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redrojaparla
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17/02/2012 11:50

OFERTAS DE EMPLEO

4.527 lecturas | 9 respuestas

 

Resolución de 6 de febrero de 2012, del Ayuntamiento de Meco (Madrid),
referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» número 23, de 27 de enero
de 2012, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para
proveer:
Una plaza de Conserje, cuatro plazas de Auxiliar Administrativo, una plaza de
Administrativo y una plaza de Oficial Administrativo, de la plantilla de personal laboral fijo,
a cubrir por el sistema de concurso, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de
conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» y/o en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Meco, 6 de febrero de 2012.–El Alcalde-Presidente, Pedro Luis Sanz Carlavilla.

http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/17/pdfs/BOE-A-2012-2384.pdf 

 
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redrojaparla
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23/02/2012 13:07

 


A partir de la semana que viene el Hospital La Fuenfría va a comenzar la apertura de la bolsa de empleo temporal de cinco categorías. A continuación detallamos las fechas por categorías:
Auxiliar de enfermería:....... del 27 de febrero al 02 de marzo ambos inclusive
Celador:............................. del 05 de marzo al 09 de marzo ambos inclusive
Pinches y Cocinero:........... del 12 de marzo al 16 de marzo ambos inclusive
Personal de limpieza.......... del 26 de marzo al 30 de marzo ambos inclusive
Comentaros que es imprescindible adjuntar el curriculo normativa Ios cumplimentado (en archivo adjunto)

Fotocopia compulsada de los estudios que se poseen

Fotocopia compulsada de los diplomas de formación
 

 

 

FECHA ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN:

DATOS PERSONALES

APELLIDOS Y NOMBRE: DNI:

LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO:

TÍTULOS ACADÉMICOS OFICIALES

(reseñar el título oficial, el centro que lo expide, año de obtención de la titulación; comenzando por el título de mayor nivel).

CURSOS Y SEMINARIOS

CURSOS

(reseñar el nombre del curso, la institución que lo imparte, año en que se ha realizado; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

SEMINARIOS

(reseñar el nombre del seminario, la institución que lo imparte, año en que se ha realizado; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

IDIOMAS.

(reseñar el idioma, nivel de habilidad en lectura, oral y escrita, título obtenido y entidad que lo emite; ordenar alfabéticamente)

PUBLICACIONES.

LIBROS

(reseñar título del libro, autor(es), editorial, año de publicación; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

ARTÍCULOS

(reseñar título del artículo, autor(es), medio en el que apareció, año de publicación; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

OTRAS COLABORACIONES

(reseñar título de la colaboración, programa radiofónico, de televisión, etc., autor(es), medio en el que apareció, año de aparición; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

INVESTIGACIÓN.

PONENCIAS.

(reseñar título de la ponencia, entidad organizadora, año de impartición; ordenadas por orden cronológico empezando por la más reciente).

INVESTIGACIONES.

(reseñar título de la investigación, objetivo y resultado obtenido/esperado, colaboradores, entidad financiadora o colaboradora, año en que se realizó la actividad; ordenadas por orden cronológico empezando por la más reciente).

EXPERIENCIA DOCENTE

ENSEÑANZA REGLADA.

(reseñar título de la asignatura, cátedra o departamento con el que se colabora, centro docente, año(s) de colaboración; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

CURSOS.

(reseñar título del curso, entidad organizadora, año de impartición; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

SEMINARIOS.

(reseñar título del seminario, entidad organizadora, año de impartición; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

EXPERIENCIA PROFESIONAL

(reseñar la organización empleadora, título del puesto que se ocupa, mes y año de comienzo y fin de la relación laboral/contractual, descripción sucinta de las características y responsabilidades del puesto; ordenados por orden cronológico empezando por el más reciente).

OTROS DATOS

ASOCIACIONES

(reseñar título de la asociación, fines de la misma; ordenados por orden alfabético).

AFICIONES

(reseñar la/las aficione(s); ordenadas por orden alfabético).

OTROS DATOS DE INTERÉS

(reflejar aquellos datos biográficos que no tengan cabida en los apartados anteriores y que se consideren sirven para mostrar mejor características profesionales, sociales o personales).
 

 

 

 


Editado por redrojaparla 23/02/2012 13:10
 
redrojaparla
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21/02/2012 11:17

Interinos de Educación para Marruecos. Los que quieran emigrar.

 


http://www.educacion.gob.es/exterior/ma/es/convocatorias/interinos.shtml

 
redrojaparla
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21/02/2012 11:15

 

 


Orden de 13 de febrero de 2012, por la que se efectúa convocatoria de procedimientos
selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria,
Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño,
y acceso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Artes
Plásticas y Diseño.
El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, aprueba el Reglamento de ingreso,
accesos y la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la
Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la
disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Una vez trascurrido el plazo establecido en la disposición transitoria de la Ley
Orgánica 2/2006, de Educación, procede aplicar, en cuanto al sistema de ingreso, el Título III del
citado Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
La referida Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición
adicional duodécima, prevé que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de
concurso-oposición.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en el artículo 15 de
su Capítulo II, Sección 2ª, establece la forma de ingreso en los distintos cuerpos docentes.
El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y
regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, en el
capítulo II, sección primera, establece el sistema de selección del personal funcionario de
carrera, en especial en lo relativo a la fase de prácticas.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 373/2011, de 27 de diciembre, por el
que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2012 para los cuerpos
docentes de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación
Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes
Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, esta Consejería de Educación acuerda
convocar procedimientos selectivos de ingreso en los referidos cuerpos y de acceso a los
Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño,
con arreglo a las siguientes

. Presentación de documentos.
Por Resolución de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos
se publicarán las listas del personal seleccionado en el presente procedimiento selectivo en los
tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación.
En el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la citada Resolución, el referido personal deberá presentar en los registros de las
Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación o en cualquiera de los lugares
previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, los siguientes documentos:
a) Una fotocopia del D.N.I., o de la tarjeta de residencia o documento equivalente para
quienes no posean la nacionalidad española, ambas en vigor, en el caso de que no haya dado el
consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a través de los sistemas de
verificación de identidad.
b) Fotocopia compulsada del título exigido para ingreso en el cuerpo y especialidad o
certificación de haber abonado las tasas para su expedición. En el caso de títulos que se hayan
obtenido en el extranjero deberá presentarse la certificación de homologación del Estado
español. El personal que desee acogerse a lo establecido en el último párrafo del subapartado
2.2.2, deberá presentar, además de la titulación de Técnico Especialista o Técnico Superior,
documentación acreditativa de experiencia docente previa de al menos dos años, a fecha de 31
de agosto de 2009, en centros educativos públicos dependientes de la Administración educativa
andaluza.
c) Fotocopia del Certificado de Aptitud Pedagógica o certificación de la universidad
correspondiente de estar en posesión del máster universitario que acredite la formación
pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Asimismo, se presentará la documentación oportuna cuando se alegue una
titulación que dispense de la posesión de la citada formación pedagógica.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto
1834/2008, de 8 de noviembre, cuando se alegue, en sustitución del Certificado de Aptitud
Pedagógica o de la formación pedagógica y didáctica, docencia efectiva, a 31 de agosto de
2009, durante dos cursos académicos completos o doce meses continuos o discontinuos, en
enseñanzas regladas y en las especialidades recogidas en el referido Real Decreto, ésta se
acreditará de la siguiente forma:
Si la docencia se ha impartido en centros públicos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, no habrá de presentarse certificación alguna, al obrar los datos en poder de la
Administración.
Si la docencia se ha impartido en centros públicos de otras Administraciones educativas,
habrá de presentarse la certificación de tiempo de docencia efectiva, expedida por el órgano
competente en materia de recursos humanos, haciendo constar el cuerpo y la especialidad.
Si se trata de un centro privado, certificación de la Dirección del centro con el VºBº de la
Inspección de Educación, haciendo constar nivel de enseñanza impartida y la especialidad.
d) Declaración responsable de no estar en situación de separación del servicio por
expediente disciplinario en cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos
constituciones o estatutarios de las Comunidades Autónomas y de no hallarse cumpliendo pena
de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas, y, en el caso de no poseer la
nacionalidad española, de no sufrir sanción disciplinaria o condena penal que impida en su país
de origen el acceso a la función pública, según modelo que figura como Anexo VII.
e) El personal en quien concurran las circunstancias descritas en el apartado 15.3
deberá presentar la solicitud de aplazamiento para la realización de la fase de prácticas.
f) Quienes hayan participado por el turno de reserva de discapacidad deberán presentar
certificación expedida por el órgano competente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
de la Junta de Andalucía o por el correspondiente órgano estatal o autonómico, en la que conste
que se reúnen las condiciones físicas y psíquicas compatibles para impartir docencia en la
especialidad por la que han superado el procedimiento selectivo. En el caso de participantes por el
turno de reserva de discapacidad por haber sido declarados en situación de incapacidad
permanente en grado de total, deberán acreditar la profesión habitual en la que se basó esta
declaración de incapacidad.
Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en
este apartado, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
13.2. Documentación de quienes tengan la condición de personal funcionario.
Quienes tengan la condición de personal funcionario de carrera docente y hayan
superado el procedimiento de acceso a que se refiere el Título II, o de ingreso a que se refiere el
Título I, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya
demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar, de no ser personal docente de la Administración educativa andaluza, una hoja de servicios de la Administración
educativa correspondiente.
Este personal deberá, asimismo, adjuntar una fotocopia del D.N.I.; quien no posea la
nacionalidad española, fotocopia de la tarjeta de residencia o documento equivalente, en el caso
de que no haya dado el consentimiento expreso para la consulta de los datos de identidad a
través de los Sistemas de Verificación de Identidad.
13.3. Incumplimiento del deber de presentación de documentos y carencia de requisitos.
Quienes dentro del plazo fijado, salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación en las condiciones fijadas en esta base, o del examen de la misma se dedujera
que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser
nombrados funcionarios o funcionarias de carrera y quedarán anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial. 

 
masada
masada
20/02/2012 11:18

 

   Esto puede servir para agunos que les guste el Campo. salidas profesionales, las hay.

 

 

MINISTERIO DEL INTERIOR
2503 Resolución de 31 de enero de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad,
por la que se aprueba, para el año 2012, el calendario y bases de las
convocatorias de las pruebas de selección para Guardas Particulares del
Campo y sus especialidades. 


http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/20/pdfs/BOE-A-2012-2503.pdf

 
M
macaco
17/02/2012 20:30

Se agradece la información que aunque es sencillo de verlo si estás un poco puesto en el tema.. habrá gente que no tenga ni idea de buscarlo.

 A mi lo que me jode es que se pague una media de 10 euros de tasas de examen por unas plazas que muchas veces están dadas por puntos a interinos, y otras tardan años en salir y ya se te olvidan de hacerlo.

 Por ejemplo, aqui en parla hubo una convocatoria para cubrir una plaza de conserje por via urgente hace unos dos años, y aún no han salido ni las listas definitivas de los que la echaron.

 Clavaron unos 8-10 euros por un examen que parecia que iba  a realizarse en 15 días y después de 2 años no se sabe nada del tema. Pero eso mismo lo he vivido en alcorcón, leganés, collado villalba...

 Menudo robo!

 
redrojaparla
redrojaparla
17/02/2012 18:55

 

 

ARANJUEZ


OFERTAS DE EMPLEO


Resolución del Ayuntamiento de Aranjuez, por la que se hacen públicas las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la confección de bolsa de empleo de auxiliares de biblioteca de este Ayuntamiento, a contratar como personal laboral con carácter temporal, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 7 de febrero de 2012 y que se transcriben íntegramente a continuación: 


Primera. Objeto de la convocatoria


Es objeto de la presente convocatoria elaborar una lista de auxiliares de biblioteca a contratar con carácter laboral temporal en casos de sustituciones de personal con derecho ala reserva del puesto de trabajo.


La lista correspondiente se confeccionará con los 25 primeros participantes aprobados con más alta puntuación en orden decreciente.


Segunda. Requisitos de los aspirantes Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:


a) Tener nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyan iguales derechos a efectos laborales.


b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.


c) Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria,


graduado escolar o equivalente.


d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.


e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar,


serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de las personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes al puesto convocado. Se realizarán las adaptaciones posibles de tiempos y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en la solicitud de participación.


Tercera. Forma y plazo de presentación de instancias 

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de selección, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, se dirigirán a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Aranjuez y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, y de lunes a jueves, de quince a veinte horas;

sábados, en la Jefatura de Policía Local, de nueve a catorce horas), en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.


Además, las solicitudes podrán presentarse en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Junto con la instancia será imprescindible aportar:


a) Copia del documento nacional de identidad.

b) Documentos justificativos de la fase de concurso, en su caso.

c) Copia del título académico exigido como requisito.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad

deberán presentar certificación del organismo competente, acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas correspondientes a la plaza convocada.
La convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios municipal y en la página web www.aranjuez.es
Cuarta. Admisión de aspirantes


Expirado el plazo de presentación de instancias, la teniente de alcalde delegada de Presidencia e Interior dictará resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web junto con el lugar, fecha y hora de celebración del
procedimiento selectivo. 


Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el tablón de anuncios, para formular cuantas alegaciones consideren, así como para recusar
a los miembros del tribunal calificador, de conformidad con la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

En la misma resolución se aprobará la constitución del tribunal calificador del procedimiento de selección.

Quinta. Proceso de selección


Será el de concurso-oposición libre y constará de dos fases: 


Primera.—Concurso. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición 

Se valorarán los siguientes méritos siempre que estén debidamente acreditados:


a) Desempeño de puestos de igual o superior categoría: 0,25 puntos por año o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 1,25 puntos.

b) Por cursos de perfeccionamiento en materias relativas a biblioteconomía y documentación:

— Hasta 25 horas: 0,05 puntos por curso.
 

— De 25 a 50 horas: 0,10 puntos por curso.

— De 50 a 100 horas: 0,15 puntos por curso.

— De más de 100 horas: 0,25 puntos por curso.

La suma total de las puntuaciones obtenidas en este apartado no podrá superar en ningún caso 1,25 puntos. 


No obstante, la valoración total de los anteriores méritos no podrá exceder del 25 por 100 de la calificación total de la fase de oposición.

Segunda.—Oposición. Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en la realización de uno o varios ejercicios teórico y teórico-prácticos relacionados con las siguientes funciones del puesto a cubrir:

— Colocación y ordenación de fondos.


— Tareas de apoyo en el proceso técnico de fondos bibliográficos.

— Tareas de apoyo en el mantenimiento de catálogos automatizados.

— Introducción de datos correspondientes al registro de ejemplar en bases de datos bibliográficas.

— Control de publicaciones periódicas.

— Realización de recuentos y expurgos.

— Atención al usuario.

— Información bibliográfica básica.
El tiempo máximo de realización de la prueba será establecido por el tribunal, aunque no deberá ser superior a dos horas.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Sexta. Calificación de la oposición

La calificación final de la fase de oposición será la media de la puntuación obtenida en los ejercicios realizados, eliminándose los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.


Séptima. Calificación definitiva La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y el concurso-oposición, estableciéndose en
tal suma la siguiente ponderación:

Nota del concurso + (nota de oposición × 0,75).

Octava. Relación de aprobados

El tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la página web la relación de aprobados por orden de puntuación y la elevará a la teniente de alcalde delegada de Presidencia e Interior a efectos de su aprobación definitiva.


La vigencia de esta lista obtenida para las contrataciones laborales de carácter temporal finalizará cuando una nueva convocatoria dé lugar a nueva bolsa de empleo.

La regulación de la presente bolsa se regirá por lo establecido en el artículo 76 del vigente convenio para personal laboral.

Aranjuez, 2012.—La teniente de alcalde delegada de Presidencia y Régimen Interior,

María Isabel Pantoja Rivas.

 
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17/02/2012 12:00

 

Fecha de publicación: 6 de febrero de 2012

ANUNCIO OFERTA DE PUESTOS DE SELECCIÓN
PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN ALCORCÓN

El Hospital Universitario Fundación Alcorcón selecciona a

UN FACULTATIVO ESPECIALISTA EN NEUMOLOGÍA para el Área de ESPECIALIDADES MÉDICAS (COD: CNU 756L 2-1/12) FORMACIÓN IMPRESCINDIBLE

· Facultativo Especialista en Neumología, vía MIR (deberá poseer esta titulación en el momento de su contratación)

FORMACIÓN ADICIONAL
1. Formación específica en cursos relacionados con la especialidad (Cursos, seminarios, etc)

2. Manejo de Historia Clínica Informatizada (en caso de prestación de servicios en el HUFA, no será necesario acreditarlo. En otro caso deberá aportarse acreditación documental).

3. Formación/Curso en Ventilación Mecánica

4. Formación/Curso en Patología del Sueño

5. Formación/Curso en Tabaquismo

EXPERIENCIA PROFESIONAL RELACIONADA CON EL PUESTO

1. Tiempo trabajado como Facultativo Especialista en Neumología en el Hospital Universitario Fundación Alcorcón y/o otros hospitales públicos y en otros hospitales o centros sanitarios privados.

2. Experiencia en el manejo de pacientes que precisan ventilación mecánica no invasiva

3. Experiencia de interpretación de estudios del sueño (polisomnografía y poligrafía)

OTROS ASPECTOS A VALORAR

Publicaciones, Comunicaciones a Congresos, Investigación....)

1. Publicaciones:

· Capítulo libro

· Artículos en Revista Internacional (3 primeros autores)

· Artículos en Revista Nacional (3 primeros autores)

2. Comunicaciones:

· Comunicaciones orales Congreso Internacional (primer autor)

· Comunicaciones orales Congreso Nacional (primer autor)

· Pósters

3. Participación en Comisiones Clínicas

4. Tesis doctoral o Diploma de Estudios Avanzados

BASES Y CONDICIONES

· Modalidad de contrato: Temporal por necesidades del servicio.

· DOCUMENTACION A ENTREGAR OBLIGATORIAMENTE:

Hoja Autobaremo, Curriculum Vitae, certificado de vida laboral y certificados de empresa que justifiquen la experiencia requerida, fotocopias de la titulación, cursos u otros méritos reflejados. No se valorará ningún Autobaremo que no adjunte la documentación solicitada.

· Todos los interesados deberán entregar la documentación solicitada, preferiblemente en mano en Selección y Formación Profesional (2ª planta) del HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN ALCORCÓN, C/ Budapest nº 1, 28922 Alcorcón, Madrid, o por cualquiera de los medios contemplados en el art. 34.4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre modificada por la Ley 4/99 hasta el 15 de febrero de 2012. En caso de ser presentado por correo certificado, deberá hacer constar este hecho mediante notificación por fax al nº 91 621 99 01, enviando el teléfono de contacto.

· Importante: Indicar en el sobre el código correspondiente al puesto al que optan (COD: CNU 756L 2-1/12). Igualmente se debe valorar en el autobaremo, los requisitos que se posean en relación con la
formación, experiencia solicitada y otros aspectos a valorar.

El proceso de selección consta de dos fases: Valoración de méritos, según la Hoja de Autobaremo y Entrevista. La entrevista se realizará según las necesidades de contratación, siendo el orden el que
resulte de la baremación de méritos.

Las personas presentadas y no seleccionadas constituirán una bolsa de empleo, para futuras contrataciones
en tanto no varíe el perfil o se convoque un nuevo proceso de selección.

 
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17/02/2012 11:55

 

 

BOAM nº 6601 (26/01/2012)
Agencia para el Empleo de Madrid

238
Resolución de 17 de enero de 2012 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba un nuevo plazo de presentación de solicitudes para la bolsa de trabajo de Monitores REF.: 32/2011 a 52/2011.
2.1.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto en las categorías en cuyas pruebas de acceso se exija como ejercicio obligatorio un reconocimiento médico, la contratación como personal laboral temporal irá precedida del correspondiente reconocimiento médico practicado por el Servicio de Prevención.

2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaba, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5. Otros requisitos que, en su caso, puedan exigirse en las correspondientes bases específicas.
2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso, así como en su caso en el momento de formalización de los contratos. La acreditación de dichos requisitos se efectuará ante el órgano de contratación en el momento de formalizar el contrato de trabajo que haya sido ofertado al candidato.
2.3. De igual forma los servicios médicos del Ayuntamiento de Madrid, con carácter previo a la contratación podrán verificar el cumplimiento del requisito referido en el apartado 2.1.4, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Tercera. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
3.1. Solicitudes: Los interesados en formar parte de las bolsas de trabajo podrán solicitarlo mediante instancia dirigida al Gerente de la Agencia para el Empleo, con indicación de la categoría en la solicitan quedar incluidos. El impreso de solicitud podrá obtenerse a través de internet, consultando la página web www.madrid.es. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.
3.2. Lugar de presentación: El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentado, se presentará en el Registro de la Agencia para el Empleo sito en el paseo de Pontones, 10, 28005 Madrid. Asimismo podrá ser presentado en las restantes oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, y en los registros que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero.
3.3. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación necesaria para acreditar los méritos establecidos en el baremo de las convocatorias singulares, será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de las respectivas convocatorias en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
3.4. Documentación a presentar: Junto con la solicitud de participación los aspirantes deberán preceptivamente acompañar la siguiente documentación acreditativa de los requisitos mínimos de titulación, de la experiencia profesional y formación alegados:
1º.- Fotocopia de la titulación exigida.
2º.- Informe original de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en la que conste expresamente los periodos en alta en el sistema de Seguridad Social y los grupos de cotización.
3º.- La prestación de servicios en el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos autónomos deberán alegarse con indicación de los periodos de tiempo de trabajo. Este extremo será comprobado y acreditado por los servicios de personal de Ayuntamiento de Madrid o sus organismos autónomos.
4º.- La experiencia profesional en otros centros, entidades públicas o empresas se justificará mediante fotocopia de los contratos de trabajo o certificación original de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse en su defecto cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada en la categoría de que se trate.
5º.- Los cursos de formación se acreditarán mediante presentación de fotocopia de la certificación, título o diploma correspondiente.
6º.- Documentación acreditativa de los restantes requisitos que, en su caso, pudieran exigirse en cada base específica.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la solicitud, sin perjuicio de que, en cualquier momento, la Comisión de Valoración o los órganos competentes de la Agencia para el Empleo de Madrid puedan requerir a los aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
3.5. Admisión justificativa de los méritos: Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no se admitirá ninguna documentación adicional, procediéndose a valorar por las Comisiones de Valoración únicamente los méritos que hayan sido documentados y presentados en dicho plazo.
3.6. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el artículo 6 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Agencia para el Empleo de Madrid para el desarrollo del proceso, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión al mismo.
Cuarta. Sistema selectivo y ordenación de las listas.
4.1. El sistema selectivo será con carácter general el de concurso, mediante la valoración de méritos alegados y acreditados por los aspirantes, siempre con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y conforme al baremo que se acompañará a cada convocatoria específica, que en todo contemplará la valoración en los apartados de experiencia profesional y formación.
Salvo que por la especialidad de la categoría profesional, se considere necesario establecer un baremo diferente, en las convocatorias de bolsas de trabajo se aplicará el baremo que figura como Anexo I a estas bases, concretando en cada convocatoria específica de bolsa la categoría a la que va referido. En todo caso serán objeto de valoración en las convocatorias específicas, conforme a lo establecido en el Anexo I, los cursos que versen sobre la materia de Prevención de Riesgos Laborales.
Si así lo dispusieran las bases de la convocatoria específica, será posible la realización de una prueba de aptitud relacionada con las tareas a desarrollar en la categoría concreta objeto de la convocatoria.
Este documento contiene anexos. Puede descargarlos mediante los enlaces directos correspondientes.


 http://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/Ayuntamiento/Boletin-Oficial-del-Ayuntamiento/Ultimo-Boletin/238-AMPBMON6?vgnextfmt=default&vgnextoid=5f5a63c4cdaf4310VgnVCM2000000c205a0aRCRD&vgnextchannel=8d4eb351fd18d010VgnVCM1000009b25680aRCRD&idioma=es&numPagina=1

 

 
redrojaparla
redrojaparla
17/02/2012 11:53

La empresa MATINSA convoca plazas para las cuadrillas de
Prevencion-Extincion de Incendios Forestales durante la campana de
Alto Riesgo de 2012 (4 meses).


. . ~--Se.convocan plazas de las siguientes categorias profesionales:
Encargados, Conductores, Peones especialistas y Peones

_ Para solicitar estas plazas podran recoger las solicitudes en los siguientes lugares:
CiT' 1.- Ayuntamientos de: Alcobendas, Aigete, Alameda, Alcala de Henares,
Aranjuez, Arganda, Belmonte, Braojos, Berrueco, Bustarviejo, Buitrago del
Lozoya, Campo Real, Canencia, La Cabrera, Cabanillas, Ciempozuelos,
Colmenar de Oreja, Chinchon, Fuentiduena, Fuente el Saz, Gargantilla,
Garganta, Guadalix,Lozoya, Lozoyuela, Montejo, EI Molar, Meco, Mejorada
del Campo, Morata de Tajuna, Navalafuente, Paracuellos, Pedrezuela,
Perales de Tajuna, Pinilla, Rivas Vaciamadrid, Rascafrfa, San Agustin de
Guadalix, San Sebastian de los Reyes, Somosierra, Torrelaguna, Talamanca
del Jarama, San Martin de la Vega, Valdetorres, Venturada, EI Vell6n,
Villavieja, Valdemanco, Valdemoro y Villaconejos.
<:ir 2.- En el Centro de Trabajo de Buitrago del Lozoya. Finca "EI Rompido".
Via servicio Buitrago de Lozoya, antigua N-I km. 73.500
<:ir 3.- En MATINSA .. CI Enrique Jardiel Poncela 6, 4a planta 28016
(MADRID)

- Las solicitudes se enviaran a MATINSA. por las siguientes vias:
~ A - Por correo 0 en mana a MATINSA. CI Enrique Jardiel Poncela, nO6,
4a planta 28016 MADRID
~ fa - Por correo 0 en mana en el Centro de Trabajo de Buitrago del Lozoya.
Finca "EI Rompido". Via servicio Buitrago de Lozoya antigua N-I km. 73,500,
28.730 BUITRAGO DE LOZOYA. (buscad buz6n de solicitudes)
• NO SE ADMITlRAN SOLICITUDES ENVIADAS POR FAX-


Para cualquier duda p6nganse en contacto con el telefono 918 682 023

Plaza de presentacion de solicitudes: hasta el 12 de Marzo de 2012.

 

Fin del hilo
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