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G
gonor
07/04/2007 12:17

DEVOLUCION DE IVA

¿En qué epígrafe de Hacienda darse de alta para recibir el IVA devuelto?

1.148 lecturas | 6 respuestas
GRACIAS Y ENHORABUENA A LA PAREJA QUE HACIENDA LE HA DEVUELTO EL IVA. ME PODRÍAIS INFORMAR EN QUE EPIGRAFE DE
HACIENDA OS HABEIS DADO DE ALTA?. ME IMAGINO QUE EN ESTIMACIÓN DIRECTA, ES DECIR, A EFECTOS DE RENTA LA BASE IMPONIBLE SERÁ LA DIFERENCIA DE INGRESOS(ALQUILER)MENOS LOS GASTOS (COMUNIDAD,MOBILIARIO ETC.). GRACIAS POR VUESTRA INFORMACION.
mfgonor@yahoo.es
 
N
natmar
27/04/2007 18:34
Luaroca, me gustaria hacerte una serie de preguntas sobre la devolucion del IVA. ¿Me podrías facilitar tu mail?
El mio es natmargo@gmail.com

Muchas gracias
 
N
natmar
27/04/2007 17:10
Hola, esto va para los que han solicitado el Iva... ¿os lo han devuelto? si esto es asi, ¿os han devuelto el dinero integro, todo el de la compra?
(creo que unos 11000€ para el de 1 dormitorio)
 
K
kusturica
11/04/2007 20:30
Hola, yo soy de la cuarta (me parece) y también me lo han devuelto. Pero sé de otra persona a la que no. De todas formas no creo que tenga que ver con la fase, sino con el apellido o alguna otra cosa. Como el IRPF. A unos les contestan antes y a otros después.
 
M
MMML
11/04/2007 19:28
Hola Luaroca:
¿te han devuelto ya el Iva? Por que yo estuve ayer en Hacienda y me han dicho que todavia no tienen nada que hasta Julio todavia tienen tiempo¿de fase eres?.
Gracias por tu ayuda
 
J
jluis37
08/04/2007 13:22
En lo relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es actividad económica sólo si se tiene un asalariado a jornada completa y un local de negocio donde se gestionen los alquileres, así que de Estimación Directa, nada de nada.

El que quiera hablar de actividad económica tendrá que tener una estructura empresarial (asalariado y local) o bien crear una sociedad. De lo contrario, estos rendimientos se declararán una vez al año en calidad de Rendimientos del Capital Inmobiliario y, además, muy importante, sin derecho a las reducciones del 50% (o 100% si el inquilino tiene menos de 35 años) que se aplican en vivienda que se usan como vivienda.

Cosa distinta es la IVA. A efectos del la ley de IVA, quien alquila un inmueble a una empresa tiene que devengar IVA y se convierte en empresario por el mero hecho de que el arrendatario es empresa ; es por ello que el arrendador es considerado empresario pero sólo a efectos de IVA.

 
L
luaroca
07/04/2007 22:06
Hola, nos hemos dado de alta en el epigrafe correspondiente a Actividades "Turisticas y Hoteleras" o algo así (lo siento, no caemos ahora ya que estamos fuera y no disponemos de la infoamcion). El IVA ha sido el correspondiente al 7 % de todo lo entrgado desde que compramos el apartamento - ojo, no desde que nos lo han entregado ino desde el primer dia que entregamos el primer euro-.
Teneis que pedir a la constructora todas y cada una de las factura pagadas. No hay problema, llamad a COIVISA y que os deriven al Dpto. de Clientes. En 1 semana, está disponible las facturas. Suerte! Vamos, no es suerte sino que es nuestro IVA que nod debemos desgravar. Eso sí, no se puede vivir en los apartamentos... sino que es una actividad economica -alquiler-

Saludos a todos
 

Fin del hilo
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