La Odenanza municipal de Madrid establece 3 franjas horarias para delimitar el ruido “tolerado”:
A efectos de lo regulado en esta ordenanza, el día se divide en tres períodos: el diurno constituido por
doce horas continuas de duración, comprendido entre las 7.00 y hasta las 19.00 horas, el período
vespertino, o período tarde, comprendido entre las 19.00 y las 23.00 horas, y el nocturno, entre las 23.00 y las 7.00 horas. Los intervalos horarios así definidos harán aplicable un valor de los índices de ruido determinado según las tablas correspondientes
Fuente: http://www.madrid.org/bdccm/normativa/PDF/Ruidos%20y%20vibraciones/Normas%20Tratadas/MaAc25022011.pdf
Asi que, con la ley en la mano, se puede hacer el mismo ruido a las 19:30 que a las 23:00, y la única via que os quedaría es la “diplomática”, podiendo a la comunidad vecina que reduzca su horario de pádel.
Los temas de convivencia son muy complicados, sobre todo si es entre comunidades distintas, y si en la otra la mayoría quiere padel hasta las 23:00, no podéis hacer nada.
Editado por Dre 25/9/2019 12:30
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