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K
kodak
02/09/2005 19:30

AYUDA VPP!!

5.139 lecturas | 29 respuestas
Hola vecinos!!

Mi duda es la siguiente, yo compre hace un año un piso de vpp yo sola, el promotor pidio declaracion de la renta del 2003, papel compulsado de la comunidad de que no tenia ninguna vivienda en madrid, mi salario etc.
Bueno pues ahora resulta que mi novio y yo estamos pensando en casarnos, y el señor de la promotora me dice que no sabe ahora lo que va a pasar, si tenemos que cambiar algo o no?
Yo cuando entregue los papeles era soltera y sigo soltera, solo estoy planeando casarme el año que viene unos 6 meses antes de que me den el piso?
Creeis que me lo pueden quitar?estoy bastante confundida con todo este tema y despues de todo lo que llevo pagado pues no me gustaria perder el piso solo por casarme.
 
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C
cleaver
06/09/2005 23:39
Hola vecinos, voy a tratar de responder en la medida de mis conocimientos todas las preguntas que me habeis planteado.
1. en cuanto al plan de vivienda en el que ns encontramos, dependerá de cada promotora o cooperativa. Es decir, si tu promotora o cooperativa ya tiene concedida la calificación provisional antes de la fecha en la que se aprobo el nuevo plan de vivienda 2005-2008 (creo que es de enero)se os aplixa el anterior Decreto que regulaba el plan 2001-2004. Si la calificacion es a partir de enero, entonces entrais dentro del nuevo
2. En cuanto a la obligatoriedad de subrogarte al prestamo al promotor, decirte que, como bien señalas, no tienes obligacion alguna de subrogarte. La razón estriba en que se trata de un prestamo que tú no has negociado y en el que no has sido parte, por lo que se viene considerando abusiva la clausula inserta en los contratos de compraventa en la que te obligan a la subrogacion. Sin embargo, si perteneces a una cooperativa la cosa cambia, pues el promotor es la cooperativa, es decir tú junto con otros socios, y debes asumir tu parte. Si decides irte con otro banco, lo injusto es tus gastos de cancelacion los soporten los demás socios por lo que aquí, digamos que sí es obligatorio, no tanto porque no puedas cancelar e irte con otro banco, sino porque te sale cara esta operacion.
3. En cuanto a la pregunta de kodak, tú puedes constitucir una sociedad de gananciales en cualquier momento del matrimonio, es decir, si ya teneis bienes privativos, éstos lo seguirán siendo y comenzarían a ser gananciales los aportados desde la constitucion. Pero tienes que tener cuidado con lo del piso, pues si te casas en gananciales, a pesar de que a priori el piso sea privativo tuyo, algunas sentencias consideran que no es privativo sono ganancial, aquél bien a priori privativo que se ha pagado con dinero ganancial. es decir, tú ahora habrás pagado un 20 % del piso, pero si el 80% restante lo pagais con dinero ganancial, es decir, si la hipoteca la firmais los dos, se puede considerar ganancial. Por eso lo mejor es que hagais separacion de bienes o bien si os quereis casar en gananciales que ante notario hagais un reconocimiento de privacidad del piso.
Mi consejo es que tu novio y futuro marido no aparezca por ningun lado en el piso hasta que os concedan las ayudas, luego podeis hacer gananciales y tu lo aportas el piso a la sociedad de gananciales (aunque no es barato)
Es un tema bastante complejo, y hay multiples soluciones. Espero que éstas al menos os puedan ayudar
 

Fin del hilo
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