Bueno, vengo del juzgado:
-En la resolución judicial, se motiva que se incriba una nota en el registro en previsión por la Demanda de Dico, extendendiendose al local entero o en caso de que se haya dividido el edificio a cada parte (a cada apartamento).
-Por lo tanto, la nota está en el registro de la propiedad y es porque el Registrador de la Propiedad aceptó la resolución judicial preventiva.
Nota: Esto estaba claro que iba a pasar antes o despues, es la forma que tiene el Juez de que en el caso que perdamos con DICO si hemos disuelto la cooperativa para aquel entonces, pueda pagarsele o se le garantice el pagocon el LOCAL o PISOS a DICO (¿Recordais que Jesus decia que liquidando la cooperativa antes de que fuera el juicio, Dico tendria que demandar a cada antiguo cooperativista para poder cobrar, siendo esto casi imposible? pues toma....)
Dudo mucho que esa nota desaparezca del registro hasta que finalice el pleito o se le ofrezca al Juez otra forma de cobro. Pero lo más facil para el Juez es dejarlo todo tal y como está.
Amigos, no necesitamos ser el 10% para proponer una auditoria.
Simplemente "Basta con que en ruegos y preguntas se proponga la VOTACIÓN ante los socios presentes que se haga la AUDITORIA" llevando unas fotocopias con las diferentes empresas auditoras, precios y forma de pago (ya que la gestora dirá que no hay dinero para auditorias).
Sabemos de sobra que a las reuniones suelen ir 60-70 socios como mucho y que de ahí va a salir la votación para la auditoria facilmente.
La cosa es bastante facil para nosotros....
DIOS CASTIGA Y NO A PALOS.