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rubsrubs
07/04/2005 12:54

licencia de obras y demás...

¿Qué es la calificación provisional de VPP y se puede elegir constructora mientras se concede la licencia de obra?

747 lecturas | 3 respuestas
Hola, abro un post nuevo para no darle más carrete al labtec ese...
Según nos ha comentado Kamago:

"ya se pidieron tanto la Licencia de Obras como la Calificación Provisional de Calificación VPP. Me temo que la licencia de obras tardará meses en concederse (al menos eso me dijeron en el ayuntamiento)"

Me surgen algunas dudas: para empezar ¿qué es la calificación provisional de VPP? Por el nombre se entiende lo que es , pero ¿por qué es provisional?
Por otro lado ¿se puede ir eligiendo constructora mientras conceden la licencia de obra o hay que esperar? Porque eso de que tardará meses en concederse asusta un poco, además la idea de Jalet era hacer una reunión sobre Junio más o menos para elegir constructora entre otras cosas. Si hay retraso, no creo que hagan reunión en Julio o Agosto y nos iríamos ya a Septiembre :S

¿alguien puede aportar más información?
 
K
kamago
08/04/2005 10:26
Hola, no creas que sé mucho beromar, lo único que busco información por ahí... Veras, principalmente en lo que nos beneficia que sea una VPP es en el precio, ya que "oficialmente" si se computa por el precio del módulo, la vivienda tiene un precio máximo (el cual vendrá reflejado en la calificación provisional) y efectivamente como comentas, se pueden solicitar ayudas para adquirir un piso de este tipo (subvenciones, subsidiaciones eln el pago durante una serie de años, etc) todo esto viene explicado en este enlace: TIPOLOGIA VPP (buscar en google) y acceder al primer resultado. No sé si he aclarado algo. Un saludo. Por cierto, aquí mucha gente lee pero poca escribe, venga! animaros un poco a contarnos algo.
 
B
beromar
07/04/2005 21:23
Gracias Kamago por tus aclaraciones. Como veo que de esto sabes, me surge otra duda ¿en que nos beneficia que la vivienda sea VPP? ¿para pedir una subvención algo de eso?
saludos a todos
 
K
kamago
07/04/2005 16:48
Hola, respondiendo a Rubsrubs:
La calificación provisional de VPP se solicita con anterioridad al inicio de las obras a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda en este caso de La Comunidad de Madrid. Para obtenerlo se presenta una solicitud indicando el nmero de viviendas que se pretende construir, su superficie m´çaxima, tanto en metros construidos como en útiles, , detallando cada una de las viviendas. Esto sirve para que las viviendas se ajusten a la normativa que rige la construcción de VPP. La Ley dice que existe un plazo máximo de 3 meses para concederla. Una vez que nos la han concedido no podrá procederse a la actualización del precio de las viviendas.
Una vez concedida la PROVISIONAL existe un plazo de 30 meses para solicitar la calificación definitiva, ésta se suele pedir al finalizar las obras, ya que hay que presentar, entre otras cosas, el certificado final de obra firmado por el director de obra. También está el plazo de 3 meses para notificar por parte de la Consejería la calificación DEFINITIVA.
Por último, la Lay dice que no podrá procederse a la escrituración, entrega y ocupación de las viviendas en tanto no se haya obtenido la correspondiente calificación definitiva. Buff, menudo rollo os he soltado,espero haber aclarado un poco tus dudas Rubstubs. Un saludo a todos
 

Fin del hilo
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