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C
C2L
18/03/2005 17:24

CALDERAS REVENTADAS

¿Existe normativa para proteger las calderas de la calefacción de las heladas en terrazas de cocinas?

2.851 lecturas | 5 respuestas
¡Hola a todos!
Os hago un llamamiento mediante este foro, pues estoy intentando averiguar si hay normativa al respecto, y hasta ahora no la encuentro, por si posiblemente a alguno de vosotros le ha ocurrido el mismo problema.
Éste es el siguiente: con las heladas últimas, se ha reventado la caldera de la calefacción, que está instalada en el tendedero de la cocina, afortunadamente para mí tenía la llave de paso del agua cerrada, no así otros vecinos, (no vivimos aún en la casa) con las consecuencias que os podéis imaginar, a algunos se les ha inundado toda la vivienda, (y la de los vecinos de abajo) con lo que el parqué se ha levantado en su totalidad, pintura saltada, etc. El problema, es que la garantía de la caldera no contempla las averías por cuestiones meteorológicas, y la inmobiliaria (Pryconsa) no quiere saber nada del tema, las casas aún no estaban aseguradas.
Por eso os hago este llamamiento por si conocéis la normativa, pues creo, con mi lógica, que las calderas o el circuito del agua de la calefacción, debería de tener algún anticongelante o protección para soportar las heladas (como es normal en los coches) cuando se ponen en las terrazas de las cocinas.
Saludos.
 
C
C2L
22/03/2005 20:12
Una vez más, gracias por tu respuesta “jota SP”. Aunque en mi caso la reparación de la caldera no es muy costosa (300€), pues en principio no creo tener más averías por este problema (desgraciadamente, a otros le va a suponer varios miles) y si como dices podría haber un cierta base legal para reclamar, ¿porqué no hacerlo? ; tampoco soy un “kamikaze” y tendría que asesorarme legalmente, pero lo que es evidente, es que en la conversación mantenida con la promotora, ésta niega la mayor, también en el tema de las válvulas termostáticas.

Por lo tanto, aviso a los navegantes, en el asunto de las válvulas termostáticas, según el Real Decreto 1751/1988 y en el RD 1218/2002, en los apartados que menciono en el mensaje anterior (se pueden ver a través de Internet) creo que debería ser obligatorio que las promotoras las instalen, al menos en los dormitorios ; estudiaros el asunto y obrar en consecuencia el que lo considere oportuno.

Saludos.
 
J
JotaSP
22/03/2005 17:00
Buena tarea de investigación "C2L".
La Normativa que citas es el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios de obligado cumplimiento a nivel nacional.
En cuanto al artículo de aislamiento, lo cierto es que las calderas nunca se aíslan. Esta Instrucción Técnica se suele aplicar a las tuberías, ya que el espíritu de la Norma va asociado al ahorro energético, es decir, que no haya pérdidas caloríficas en equipos que contiene fluido que circula a tª superior a 40ºC y que no haya pérdidas frigoríficas en equipos con fluidos con tª inferior a la del ambiente ; es decir, no está redactada para evitar congelaciones, para eso ya está el dispositivo que la conecta si la tª baja de 5ºC. No obstante, legalmente podría intentarse una batalla considerando que es un equipo por el que circula agua a más de 40ºC, situado en tendedero y con una superficie menor de 2 m² y que, por tanto, debe contar con un aislamiento de espesor mínimo 30 mm. Pero, según esa regla de tres, todos los que tenemos caldera en tendedero podíamos denunciar que nuestras calderas no cuenten con aislamiento ya que tienen agua a más de 40ºC. Sería un altísimo porcentaje de calderas en España.
Respecto a lo de que al menos los dormitorios deben llevar válvulas termostáticas estás en lo cierto. Es obligatorio.
Un saludo.
 
C
C2L
21/03/2005 14:58

Hola de nuevo, gracias por contestar, aunque no sea lo satisfactorio que hubiese deseado, pero voy a tratar de contestara la pregunta de jmolina.
La promoción es la que hay en la Av. de Los Poblados junto al hotel, la caldera es de la marca Chafoteuax.
A JotaSP, a parte de agradecerte la respuesta (y tu intervención en otras ocasiones) quiero hacerte, si me permites, otras preguntas a consecuencia de la pequeña investigación que he estado realizando últimamente. En el RD 1751/1998, en la ITE 03.12 apéndice 03.1 hay unas tablas de aislamientos (perdona que lo pregunte, pero entre la premura y que soy lego en la materia) ¿tienen algo que ver? Y en la ITE 09.4, interpreto que se deberían de poner válvulas termostáticas, por lo menos en los dormitorios.
Como veo por tus respuestas en el foro, que tienes conocimientos del mundo de la construcción, me tomo la libertad de de hacerte las preguntas, perdona el “atraco” y gracias por anticipado.

Saludos
PD la caldera tiene el sistema para que cuando la temperatura descienda (5º) se active la misma, el problema ha surgido al no vivir y estar desconectada
 
J
JotaSP
21/03/2005 09:48
Lo siento "C2L", pero creo que tengo malas noticias.
No hay ninguna Normativa que exija que el agua de los circuitos cerrados de calefacción lleve anticongelante. Hay calderas cuyo sensor de temperatura hace que ésta se ponga en marcha automáticamente cuando la temperatura se acerca a los cero grados con el objeto de evitar la congelación, pero no es preceptiva su colocación por ninguna Normativa.
Por otro lado, como dice "rfperez" hay calderas de exteriores, pero son más caras y no es obligatorio colocarlas en tendederos de cocinas. De hecho, siempre se ponen de interiores en los tendederos.
Sé que es una faena tremenda, pero en mi opinión ni el fabricante de las calderas, ni el Constructor, ni el Promotor tienen responsabilidad legal siempre que os hayan entregado las viviendas antes del reventado de las calderas.
Sólo queda apelar a la Compañía de Seguros, pero hay que tener cuidado al contratarlo pues hay Seguros que excluyen expresamente el reventado de calderas.
Por último, indicar que es muy conveniente asegurar la casa en cuanto la Promotora entrega la vivienda aunque no os vayáis a vivir todavía. Es muy típico no asegurarla hasta que uno se va a vivir y, como veis, es un error.
Un saludo.
 
R
RFPerez
19/03/2005 09:36
A mi me parece imposible de creer que una caldera preparada para estar al exterior explote de esa manera. Peor me lo pones si dices que ha habido varios casos. A ver si esas calderas son de interior y os han dado gato por liebre. En las pruebas de calidad deberia aparecer la temperatura que puede aguantar ese modelo. Si registrais la minima temperatura del dia del accidente quizas podais denunciar a la casa de la caldera por daños y perjuicios.
 

Fin del hilo
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