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pumuki 2
04/03/2007 20:54

Sorpresa

¿Qué ha pasado con los párrafos a añadir al apartado 11 del reglamento de régimen interno?

1.438 lecturas | 8 respuestas

¿Alguien me puede decir qué ha pasado con los párrafos que se iban a añadir al apartado 11 del reglamento de régimen interno?
En el reglamento que he recibido, no figuran los párrafos a añadir al apartado 11 que sí se reflejan en la fotocopia del Acta de la última reunión y se supone fueron votadas por la mayoría aunque en el Acta no se reflejen, como es debido, los resultados de dicha votación.

¿Sabe alguien lo que nos va a costar el cartel provisional que indique la calle y el número de la finca que se decidió poner tras someterlo a votación aún no estando en el Orden del día? ¿Podemos encontrarnos con una cantidad similar a la del césped provisional de la piscina ( 3904,56 euros) o a la de las lonas ( 3944 euros)? Por lo que he podido ver en el foro, ya en su momento hubo problemas con estos temas que tampoco fueron sometidos a votación de la Junta y deberían de haberlo sido dado que las cantidades son considerables.

Con todo esto,¿Debemos aprobar el Acta de la última reunión y seguir permitiendo el "irregular" funcionamiento de las Juntas?
 
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pumuki 2
06/03/2007 14:36

La junta de propietarios no puede adoptar acuerdos sobre asuntos que no aparezcan incluídos en el orden del día de la convocatoria bajo sanción de nulidad. Tal exigencia responde a la necesidad de proteger los derechos de los comuneros, de manera que puedan conocer a través de la convocatoria los asuntos a tratar y decidir su asistencia o no, pues la asistencia es un derecho y no un deber.Por ello no es admisible que bajo el epígrafe Ruegos y preguntas se adopten acuerdos.


Aún cuando la urgencia y la trascendencia de un gasto no permita esperar a lo que se decida en una Junta, antes de pasar el cargo a los vecinos, será necesario obtener el acuerdo de la Junta de propietarios
 

Fin del hilo
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