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F
Fresno17
04/09/2015 11:16

Hola dgodmun,

Tenemos dos accesos a la urbanización, por las calles Federica Montseny y por la calle Mari Pepa Colomer, según el portal donde se encuentre tu futuro piso. Como no hay muchos números simplemente pongo los nombres de las calles y me muestra los números disponibles, los voy seleccionando y encuentro la licencia de parcelación urbanísitica concedida. Entiendo que esta licencia la solicitaron para agrupar las parcelas que han comprado ha varios propietarios.

Saludos.

 
D
dgodmun
03/09/2015 19:15

Hola,

El primer enlace parece que esta cortado y no he podido ver lo que comentas, para poder consultarla tienes que saber la dirección y yo la verdad es que he mirado en el contrato y no he visto el numero, aparecen los nombres de las calles a los que dan las parcelas pero no el numero y calle que vamos a tener. Dónde has visto ese dato?

Un saludo.

 
F
Fresno17
03/09/2015 15:03

Buenas tardes a todos, 

Tratando de buscar información sobre la licencia de obras en internet he encotrado lo siguiente:

http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/El-Ayuntamiento/Urbanismo-y-vivienda/Licencias-Urbanisticas?vgnextfmt=default&vgnextchannel=8bf05f1c4f88d010VgnVCM100000d90ca8c0RCRD&tipoL=PARCELACI%C3%93N+URBAN%C3%8DSTICA&numInt=1538278&sistema=F&action=com.munimadrid.web.actions.redirect.RedirectDetalle&coord_Y=4482716&numExp=711%2F2015%2F15408&coord_X=438290

No entiendo mucho del tema, habla de parcelación urbanísitica, pero debe ser una licencia anterior a la de obras porque dice que está concedida el 13/08/15. No he encontrado nada más sobre nuestra promoción.

Si alguien tuviera el número de expediente podría consultarse en el siguiente link.

http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Urbanismo-e-Infraestructuras/Estado-de-Licencias-Urbanisticas?vgnextfmt=default&vgnextchannel=6abd1a5be45dd010VgnVCM100000d90ca8c0RCRD

Saludos.

 
F
Fresno17
03/09/2015 12:05

Nosotros tenemos cita para firmar el día 9.

 
D
dgodmun
02/09/2015 11:00

Hola,

Nosotros firmamos hace un mes y todavía no hemo recibido noticias del seguro, nos comentaron en la oficina que tardaría un mes y que incluiría la también la cantidad pagada en la reserva de la casa.

Por otro lado en la parcela han seguido haciendo catas de terreno en agosto.

En la oficina nos comentaron que ya han solicitado la licencia al ayuntamiento pero nosotros todavía no hemos ido al ayuntamiento a consultar el estado de la licencia, creo que también se puede hacer online pero es necesario tener el número de expediente.

Un saludo.

 
MafeAyuso
MafeAyuso
02/09/2015 00:58

Alguien tiene noticias de la garantía?

Nosotro tenemos cita para firmar mañana y aun no nos la enviaron por correo (ayer le enviamos un recordatorio) 

 
A
AlvarF
04/08/2015 12:21
Hola a todos,

Nosotros también pedimos una cita previa a la firma del contrato y nos atendieron y respondieron a todas las dudas. Ya hemos firmado y estamos encantados. Un amigo nuestro y hermano de otro de los vecinos, es experto en el mundo de la construcción nos ha asegurado que Amenábar está en el Top 3 de mejores constructoras de España. De los pocos que capearon la crisis y uno de los que más están construyendo ahora. Es verdad que el contrato tiene algún punto mejorable...pero en definitiva estamos tranquilos con las cantidades entregadas y seguros de que van a formalizar la póliza.
Como a muchos de vosotros, no nos gusta nada la solución que le han dado a la pista de padel, pero por ejemplo sí nos gusta la disposición de las piscinas...Creo que estaría bien hacer un escrito con cada una de las mejoras que se nos ocurren por separado, y así cada vecino firmaría sólo aquellas con las que está de acuerdo.
 
C
cuestion
03/08/2015 13:18

Hola,

Pues nosotros también fuimos la semana pasada a firmar y nos dijeron, con buenas palabras, eso sí, que no resolvían ninguna duda; y que con la información que hay actualmente (planos, proyecto básico, memoria de calidades) que decidiéramos si firmábamos o no.

La conclusión es: pagadnos y a cambio confiad en nosotros, porque no os damos nada.

No sé si están deseando irse de vacaciones, pero vaya trato al cliente. Y eso que era la firma del  contrato.

Por cierto, al final sí firmamos.

 
Editado por cuestion 03/08/2015 13:19
 
V
vecino_airesdelfresno1
31/07/2015 10:58

Mi recomendación es que os acerquéis por las oficinas a que os resuelvan todas las dudas que tengáis y que se hayan planteado en el foro.

Lo mejor que pidáis dos citas: una para dudas y la siguiente para resolver las dudas que hayan surgido desde la anterior cita y firmar si se considera.

Yo lo hice ayer y hoy iré a firmar.

 
A
Anapres
30/07/2015 14:59

Las cantidades entregadas tienen que estar garantizadas. Es por ley en las cooperativas. 

¿En las empresas también?

 
F
Fresno17
30/07/2015 14:22

Gracias MDR, entonces a los que ya han firmado aún no les habrán entregado nada.

Qué riesgo corremos si después de firmar el contrato y entregar el 20% no llegaran a formalizar la póliza? Poniéndonos en lo peor, claro. En todas partes te dicen que Amenabar son serios pero si quiebran qué pasa? A mi este tema es el que más me preocupa, más que las calidades y demás...

Supuestamente solo tenemos para firmar hasta el viernes de la semana que viene y ellos aún no tienen la póliza general... Yo no  voy a dar cien mil pavos sin ninguna garantía.

 
M
MDR
30/07/2015 13:59

De momento siguen sin tener la póliza general.

 
F
Fresno17
30/07/2015 12:35

Hola,

Iba a preguntar lo mismo que Aireada, os han enseñado el contrato de seguro de cantidades aportadas? Aunque sea uno general o un acuerdo suscrito con Amtrust...

Gracias.

 
A
Aireada
29/07/2015 23:33

Alguno mas ha firmado ya?

Habeis conseguido que os den copia de las  lcondiones de la poliza del seguro de caucion? 

No me refiero al Certificado individual que nos tienen que dar a cada uno y que tardará 

 

 
J
joniway
27/07/2015 15:49

dgodmun dijo:

Hola joniway.

Una pregunta sobre la memoria de calidades que te han adjuntado, es la misma que hay en la web o es una nueva.

Un saludo y muchas gracias. Es bueno saber que a alguien le contestan los correos.  

 

Así es dgodmun, la memoria que me adjuntan es la misma que te puedes descargar de la página web.

 

Saludos.

 
A
Anapres
25/07/2015 15:52

Hola a todos. Soy nueva en el foro. Estoy encantada con este foro en el cual todos nos podamos ayudar y hacer un seguimiento de esta promoción. 

Yo no he firmado el contrato todavía . Creo que Amenabar es de total confianza. No obstante, está muy bien que expongamos nuestra dudas.

Un saludo a todos

 
Editado por Anapres 25/07/2015 15:57
 
D
dgodmun
24/07/2015 22:55
Hola joniway.

Una pregunta sobre la memoria de calidades que te han adjuntado, es la misma que hay en la web o es una nueva.

Un saludo y muchas gracias. Es bueno saber que a alguien le contestan los correos.
 
A
AiresNuevos
24/07/2015 20:12
El día 7 es improrrogable? Entonces si una persona reserva el día 6, tiene que firmar al día siguiente? Y los pisos que se queden son vender para esa fecha?

El contrato se puede firmar sin proyecto, claro que sí, el asunto es que en el contrato dice que el comprador lo ha examinado y no es cierto.

Bueno, ya os diré.
 
A
AiresNuevos
24/07/2015 19:41
Se lo mandaré a De Vuelta Legal que es quien me lo hizo, pero hay aspectos que admite explícitamente (como que su las modificaciones de la Dirección de Obra son sustanciales, tenemos derecho a resolver el contrato) e implícitamente por falta de respuesta (la evidente ilegalidad de hacernos firmar que la DO emir dictamen firme sin posibilidad de ser recurrido sobre lo que es un defecto o no).
Hay afirmaciones contradictorias como que "La penalización prevista para el caso de retraso, no tiene nada que ver con el equilibrio contractual de las prestaciones entre las partes. Es una penalización para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago del comprador" PERO SE OLVIDA DE QUE EN CASO DE RETRASO NO PONE ESOS 3 PUNTOS DE PENALIZACIÓN, luego evidentemente SÍ tiene que ver con el equilibrio entre las partes.

Os mandaré lo que me respondan.

Un saludo.
 
J
joniway
24/07/2015 19:02

Buenas tardes,

Os envío la respuesta de Amenabar a un correo que les envíe basado en la aportacion del forero Aires Nuevos. Espero que os sirva para clarificar aquellas dudas que se planteaban por el foro.

Analizado el borrador de contrato enviado por la promotora y a la luz de la TRLGDCU (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación) y otras normas relacionadas, así como la jurisprudencia asociada, juzgamos conveniente hacer las siguientes observaciones:

Tal y como dice en el EXPONEN III se debería poder examinar el PROYECTO y no el PROYECTO BÁSICO (el único que al parecer hay disponible en estos momentos), por lo que habrá de retrasarse la firma hasta ese momento. Esta circunstancia está considerada como infracción en materia de protección al consumidor en todas las Comunidades Autónomas, sea en virtud de normas de consumo, sea en virtud de normativa específica de vivienda. Respecto al PROYECTO.- La licencia se obtiene con el proyecto básico y posteriormente se redacta el proyecto de ejecución. El contrato podría firmarse sin la licencia, sin perjuicio de que, posteriormente, conforme al Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compra-venta y arrendamiento de viviendas, se debe poner toda la información a disposición del comprador.


Entregar una copia de la Memoria de Calidades y de los planos del proyecto de la vivienda, sus elementos asociados (plazas de aparcamiento y trasteros) y de las zonas comunes, es una obligación de información que se garantiza al consumidor y tiene carácter vinculante para él, de forma que si finalmente la vivienda no se ajusta a esta documentación, se podría reclamar. Toda esta documentación habrá de entregarse a costa del vendedor, es decir, sin que se cobre por ello. Adjunto copia, además se le hará entrega en el acto de firma.

En la cláusula SEGUNDA:
-Aptdo A Precio, debe de especificarse que es un precio establecido para las superficies útiles establecidas en los planos del Proyecto y las calidades de su Memoria, siendo sólo admisibles defectos de cabida respecto a la vivienda realmente ejecutada de un máximo del 1%, fuera de lo cual deberá aplicarse una rebaja proporcional del precio que se verificaría como descuento en el último pago. Respecto al PRECIO.- La venta se realiza como CUERPO CIERTO. Por lo tanto, el precio es fijo con independencia de si mide un metro más o menos.

-En el Aptdo B Forma de Pago, se establecen un segundo desembolso del 10% del precio al año "desde la obtención de la licencia de obra" mientras que en el contrato de reserva en el Aptdo 4.3 se estipulaba que éste debíamos verificarlo al año "desde el comienzo de la construcción, estableciéndose como fecha la firma del acta de Replanteo". Debe solicitarse que figure en el contrato la fecha establecida en su momento en la RESERVA.
-En la misma cláusula, se establece que "Cualquier modificación o retraso en los pagos según ha quedado descrito y que den lugar al aplazamiento de cualquier cantidad, devengará intereses a favor de AMENABAR, al tipo del interés legal vigente, incrementado en tres puntos porcentuales", pero en aras de un equilibrio entre las partes, deberá de incluirse que "en caso inverso, devengará los mismos intereses en favor del comprador, a descontar en el momento del último pago". En cuanto al RETRASO EN EL PAGO.- La penalización prevista para el caso de retraso, no tiene nada que ver con el equilibrio contractual de las prestaciones entre las partes. Es una penalización para el caso de incumplimiento de las obligaciones de pago del comprador.

Respecto a la cláusula TERCERA, según la Ley 57/1968, de 27 de julio, reguladora de las percepciones de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, se debe aportar gratuitamente copia del documento o documentos en los que se formalizan las garantías entregadas a cuenta. Es más, esta norma obliga a garantizar las devolución de estas cantidades más un 6% de interés en caso de no corresponderse la obra realizada con las condiciones contratadas.
En la misma cláusula, se establece que en caso de no llegar a realizar la construcción o hacerlo fuera de plazo, la promotora deberá simplemente devolver las cantidades aportadas junto con los intereses legales, pero en aras a la igualdad, en este caso también debería de establecerse el recargo de 3 puntos que se establece para el incumplimiento del plazo de pago por la otra parte. La legislación añade que tendría la parte compradora derecho en ese caso a resolver el contrato solicitando así mismo una indemnización por daños y perjuicios. En cuanto al AVAL de la LEY 57/1968.- La LOE modificó desde el año 2000 la redacción que indica. Se garantiza la devolución de las cantidades anticipadas más el interés legal del dinero, para el caso de que no se inicie o no se concluya la construcción en plazo, no para garantizar las condiciones contratadas.

QUINTA Modificaciones del contrato. Ha de redactarse de otra forma completamente diferente o eliminarse pues según el Art. 90 1 TRLGDCU son abusivas las cláusulas que establezcan: la sumisión a arbitrajes distintos del de consumo, salvo que se trate de órganos de arbitraje institucionales creados por normas legales para un sector o supuesto específico, que no es el caso. No puede asumirse que la Dirección de obra interprete arbitrariamente el contrato sin que la compradora pueda hacer más que aceptarlo. Respecto a la MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.- No es extraño que la Dirección de Obra pueda modificar determinados aspectos del proyecto durante la ejecución. Lo que debe preverse es que si la modificación es sustancial el comprador podrá resolver el contrato. No implica un arbitraje como tal.

OCTAVA Garantía: Es una cláusula que habrá de redactarse de forma completamente nueva pues la LOE establece una clasificación más pormenorizada de los defectos en el inmueble y los plazos en los que la promotora Amenábar u otros agentes de la edificación han de hacerse responsables. A saber: 1 año para defectos de terminación o acabado, 3 años para elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad de la vivienda y 10 años para defectos en los elementos estructurales y que comprometan la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
Adicionalmente, observar respecto de la potestad que otorga a la Dirección de Obra para emitir dictamen sobre lo que se considera un defecto o no, recordar lo mismo que se ha dicho respecto de la cláusula QUINTA, y es que según el Art. 90 1 TRLGDCU son abusivas las cláusulas que establezcan: la sumisión a arbitrajes distintos del de consumo. Ha de eliminarse. Respecto a la GARANTIA.- Las obligaciones legales establecidas en la LOE, son de aplicación en todo caso. Además, la responsabilidad del vendedor es contractual y responde del cumplimiento de sus obligaciones durante un plazo de 15 años.

Respecto a la Cláusula NOVENA Incumplimiento de las partes, comentar que necesita ser redactada de nuevo por completo ya que es completamente asimétrica respecto de los incumplimientos de una y otra parte, favoreciendo de forma evidente a la parte vendedora. Nuestros Tribunales han establecido el carácter abusivo de este tipo de cláusulas cuando no se prevea una reciprocidad, es decir, cuando se prevea sólo por el incumplimiento de una de las partes (por lo general el consumidor).
También antes de firmar el contrato de compraventa necesitaría confirmar con total seguridad que mis cantidades están totalmente avaladas, cosa que hasta la fecha no ha sido posible confirmar por nadie de la promotora. Los avales individuales se entregaran por parte de la compañía aseguradora, una vez este el dinero en cuenta y el contrato firmado, no se puede emitir un seguro sobre unas cantidades que no existen, al no haber sido entregadas.

Espero una respuesta al respecto y retrasen la firma del contrato de compraventa hasta que éste no se modifique con las peticiones anteriormente expuestas y haya sido obtenida la pertinente licencia de obra. El plazo máximo de firma del contrato de compraventa, es el 7 de agosto de 2015 para todos nuestros clientes, por lo que debido a un tema de equidad, no nos planteamos ampliar el plazo para ningún cliente o caso concreto.
 

 
D
dgodmun
24/07/2015 12:17
Por cierto os paso un foro de una promocion de amenabar que tambien han tenido debate con las calidades y el contrato de compraventa.

http://www.nuevosvecinos.com/residencialvalleplus/foro

Un saludo.
 
D
dgodmun
24/07/2015 11:57
Hola,

A mi ademas me preocupa que en la memoria de calidades no se comprometan con una certificacion energetica A como nos han vendido ya que eso impacta directamente en las calidades y en el coste del proyecto y no son 4 duros, si al final la hacen con cerificacion C no podremos reclamar nada y encima nos tocara poner doble ventana...

Por otro lado el hecho de firmar sin licencia tiene un problema, el proyecto y las casas estan sujetas a modificaciones con lo cual es posible que si hay algun problema los planos de la casa cambien. Supongo que en ese caso podemos reclamar el dinero pero claro ya si quieres los intereses tal como esta el contrato pues veremos si vamos a juicio si es que compensa...

Un saludo.
 
J
jlrey
23/07/2015 10:09

Otro tema,

Respecto al contrato, he hecho una consulta a un servicio  telefónico de abogados y lo han revisado con los siguientes comentarios para vuestra información:

RESPUESTA ABOGADO:

"En primer lugar, debemos aconsejarle que soliciten o comprueben el proyecto técnico visado de la obra.


En segundo lugar, exija que se adjunte como anexo el plano de la vivienda ( así se indica en el objeto del contrato pero en ocasiones no se acompaña aunque lo indiquen.).


De la misma forma, exija la memoria de calidades y de la póliza a la que hace referencia la claúsula tercera ( garantía de las cantidades).


La claúsula quinta aunque sea habitual, es realmente inquietante, pues es donde surgen sorpresas a la entrega a la vivienda, pues la promotora modifica las calidades que inicialmente tenían acordadas al amparo de dicha claúsula.


En cuanto a los gastos a la firma de la escritura que se acuerdan pagar a las partes, es según lo hablado con usted, totalmente correcto, pues los gastos se le imputan al comprador excepto el Impuesto Municipal sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana ( llamada plusvalía) que debe pagarlo la vendedora.


Por último, me parece del todo improcedente la claúsula octava, párrafo segundo, pues parece del todo fuera de lugar que sea un técnico el que certifique un fin de obra y que sea el que debe verificar que la obra se termine en condiciones y sea posteriormente al que se sometan   para resolver los defectos que surjan en el plazo de garantía de un año. Realmente esta es la única claúsula que rechazaría de plano por ser totalmente abusiva e improcedente"

 

 
J
jlrey
23/07/2015 10:07

Buenos días;

Ayer estuvimos en las oficinas de Amenabar revisando el proyecto general de la promoción. Nos facilitaron el proyecto y nos metieron en una sala durante media hora, una vez terminado el tiempo nos atendieron nuestras dudas amablemente.

Respecto a la atención telefonica o por mail, os puedo decir que ayer estaba una unica persona en toda la ofician y los telefonos no paraban de sonar, tanto los fijos como su movil... totalmente debordados.

Preguntamos por la licencia, nos comentan que ahoramismo esta en AESA (Agencia Estatal de Servidumbres Aereas) y que en agosto la van a solicitar al Ayto y que esperan que en un mes y medio este cerrado para comenzar las obras a finales de septiembre/octubre.

Mi consejo es que si tenéis dudas os paséis por la oficina ce Velazquez.

Un saludo

 
D
dgodmun
23/07/2015 00:06

Hola,

Lo mas probable es que todo salga bien y no haga falta reclamar nada. Pero no me da buena sensacion que en 15 dias no contesten a ninguno de mis correos para preguntar cosas o para pedir cita para poder ver el proyecto en la oficina antes de firmar el contrato, quizas esteis recibiendo un trato diferente dependiendo del comercial que os este atendiendo.

Por otro lado me genera desconfianza el tema de la licencia, ya que nuestro comercial nos dijo que estaria lista en septiembre y en este foro la gente comenta que no esta solicitada, lo cual pone en riesgo la solidez del proyecto, toda la gente que conozco que ha comprado vivienda sobre proyecto firmaron cuando la licencia estaba concedida o al menos concedida la licencia de vaciado de la parcela. La sensacion es de mucha prisa por pagar y poca informacion a cambio.

Un saludo.

 
C
cm123
22/07/2015 22:25
A mi me dicen que tendrán lo del seguro de caucion...pro de momento no lo presentan,...
 
P
ptsrgg
22/07/2015 11:07
Estoy de acuerdo con Holaaaa, muchos reservistas ya habrán firmado el contrato por lo que ya son vecinos de esta promoción. Por nuestra parte vamos a dejar las cosas como están, sabemos que aunque haya cláusulas abusivas la ley nos ampara y ante un litigio se declararían nulas de pleno derecho por lo que hemos firmado también.
Si desde el principio entramos en confrontación con ellos no vamos a conseguir realizar ningún cambio/mejora en nuestras viviendas ni en las zonas comunes.
En realidad es una promoción privada a la que hemos entrado por nuestro propio pie, así que pueden decir perfectamente que a quien no le guste se busque otra.
Nosotros confíamos en amenabar viendo su trayectoria y sus numeros y esperamos no llevarnos un chasco
 
H
Holaaaa
22/07/2015 10:52

Me parto con los constructores. Son todos iguales. Siguen instalados en la burbuja.
Esto puede acabar como la Cooperativa DSM (Colegio Alemán), en la que expulsaron a un cooperativista y otros tantos se fueron porque en la Junta expresaron desavenencias con el Presidente y la Gestora, que debían ser unos mafiosos de narices. Llevan todas las de ganar salvo que esteis unidos la mayoría, y eso es casi imposible.

Tener firmado un contrato con cláusulas abusivas tampoco es tan grave sabiéndolo de antemano. Si alguno necesitáis "tirar de contrato" dentro de un tiempo, a la que ponéis una reclamación esas cláusulas se anulan de forma automática.

Mi consejo: si queréis que luego sean receptivos a cambios en las zonas comunes para mejorarlas tal y como escribís aquí, lo mejor es pagar, firmar y solicitarlo de buenas maneras.

O si no os resulta admisible, salir de la promoción y punto.  No os olvidéis de que esta promoción no es una cooperativa. Si encabronais a Amenábar no vais a ganar nada y podeis perder mucho porque dais gran parte del dinero sin saber cuál va a ser el resultado final, y si ellos se ponen a hacer chapuzas, pues al final vais a tener que litigiar, que es muy engorroso.

 
M
MDR
21/07/2015 19:33

No entiendo lo de Kudicos.

He hablado con Amenabar y me han confirmado que esta semana esperan poder tener la póliza general para que podamos consultarla.

Posteriormente habrá que hacer las comprobaciones en la Dirección General de Seguros o con la empresa aseguradora.

Saludos.

 
J
joniway
21/07/2015 19:32

Buenas tardes,

Gracias por vuestras aportaciones, en particular a Airesnuevos, por el desglose de cada punto del contrato de compraventa. Estoy deacuerdo en hacer un escrito común firmado por todos los que podamos. También sería partidario de poder hablar con alguién de la Asesoría jurídica de Amenabar para ver si se puede llegar a un acuerdo en el retraso de la firma del contrato hasta que éste no se modifique con las peticiones anteriormente expuestas y haya sido obtenida la pertinente licencia de obra. De hecho así se lo he manifestado en un correo que les acabo de enviar y del cual, me temo, no obtendré respuesta.

 

Saludos.

 

 
A
AiresNuevos
21/07/2015 18:30
Que nadie diga nada por separado. Lo adecuado es hacer un escrito conjunto de cuantos más, mejor, como plantea Cuestión. Ante un escrito de 20 o 30 personas firmado (incluidos los que están intentando echar) por orden alfabético no pueden hacer nada porque se les paraliza la promoción.

Hay que decidir ahora si callar y agachar las orejas o unirnos.
 
A
AiresNuevos
21/07/2015 16:25
Si no queréis cancelar la reserva, no lo hagáis. Es un contrato. Si quieren disolverlo, que vayan a los tribunales.
Estoy indignado.
 
A
AiresNuevos
21/07/2015 16:23
Tenemos que estar unidos o nos pasan la apisonadora por encima.
 
A
AiresNuevos
21/07/2015 16:12
Si quieren disolver la reserva deberán de indemnizaros con el interés legal+3.
Alucino.
Hay que consensuar un escrito y remitirlo cuanto antes. Si lo enviamos muchos, no pueden tratar de disolver 30 reservas.
 
F
Fresno17
21/07/2015 16:04

Perdona Kudicos, os van a devolver la reserva directamente, sin porneros ninguna pega?

Gracias.

 
A
AiresNuevos
21/07/2015 16:02
Alucino
 
I
Ifur
21/07/2015 13:15

Hola.

Otra vez gracias por todo.

Aunque yo ya he firmado y he pagado, estoy de acuerdo con vosotros y si vais a hacer algo conjuntamente, me gustaría participar...

El problema que veo es que estoy de vacaciones, muchos de vosotros también supongo...es muy mala época....como si lo hubieran hecho a propósito....

Tengo miedo de quedarme sin los 90 mil euros que he pagado...

¿Alguien sabe cuando Amenabar nos va a entregar el seguro de caución?

Saludos

 
F
Fresno17
21/07/2015 12:38

Lo del escrito firmado por todos los que estemos de acuerdo me parece bien.

 
C
cuestion
21/07/2015 12:08

Me parece muy buena idea lo de exponerles las dudas y exigirles la modificación del contrato conforme a las leyes.

Pero lo de quedar para una cita creo que va a ser complicado (trabajo, vacaciones, niños,..). Igual es mejor hacer un escrito y enviarlo firmado por todos los que queramos adherirnos al mismo.

Si queréis y no le importa, podemos coger como base lo de AiresNuevos y lo vamos completando.

Estaría bien hacer otro similar con las necesidades y mejoras de las zonas comunes.

 
F
Fresno17
21/07/2015 11:27

Buenos días,

También hemos ido al Registro y una de las tres parcelas aún no está a nombre de Amenabar, pero el funcionario me dijo que para este viernes sí tenía que quedar todo a su nombre, porque él se iba a encargar de hacerlo y al parecer la documentación entregada era correcta (esta parcela había tenido tres propietarios anteriormente y por eso habían tardado más). Este viernes volveré al Registro y os confirmo. 

Este es el motivo por el que en el contrato ni tan siquiera ponen que las parcelas son propiedad de Amenabar en virtud de escritura pública... bla, bla, bla.

El límite de firma está cerca y os propongo pedirles uan cita para reunirnos todos en las mismas oficinas de Amenabar y trasladarles nuestras dudas y exigir que nos escuchen e introduzcan las modificaciones debidas en el contrato, además de proporcionarnos copia del contrato de seguro. El hecho de que haya quien ha firmado no debe ser obstáculo, cada comprador tenemos nuestros derechos. Incluso les propondría posponer la firma del contrato y pago del 20% a septiembre (como ellos en principio indicaron que sería) cuando tengan la licencia de obra y el proyecto detallado. ¿Qué os parece?

Saludos.

 

Fin del hilo
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