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M
modudu
03/05/2006 11:00

Diario sesiones Urbanismo 19 de Abril

¿Se quitará cualquier referencia al crematorio en el Plan Especial?

2.460 lecturas | 10 respuestas
http://www.munimadrid.es/Principal/Ayuntamiento/aytoplenocomision/Pleno/doc/sesiones/DS%2033%20CUVI%2019-04-2006.pdf

Diario de sesiones de la comisión de Urbanismo celebrada el 19 de Abril (dia de entrega de las alegaciones) (Páginas 14 y 15)

Positivo: Se reconoce y se manifiesta en un diario de sesiones que se quitará cualquier referencia al crematorio en el Plan Especial (y evidentemente se reconoce que estaba proyectado)

Negativo: Se sigue a mi entender faltando a la verdad de que la ampliación estaba ya aprobada (tambien por parte del PSOE, por cierto). La ampliación y el tanatorio siguen adelante, además del cerramiento con ´permeabilidad visual´. Y lo que ya si que es indiscutible para mi es que antes la edificabilidad de la parcela 26.2 (protección del cementerio) era 0 m2 y ahora, con el plan especial, es de más de 11.000 m2, lo que posibilita la construcción del tanatorio. Además la altura máxima pasa de 12 a 18 metros (tampoco entiendo como una parcela sin edificabilidad podía tener 12 metros de altura máxima).

Un saludo
 
B
bakunin6969
05/05/2006 01:24
Una vez más, muy agudo Flanagan... un placer tenerte vigilando.
 
floppy
floppy
04/05/2006 17:33
Puestos a sacar punta, yo también pienso que deberían ser más cuidadosos con las palabras que utilizan, que para eso son profesionales de la "lengua". Creo que a nadie se nos escapa que una de las cualidades más usuales en un político son sus habilidades "orales".

Y empieza el Sr. Panadero su intervención diciendo que va a ser "claro y conciso". Y vaya que lo es: dice que lo del crematorio "era un tema aleatorio". Tirando de diccionario, la definición es:

aleatorio, ria.
(Del lat. aleatorĭ ;us, propio del juego de dados).
1. adj. Perteneciente o relativo al juego de azar.
2. adj. Dependiente de algún suceso fortuito.

Siendo "claro y conciso" el Sr. Panadero, ¿nos está diciendo que lo del crematorio se decidió en una timba de cartas?. ¿Quizás es que el crematorio se situaría donde cayera el siguiente meteorito sobre el municipio?.

Y una pregunta lanzada al aire. Si estaba previsto reservar 11.000 m2 para crematorio y tanatorio, ahora que el crematorio dicen que no va ¿nos duplicarían el tamaño del tanatorio?. Entonces, ¿doblamos el volumen de tráfico, doblamos el tránsito de personas y doblamos el número de salas vacías?, ¿ponemos dos rotondas como dos soles? ¿Nos duplicarán las zonas verdes que nos "ofrecen" como contraprestación? ¿Qué tal la promesa de dos falsos accesos a la M-40 para que no se note?
 
M
modudu
04/05/2006 15:41
Antes he dicho que a lo mejor peco de ingenuo, pero otras veces soy muy mal pensado. En la intervención del Señor Panadero dice textualmente:
"...en su artículo 52.3, la Ordenaza General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid establece que < < no se podrá instalar ningún crematorio a menos de 250 metros de las viviendas > >..."
Si esto lo dijese en un conversación ´espontanea´ no lo tendría muy en cuenta, pero esta es una intervención preparada (las preguntas se hacen con anterioridad y figuran en el orden del día).
A lo que voy, la ordenanza no se refiere solo a viviendas, sino a lugares de estancia habitual de personas. De hecho, en nuestro PAU, no hay viviendas en un radio de 250 m en torno al supuesto crematorio, pero hay zona escolar, zona verde, zona infraestructural y zona dotacional.
Vamos, que siendo mal pensado, se cambia la ordenanza y se deja tal y como el Sr. Panadero nos la trasmite en su intervención, y el crematorio ya cumple la ordenanza.

Os transcribo el artículo completo de la ordenanza.

52.3.- Los hornos destinados específicamente a la incineración de cadáveres de personas deberán instalarse siempre en cementerios o asociados a tanatorios, de tal modo que la distancia del foco o focos de emisión a viviendas o lugares de permanencia habitual de personas, como industrias, oficinas, centros educativos o asistenciales, centros comerciales, instalaciones de uso sanitario o deportivo, parques, etc., no sea nunca inferior a 250 metros. Por otra parte, sus emisiones deberán cumplir los límites que en cada momento fueran legalmente de aplicación.

Un saludo
 
M
modudu
04/05/2006 15:05
A lo mejor peco de ingenuo, pero ya digo que hay un compromiso escrito de que antes de ir a pleno se convocará a la AAVV y a la Plataforma a una reunión para presentar el modificado Plan Especial. Por tanto, aunque hay que estar atentos, tampoco hay por qué mal pensar de que se van a saltar ese compromiso. Ya conociendo el nuevo plan se plantearan las acciones correspondientes, digo yo.

Un saludo
 
B
Bercinova
04/05/2006 14:09
Que nos quede claro que el Plan Especial se va a remitir desde Urbanismo a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento, sin crematorio, pero con los 71.000 m2 para ampliación y tanatorio. Ya lo ha dicho Panadero, en las Ordenanzas de "su" Plan figurará la obligación de cumplir con la legislación ambiental. Lo cual se debería haber hecho por adelantado.
La retirada de este Plan sería una sorpresa mayúscula puesto que ya han tenido tiempo con más de 20.000 firmas y alegaciones en contra de las evidentes ilegalidades urbanísticas, ambientales, sociales, etc.
Posiblemente, en esta fase administrativa en la que nos encontramos nos quede Recurso de Alzada en el plazo de 1 mes a partir de la comunicación a los alegantes y, a lo mejor, algún otro recurso que tienen que especificar obligatoriamente y de ahí a la vía jurídica.
En cualquier caso, antes de que metan el pico y la pala queda todavía margen para alegar en contra y desde luego si el Ayuntamiento no tiene sus correspondientes permisos administrativos un juez puede paralizar las obras.
Ah y cuidado con el verano, no nos la vayan a jugar.
 
M
modudu
03/05/2006 18:24
No adelantemos acontecimiento si te parece Zerimar. Hasta llegar a paralizar la obra nos queda mucho.
Primero tienen que desestimar las alegaciones en todos sus puntos (tanto ampliación, como tanatorio)
Segundo se tiene que convocar a la AAVV y a la Plataforma a una reunión para presentar el proyecto ´final´. (Hay compromiso escrito de ello)
Tercero se ha de aprobar en el Pleno
Cuarto se han de conceder licencias de obra
Quinto ....

Espero que no se pase del punto primero. Si llega al segundo espero que sigamos todos unidos y si pasa al tercero espero que tengamos el apoyo (de verdad y no de boquilla) de la oposición en el pleno del ayuntamiento e, incluso, apoyo de parte del PP no conforme con la forma de actuar a la hora de redactar este plan especial.

Si pasa más de allí me temo que tendremos una larga batalla jurídica que, si no desfallecemos, ganaremos, pero, sinceramente, espero no tener que llegar a ella.

Y ahora digo yo, si cómo dice el señor Panadero, la ampliación estaba aprobada y se permite entre los usos la instalación de un tanatorio... ¿por qué se tiene que hacer un plan especial? Que empiecen las obras mañana mismo, ¿no?. Esto nos ahorraría mucho tiempo y mucho dinero a todos. Porque para hacer un cerramiento y una rotonda no creo que haga falta un plan especial, dado que el acceso a la M-40 es inviable. Y respecto a lo del carril bici, tampoco debe hacer falta cuando ya se está haciendo. Y la permuta de parcelas verdes por dotacionales le sigo sin ver el sentido.
A lo mejor es que no estaba tan aprobada.
Un saludo
 
Zerimar
Zerimar
03/05/2006 17:21
A ver si me aclaro:
Si modifican el Plan Especial, en el sentido de que eliminan cualquier alusión al crematorio, ¿no debe reiniciarse otra vez todo el proceso ; es decir, publicarlo en el BOCAM y abrir un nuevo periodo de alegaciones? O por el contrario, ¿pueden aprobarlo directamente y comenzar su ejecución inmediata? En este último caso ¿una demanda o denuncia paralizaría las obras?

Por favor alguien informado que me aclare.
Gracias.

NiCat
NI crematorio, NI ampliación, NI tanatorio.
 
B
bakunin6969
03/05/2006 14:00
Puf, un poco lo que nos temíamos. Maquillar el Plan Especial para que no parezca tan horroroso como lo que es y tratar de crear así división entre los vecinos. Tengo ganas de ver cómo contestan a las sentencias del Tribunal Supremo que lo invalidan, aunque si son tan falsos como cuando afirman que no han tenido que modificar nada del Plan del 97 para incluir la ampliación... me temo que el único camino que quedaría serían los tribunales. Por cierto, qué lamentable actuación del PSOE, parece que se hubiesen puesto de acuerdo para tratar de maquillar delante del gran público una barbaridad urbanística donde tan untados por la EMSF están los unos como los otros. Una pregunta para los grandes estudiosos del tema... ¿es posible que na vez que esté construido el tanatorio, a pesar de no haber hecho de forma explícita la reserva de terreno en el Plan Especial la ley les faculte a construirlo anexo al tanatorio sin tener que sacar un nuevo Plan Urbanístico a información pública?.
 
B
Bercinova
03/05/2006 12:45
Que no nos engañe la intervención del señor Panadero:

Primera aclaración:

El Plan Parcial de Ordenación del PAU II-2 Montecarmelo, aprobada definitivamente el 29-11-1996, califica la parcela 26.2 como de Servicios Públicos Urbanos y su uso como de Protección del Cementerio.
La Segunda Modificación, aprobada el 25-10-2001, mantiene la calificación de la parcela 26.2 y remite lo dispuesto a las Normas Urbanísticas de Ordenación Urbana de Madrid para el uso dotacional de servicios colectivos, en los capítulos 7.7 a 7.11 y 7.13.

Esto habilita para iniciar un Plan de Ampliación del Cementerio o para compatibilizar esta parcela con otros usos (zona verdes, equipamiento deportivo, educacional, etc). Con el Plan Especial se opta por la primera posibilidad como todos ya sabemos.


Segunda aclaración:

La intervención del señor Panadero aporta que se va a legalizar ambientalmente el Plan Especial, cumpliendo la Ley 2/2002 de la Comunidad y la Ordenanza de Protección del Medio Ambiente Urbano.

Hay que esperar a ver cómo lo hacen y estar prestos para presentar nuestros contraestudios.

Tercera aclaración:

El señor Panadero nos indica que se van a analizar y contestar las alegaciones y elevar al Pleno municipal la aprobación definitiva.

Es decir, está claro que el Ayuntamiento tiene la intención de Aprobar el Plan Especial, sin crematorio pero reservándose los 71.000 m2 de la parcela 26.2 para ampliación y tanatorio.

Una cosa está clara, si la contestación a las alegaciones agota esta vía administrativa, aunque se inicien las vías administrativas ambientales, hay que estudiar el acudir a la vía judicial de esta primera fase urbanística. Pero de momento hay que esperar a la contestación de Urbanismo.
 
K
klok
03/05/2006 11:32
Gracias Modudu.
¿Alguien que pueda tratar pdfs puede enviar a info@paumontecarmelo.com el extracto y así subo a la web sólo esa parte?

Thanks
NO AL PLAN ESPECIAL
 

Fin del hilo
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