pues manuelog, ahí creo q tenemos la clave.
El precio de los pisos no deben ser superiores al baremo establecido, en la carta se nos aplica el baremo de enero del 2004, baremo anterior a la subida.
Como con dicho baremo no cubrimos el precio que cuesta la edificación pues hay una diferencia negativa y esa diferencia la subsanamos añadiendo mas dinero en concepto de locales comerciales.
Por lo menos eso es lo que entiendo.