Buenos días,
Como todos, o muchos sabéis, en la última junta ordinaria de la comunidad y bajo el punto de "normas de uso común" en el orden del día, se tomó la decisión de que la junta rectora tomara el acuerdo de poner cuotas o tasas para el uso y disfrute de las zonas comunes de la pista de padel y la sala de la comunidad.
Somos algunos los que pensamos que esta decisión no estaba en el orden del día especificaca de una manera clara, y que el punto de "normas de uso común" es una denominación muy genérica para tomar una decisión tan específica. También pensamos que el objeto de estas cuotas, según a especificado la junta rectora, para mantenimiento, limpieza, etc de zonas comunes no está justificada razonablemente, puesto que anualmente se elaboran unos presupuestos generales con el objeto de aprobarlos en junta ordinaria, en los que deberían contemplarse todos y cada uno de los gastos necesarios para el mantenimiento de las zonas comunes de la comunidad; y por tanto en el caso de que los costes de mantenimiento no contemplasen algunas de las zonas comunes, dichos presupuesto no estarían elaborados de forma correcta.
Por otro lado, la forma en la que se recogen las cuotas de 10 euros y 2 euros por el uso de estas zonas, aportándolas al controlador de accesos de la finca, consideramos por un lado que exceden las labores del controlador de accesos, y obligan a asumir responsabilidades a los mismos que no son de su incumbencia, teniéndose que hacer cargo de la gestión de dinero de la comunidad. Consideramos algunos propietarios que si alguien debe hacerse responsable de la gestión del dinero de la comunidad sería la adminsitración contratada para tales efectos, y no un empleado de la finca, cuyas responsabilidades no son estas.
Los problemas que pueden suponer estos cambios podrían suponer perjuicios para los propietarios, ya que por ejemplo, si la cuota de 10 euros para mantenimiento y limpieza del local es efectiva; el propietario que haga uso del local un sábado, ya no tiene la obligación de dejar la sala limpia y en orden como se había acordado para su uso anteriormente; de tal modo que si otro propietario quisiera utilizarla el domingo se podría encontrar con una sala sucia y desordenada, puesto que la empresa encargada de la limpieza trabaja de lunes a viernes.
Es por ello que algunos estaríamos interesados en solicitar una junta extraordinaria en la que por un lado se vote de forma específica la adopción de esta decisión de imponer cuotas por el uso y disfrute de algunas zonas de la finca; y por otro que en el caso de aprobarse, sea la administración, mediante cargo en cuenta, al igual que las cuotas mensuales, quien gestione las cuotas de uso de estas zonas; y no responsabilizar a la empresa encargada del control de accesos en la gestión del dinero de la comunidad de propietarios.
Por último, rogaría que en las próximas juntas, decisiones de este tipo, que pueden afectar notablemente a la formas de uso habituales, se especifiquen de una manera más concreta en las ordenes del día de las juntas ordinarias, puesto que de otro modo en próximas juntas podrían adoptarse del mismo modo cuotas por el uso de la piscina, por el uso de los ascensores, por el uso del alumbrado de los portales... Se ha rumoreado incluso la intención de limitar el acceso a la piscina y que sea el controlador de accesos a la finca el responsable de esto. En este sentido opinar que si el controlador de accesos está en la puerta de la piscina, no podría cumplir sus funciones habituales, al margen de que al no ser un recinto cerrado con un solo acceso, el control sobre esto sería bastante complicado.
Comentando el asunto con el encargado de la empresa de conserjería me ha hablado de la orden por parte de la junta rectora de no dar la llave de local y pista de padle a los propietarios que no abonen las cantidades solicitadas, y responsabilizándole de poner él mismo el dinero que los propietarios no estén dispuestos a abonar. Lo que sería lo mismo que decirle a la administración de la finca que las cuotas no abonadas por los propietarios en mora, sean aportadas por la empresa de administración. Considero un abuso de poder por parte de la comunidad de propietarios hacer responsable a una empresa o empleado de la finca de este dinero, que empresas como la administración y gestora de la comunidad no asumirían.
Algunos estamos intentando contactar con la administración para que solicite a la junta rectora una junta extraordinaria para valorar y votar este asunto, por capacidad de convocatoria que tiene el presidente de convocar junta extraordinaria; o bien solicitar una junta extraordinaria por parte de un 25% de las cuotas de participación en la comunidad por parte de los propietarios.
Recibid todos un cordial saludo