En cuanto a la asistencia, espero que acuda mucha gente y si no pueden que representen, yo mismo voy a ir.
De todas formas, la ley de propiedad horizontal, permite que los propietarios que no hayan asistido a la reunión, una vez que reciban el acta, pueden emitir posteriormente su voto en relación a los asuntos tratados, enviandolo al administrador
Salu2