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Lankas
18/07/2008 12:19

Beneficio por venta de locales en las cooperativas

¿Legalmente el beneficio de la venta de los locales debe redundar en las cooperativas?

4.283 lecturas | 7 respuestas
¿Alguien sabe si legalmente el beneficio de la venta de los locales debe redundar en las cooperativas?
O, por otro lado, ya que nosotros pagaremos solamente por la vivienda+garaje+trastero, ¿no tenemos derecho a ver un duro por la venta de los locales?

¿Alguien tiene información al respecto o algún documento legal que lo recoja?
 
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lodichino
21/07/2008 12:47
La venta de los locales comerciales en una cooperatíva, es propiedad de los cooperativistas, ya que todo el edificio incluido los locales comerciales son pagados por cada cooperativista.

En cuanto a la transparencia de la venta para saber por cuanto se han vendido esos locales que deberá estar en el activo del balance a favor de los cooperativistas, lo mejor es exigirles el contrato de compra-venta de esos locales o exigirles el balance de situación de la cooperativa a finales de año, hay se puede ver todos los ingresos y gastos de la empresa y por cuanto se vendieron esos locales legalmente, si luego la cooperativa ha pedido al adquiriente de los locales dinero en B (dinero negro), eso si que como es lógico no se ve en ningun sitio
 
A
alcalainosintecho
21/07/2008 11:17
La Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid, fija los siguientes derechos de los cooperativistas:
• Al retorno cooperativo, generado normalmente por los beneficios netos obtenidos en la venta o arrendamiento de los locales comerciales, cuyo importe se emplea habitualmente en aminorar el precio de la vivienda.
http://www.madrid.org/cs/Satellite?idConsejeria=1109266187284&idListConsj=1109265444710&c=CM_InfPractica_FA&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&sm=1109170600517&idOrganismo=1109266228548&language=es&cid=1114177647538&pv=1114177648186
 
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Lankas
21/07/2008 08:55
Sigo sin ver qué texto legal nos ampara realmente.
El artículo 3 del Decreto 11/2005 por el que se aprueba el Reglamento de vpp´s en la CAM dice lo siguiente:

" La protección pública, en las condiciones que para cada caso se establezcan a continuación, se extenderá no sólo a la vivienda sino también a:
a) Los locales de negocio situados en los inmuebles destinados a vivienda [...> su venta y alquiler serán libres, salvo cuando los mismos vayan a venderse o arrendarse a los adquirientes o inquilinos de las viviendas de la promoción, en cuyo caso, su precio máximo de venta o renta por metro cuadrado de superficie útil no podrá exceder del que corresponda a las viviendas
"

Yo de aquí sólo extraigo que nosotros, adquirientes, tenemos en efecto la posibilidad de comprar también los locales a precio de vivienda pública (1.585,72€/m2 en caso de VPPL), pero no veo por ningún sitio que los beneficios se lo queden los cooperativistas, es decir, no veo que el beneficio resultante quede como retorno cooperativo, a no ser que la frase " la protección pública se extiende a los locales de negocio " implique más de lo que me da la impresión.

Hablando con la asesora jurídica de la Avenida de Asturias, me remitió a que tratara el tema con la asesoría jurídica de C\Maudes 17 los Miércoles por la mañana...
 
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VictorJ
21/07/2008 08:09
Si, el beneficio por la venta de locales redunda en los cooperativistas menos un 15% o lo que finalmente se lleve la gestora (el mismo procentaje que con cada piso). Lo malo que aqui hay mucha trampa (DINERO NEGRO) porque ellos pueden decir que lo hemos vendido por X lo que se refleja en las escrituras cuando en realidad lo han vendido por X+Y, aqui por lo tanto deberiamos pedir TRANSPARENCIA a todas nuestras cooperativas sino perderemos un buen pellizco cada uno de nosotros.
 
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limaeh
20/07/2008 13:37
Yo no conozco ningún texto donde lo ponga pero por lógica al ser cooperativistas nos tenemos que ver beneficiados en la venta de dichos locales q pertenecen a nuestra promoción, xq sino quien se queda ese dinero? El Consejo Rector?... Además en mi cooperativa nos dijeron que sí, que bajaría el precio de los pisos, pero bueno, de ahí a q verdaderamente ocurra, pues bueno, ya sabeis.
Yo estuve informándome sobre en vez de q los locales se los quedara la gestora a precio de módulo, nos los quedáramos nosotros como cooperativistas a precio de módulo y luego poder venderlos a terceras personas a precio libre, pero no estoy segura si esto se puede hacer así realmente. Lo pregunté en la Oficina de la Vivienda de Madrid pero la contestación no fue nada aclaratoria, así q me quedé igual. Me remitieron al artículo 3 del Reglamento de las VPO en Madrid.
 
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Lankas
19/07/2008 01:30
¿Me puedes decir en qué texto has recogido ese párrafo? ¿Algún texto legal?
 
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alcalainosintecho
18/07/2008 20:52
Lankas dijo:

¿Alguien sabe si legalmente el beneficio de la venta de los locales debe redundar en las cooperativas?
O, por otro lado, ya que nosotros pagaremos solamente por la vivienda+garaje+trastero, ¿no tenemos derecho a ver un duro por la venta de los locales?

¿Alguien tiene información al respecto o algún documento legal que lo recoja?

Si,tenemos ese derecho.
Derechos de los socios cooperativistas:
• Al retorno cooperativo, generado normalmente por los beneficios netos obtenidos en la venta o arrendamiento de los locales comerciales, cuyo importe se emplea habitualmente en aminorar el precio de la vivienda.
salu2
 

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