente para ir a firmar la semana que viene,lo se de buena tinta y ademas lo estan haciendo por orden de lista.
 
C
chupichan3
22/12/2006 09:54
Si lo que dice HaJa es verdad, FELICIDADES, lo habéis conseguido, nadie escritura en el 2006, porque claro o me beneficio yo o no se beneficia nadie.
Eso es buena vecindad y lo demás tonterias.
Por supuesto ya sabeis quien se tiene que dar por aludido/a y quien no.
Lo dicho FELICIDADES.
 
H
HaJa
22/12/2006 09:32
Pués yo llamaría otra vez a N3C, porque según el día y con quién hables te dirá una cosa...jejejeje. Creo que tampoco escrituran los "afortunados" el 27 por no se que papel o seguro les falta, por lo que esto se sigue retrasando para TODOS.
 
M
marianatividad
21/12/2006 18:19
No esta del todo clara la cosa,despues de llamar en varias ocasiones a informacion de la Coumidad de Madrid y de atenderme distintas personas,parece que el kit de la cuestion esta en si es un prestamos "cualificado" o "convenido".
El cualificado supone 20 años y el convenido 30 añazos.
He llamado a n3c y me han dicho q es cualificado,asi que nos iriamos a 20 años.De todas formas volvere a llamar mañana a informacion de la CAM x si las moscas.
 
E
EspeJaime
21/12/2006 16:35
Cristina2004: lo de 3000 ó 15000 es un ejemplo.

Si NO tienes derecho a subvención (porque ganas más de los baremos) también tendrás que devolver menos para quitar la protección. Creo que 3000 € era por ser jóvenes tal cual y el resto dependiendo de tu renta (pero no del 2002, sino del 2005 que es la última declaración que tenemos).

No sé cuál es el tope máximo que te pueden subvencionar.

Respecto a lo de la hipoteca libre: nosotros lo miararemos con más calma más adelante (como la de protección es sin gastos, ya la cnacelaremos). Nosotros estamos mirándolo como una alternativa fiable en Cajamar.


Saludos.

Espe.
 
J
jsgegn
21/12/2006 14:11
hola a todos,
este mensaje va dirigido a todos aquellos que cancelan la subrogacion y hacen hipoteca libre para pedir mas dinero.Yo lo hare con caja madrid dan 100% de tasacion y ademas puedes pedir mas dinero con avales...

Para poder empezar a negociar se necesita la tasacion,ya me han dicho que el 27 lo ven crudo,hoy he ido para entregar documentacion y es imprescindible para el tasador tener la nota simple de vivienda y 2ª plaza de garaje.hay que solicitarla en registro de colmenar.Yo tengo que llevarla mañana sin falta para que pueda ir el tasador el 27.Os lo digo para que os movais cuanto antes sino tendran que habilitar otro dia en enero para tasacion,y con lo que esta costando sacar cosas a n3c...me imagino que funcionara en todos los bancos igual te pediran lo mismo.
saludos a todos.
 
C
Cristina2004
21/12/2006 12:43
Ah! se me olvidaba... Creo que lo que hemos firmado es una solicitud de estudio para subrrogarnos, pero, que yo sepa, no se ha subrrogado nadie... eso será formal el día de las escrituras (Por supuesto, esto que acabo de decir es lo que yo creo, pero no tengo fundamentos... lo digo para no levantar polémica)

Saludos,
 
C
Cristina2004
21/12/2006 12:41
Hola a todos,

¿alguien sabe cuánto habría que devolver a los 15 años para dejarlo libre?

Y por otro lado, si firmamos la hipoteca estatal, ¿Cuánto habría que pagar para devolver esa ayuda?

Espejaime, no me ha quedado muy claro lo de los 3000 o 15000€

Saludos,
 
E
EspeJaime
21/12/2006 12:12
Hola.

A ver: que hay dos cosas.

Una es cuándo vence la protección oficial por sí misma (es decir: cuando el piso puede venderse como libre sin tener que pagar NADA) y otra es a partir de qué momento se puede solicitar levantar la protección.

La fecha interesante, para mi, es la segunda. Obviamente si el estado te financia, cuando levantas la protección lo tienes que devolver. Eso a mi me parece justísimo.

Entonces el tema es que esos 10 años de más pueden evitarse devolviéndole al estado lo que te ha apoquinado antes. Si te interesa antes, a pagar, y si no, a esperar...

Otra cosa es que debemos tener claro que los pisos SE PUEDEN VENDER AL DÍA SIGUIENTE DE ESCRITURARLOS. El tema es que con ellos NO PUEDES ESPECULAR, cosa muy diferente. Es decir: los puedes vender al precio del módulo de VPO del año de venta y durante 10 años tienen derecho de tanteo y retracto (o sea: de hacerte una oferta y quedárselos) Tres Cantos y la CAM.

Saludos.

Espe.




 
M
marianatividad
21/12/2006 10:58
Pues acabo de llamar a la informacion de vivienda de la cam y al ser un prestamos cualificado son 30 añazos.......joder que p......tada xq yo ya firme..............mierda
 
J
jruiz
21/12/2006 10:42
Hola, he estado intentando informarme sobre los años de protección y, efectivamente, nuestras viviendas al ser de protección pública tienen 20 años de protección pudiendo liberarse a los 15 años, tras el pago de las ayudas recibidas. Sin embargo, por el hecho de acogernos al préstamo cualificado, estamos recibiendo una ayuda estatal (NO de la Comunidad de Madrid), lo que implica que la protección automáticamente aumenta hasta los 30 años.

Así, la opción sería tener una hipoteca libre para mantener los años de protección en 15, lo cual no es posible según nos han informado en Nuevo Tres Cantos, ya que nos obligan a subrogarnos al préstamo cualificado de Cajamadrid, aunque al día siguiente podamos cambiarnos de hipoteca, pero ya nos habriamos beneficiado de esa ayuda y la protección de la vivienda serían 30 años. De hecho, creo que no hay nada que hacer porque me parece que el préstamo cualificado se lo concedieron a Nuevo Tres Cantos, de ahí la obligación de subrogarnos con un préstamo cualificado y no tener otra opción.

Estoy tratando de confirmar esto en la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid y en el Ministerio de Vivienda, pero no acaban de dejarme claro este asunto, por lo que si teneis alguna información sobre este tema, os agradecería que informarais en el foro para ver si existe alguna opción para mantener la `protección en los 20 años.

Un saludo.
 
E
EspeJaime
21/12/2006 09:50
yotambienestoy: creo que marianatividad tiene razón. Son 20 años.

Y las hipotecas de VPO son 20 años, sin negociación que valga. Como sólo se puede amortizar capital, tienes que pagar (mucho o poco) 20 años. Esto no pasa con una libre (que la pones a 15, a 17, o a los años que quieras) en la que puedes amortizar plazo.

Por tanto, es posible que las ayudas tengan alguna restricción de este tipo (de número de años o algo...). En cualquier caso, si no las tuvieran, devolver 3000 euros de protección (que creo que es lo que le dan a todo el mundo por ser joven ; directamente va para la hipoteca) ó 15000 euros para levantar la protección NO ES LO MISMO. Por tanto, si coges ayudas, a lo mejor te interesa no quitar la protección hasta que venza el plazo.

No sé si me he explicado bien.

Saludos.

Espe.
 
M
marianatividad
21/12/2006 08:17
Hola vecinos,para que os quedeis tranquilos,son 20 años.
www.madrid.org/cs/Satellite?MS=1109267962487&c=OVIC_Actuaciones_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142311082038
 
Y
yotambienestoy
20/12/2006 22:01
Mirar, si quereis informaros hablar directamente con la C.A.M, es que no todo lo que se ponga aquí hay que tomarlo a ciencia cierta. Yo me he informado por otro lado y me han dicho que sea cual sea la hipoteca que tengamos son 30 años y punto, somos vivienda de protección pública, ¿no? Pues si es así, 30 añazos, pero siempre, siempre, sea cual sea la hipoteca, a los 15 años si se devuelve las ayudas se puede ¿liberar? No se si es la palabra.
Como digo, no os fieis de todo lo que pongamos aquí, ni de mi ni nada, informaros por vosotros mismos, yo ayer me disguste al leer este hilo pero tras informarme estoy más tranquilo, tal vez a mi también me hayan dicho algo que no sea cierto, de momento es lo que se. Saludos
 
V
vilvi75
20/12/2006 20:10
Muchas gracias espejaime,yo lo que hable con la mujer esta es que como ellos eran los que daban el dinero ellos daban lo que les diera la gana,en algunos casos hasta el 120 por cien de la vivienda,supongo que con esto se referia a una hipoteca libre,pero me gustaria saber que es lo que pierdo haciendo una hipoteca libre,si haciendola de la otra manera tengo que esperar a vender 30 años?yo paso,ya tengo dos niñas y vamos a andar ajustados...y ademas esta el tema de amueblar,pagar escrituras...yo necesito mas dinero,me ha sido de gran ayuda saber que no estoy obligada a coger solo la que te da el 80,tu (o alguien)sabe que banco da mejores condiciones a la hora de hacer una hipoteca normal?

Muchas gracias,y un besito a todos,ya nos queda poco para conocernos.
 
E
EspeJaime
20/12/2006 18:42
vilvi75: los préstamos hipotecarios los están gestionando desde el edificio Torre Europa (el de caja Madrid que está enfrente del Bernabeu).

Ellos en principio sólo te hacen firmar la subrrogación del 80% de vivienda+primera plaza de garage que obliga la ley (para las viviendas de dos, son 70000 euros más o menos). Por tanto, se queda fuera de la subrrogación el 20% de la vivienda más la segunda plaza de garage.

Si tenéis dinero para hacer frente a ello, sin problema. Si no, para el día de las escrituras tendréis que tener ese dinero.

Ese préstamo al que nos subrrogamos es el de VPO y NO puede incluir nada más. Es sin comisiones (ni de apertura ni de cancelación), a 20 años y al índice CECA + no sé cuanto.

Pero Caja madrid te ofrece no hacer ese y poder coger uno libre, o una segunda hipoteca u otras cosas.

El tema es si te interesa o no coger el de VPO, y de no ser así, si te interesa hacer otro (que este ya sí tiene gastos y todas la gaitas) coan CM o con otra entidad.

Yo buscaría otros préstamos libres en otras entidades y me quedaría con la mejor opción. Nosotros tb. cogimos el préstamo personal de 25000 euros (o algo así) y vamos a hacer frente, en principio, a las dos cosas (hipoteca más personal). Hemos mirado hipotecas en otras entidades y es probable que en unos meses nos llevemos la hipoteca a otro sitio.

No os preocupeis. Es sólo cuestión de hacer números.

Saludos.

Espe.
 
M
marianatividad
20/12/2006 17:11
Pasa a 30 años la condicion de vivienda protegida en el caso de que se acceda a una ayuda estatal,sino son 20 años,de los cuales a los 15 se puede vender el piso a precio de mercado habiendo pagado las ayudas recibidas.
 
V
vilvi75
20/12/2006 14:39
Hola,estoy hecha un lio,yo no entiendo nada de todas estas cosas hablais de intereses,de años,..y yo flipo,os cuento,a mi quien me llevaba todo era una chica rubia con muletas(muy maja,todo hay que decirlo) y ahora resulta que se ha ido,ella nos hizo un prestamo personal por valor de 27.000 E para hacer frente a los pagos que habia que hacer a nuevo3cantos,nos dijo que despues se liquidaria con la hipoteca,ahora nos ha llamado uno de caja madrid de torre de europa y tenemos que hablar con el la semana que viene.Yo os leo y veo que estais mazo de enterados de estas cosas,a ver si hay alguien por ahi que me puede echar una mano y aconsejarme que es lo que mas me conviene.

Muchas gracias de antemano,y perdonar por el pestiño que os he metido.

BSS.
 
J
jruiz
19/12/2006 19:30
Hola, a mi en Cajamadrid me dieron exactamente la misma respuesta: "obligatorio no hay nada menos la muerte", pero creo que la postura de Nuevo Tres Cantos es decir que sí es obligatorio subrogarse en la hipoteca de Cajamadrid, pero según me han comentado en la Oficina de Vivienda de la Comunidad de Madrid, una vez que te subrogas al préstamo cualificado de Cajamadrid, automáticamente la vivienda aumenta su protección hastas 30 años, aunque cambies de hipóteca inmediatamente después de subrogarte.

Un saludo.
 
C
Cristina2004
19/12/2006 17:49
A mi en Caja Madrid me dijeron que "obligatorio no hay nada menos la muerte". De todas formas, puedes firmar y como todas las comisiones son 0 (incluida cancelación total) puedes cancelarla y llevártela donde quieras. ¿No?

Lo que no me queda claro es lo de los 30 años...
 
P
Phoskitor04
19/12/2006 17:07
En la guia del plan de vivienda joven 2005-08
http://www.madrid.org/cs/Satellite?MS=1109268002181&c=OVIC_InfDoc_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142311305749
no dice nada de aumentar a 30 años la protección de la vivienda. La descalificación se puede solicitar a los 15 años. Habla de que la vivienda no podrá "transmitirse" en 5 años.

De todas formas, si no me equivoco TODOS tenemos que subrogarnos a la hipoteca de Caja Madrid y después, si queremos, cambiarnos ¿no?

Si alguien puede aclarar más el tema de la hipoteca se lo agradecería, ya que mañana tengo cita con CMadrid.
 
C
Cristina2004
19/12/2006 13:42
Hola jruiz,

¿Puedes decir dónde has llamado para informarte de lo de la hipoteca estatal de Caja Madrid?

¿Sabes qué ocurre si cancelas la hipoteca antes de que se cumplan los 20 años de duración? Por las condiciones sí se puede...

Y si quieres venderlo a los 15 con esa hipoteca, ¿se podría hacer devolviendo algún tipo de ayuda?

Muchas gracias de antemano.

Saludos
 
M
marianatividad
19/12/2006 12:59
jruiz,es ciero son 30 años no 20 como dije anteriormente,en los cuales no se puede vender la casa,en caso de acceder a las ayudas estatales.
Con la ayuda de la comunidad son 20 y a los 15 se puede vender habiendo abonado las ayudas recibidas.
 

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