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ilusion_ok2025
11/08/2009 01:04

PLAZOS DE ENTREGA -CLAUSULA EN EL CONTRATO

¿Por qué no se especifican plazos de entrega en algunos contratos de vivienda de obra nueva?

3.984 lecturas | 1 respuestas
 En la pagina de inicio de esta web , de nuevosvecinos, donde pone vivienda de obra nueva, habla de los plazos de entrega que debe incluirse en el contrato de compraventa, echarle un vistazo, resumiendo:


Es posible que el contrato que nos propongan no determine con precisión la fecha de entrega de la vivienda, por ejemplo omitiendo una fecha concreta, indicando que la fecha es aproximada o meramente indicativa, o derivando el momento de la entrega a lo que resulte de otros procedimientos (entrega de la licencia de primera ocupación, generalmente).

Pues bien, si el comprador cumple con sus compromisos de pago puede exigir que la vivienda se entregue en la fecha consignada en el contrato, a pesar de que ésta sea meramente orientativa. Cualquier retraso que no sea por fuerza mayor permitirá exigir responsabilidad a la empresa vendedora. Rechace el contrato que no precise la fecha de entrega y compruebe si alguna publicidad se refiere a este punto.

El promotor está obligado a entregarle su vivienda en la fecha prevista en el contrato o de lo contrario debe indemnizarle los daños y perjuicios que el retraso le cause.

La fecha de entrega debe de estar prevista en el contrato de una forma clara y precisa. Así lo dispone el artículo 5.5 del 'Real Decreto 515/1989, de 21 de abril, sobre Protección de los Consumidores en cuanto a la información a suministrar en la Compraventa y Arrendamiento de Viviendas'.

Si en su contrato no se establece la fecha de entrega debe formalizar una HOJA DE RECLAMACIONES ante el mismo promotor, pues dicha omisión constituye una infracción de las normas protectoras de los Consumidores y puede ser denunciado ante el órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma, el cual tras la oportuna tramitación impondrá una sanción a la promotora.



¿porque a nosotros no nos pone nada de plazos?al menos donde estoy apuntado ¿alguien sabe el motivo?
 
trumamxx
trumamxx
02/04/2010 20:36
La respuesta a tu pregunta es facil, si no hay fecha ni siquiera aproximada como es mi caso, es imposible reclamar por un retraso en la entrega. Acabo de comentar esto mismo en la comunidad de Vitra. http://www.nuevosvecinos.com/vitragetafebuenavista/2623631_ya_tenemos_suelo.html/58?me=1

Si miras el Decreto 11/2005 en su articulo 23 podras sacar la fecha maxima en la que tu promotora debe de entregarte tu vivienda, pero claro "maximo" y "exagerado".
- Articulo 23:
http://www.madrid.org/wleg/servlet/Servidor?opcion=VerHtml&nmnorma=2722&cdestado=P
 

Fin del hilo
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