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richard1975
07/04/2007 22:43

Subvencion, cheques vivienda

¿Cómo saber si nuestra vivienda es VPP Básica o VPPL y si ya se ha hecho la calificación definitiva para solicitar ayuda?

1.244 lecturas | 12 respuestas
Hola a todos,
Tengo un par de dudas en cuanto a las ayudas, la primera
es que todavía no sé si nuestra vivienda es VPP Basica o VPPL ? Y la otra es que hay que solicitar la ayuda antes de la calificación definitiva y no sé si esto se ha hecho ya? Sabeis si esta hecha ya la calificación definitiva? Cuando? Si alguien me puede echar una mano...gracias
 
V
Vitasloma
04/05/2007 23:22
EMM1, sí, pero no, es distinto.
Por ejemplo, la gente de este hilo va a solicitar ayudas en dinero (cheque vivienda), aparte de la VPP en sí.
Yo por ejemplo no, luego mi situación es distinta.
Si pides ayudas adicionales, te cambian las condiciones.
Tal cual.
 
EMM1
EMM1
04/05/2007 21:33
Al ser VPP la comunidad ya hs subencionado parte del terreno, es decir, la ayuda ya la estás percibiendo.
 
V
Vitasloma
04/05/2007 20:18
Pues según tengo entendido es así. Si te dan ayudas económicas se extiende el plazo de protección. Y si quieres "desprotegerlo" antes de tiempo, entonces tiens que devolver todas las ayudas.

Actualmente el plazo de protección son 15 años, y 10 con "permiso" de la CAM (y devolviendo las ayudas, en caso de que las haya).

Pasa lo mismo si lo quieres alquilar, de hecho, es que si lo quieres alquilar no puedes tener ayudas financieras, y si las tienes, las tienes que devolver.
 
K
KIKAMS
04/05/2007 15:24
Hola! Buenas tardes. Estaba leyendo la información tan completa que tenéis en el foro respecto a las subvenciones, pero si no tengo entendido mal, si solicitas una subvención bloqueas la vivienda como protección durante 30 años. No se podría vender a no ser que se devuelva todo lo subvencionado.

¿sabéis algo?

 
P
PAYEL
27/04/2007 12:55
Pues si, hay unos cuantos tipos de viviendas, garajes y trasteros diferentes, pero cuando vea el nuestro, si coincide y despues quereis, diciendome piso, trastero y garaje... os puedo dar el dato, o quedar con vosotros por el jardin o lo que sea.

Saludos otra vez
 
T
tinibio
27/04/2007 12:24
Muchas gracias Payel, aunque supongo que será distinto el precio de cada vivienda, según el tipo que sea.
 
P
PAYEL
27/04/2007 11:19
Hola Tinibio,
Creo que ese dato puede aparecer en la calificación, pero ahora no la tengo aquí y tendría que mirarlo porque no estoy segura.... y hasta el lunes no podre deciros si aparece o no.

Yo haré la prueba con mi casa mi trastero y mi plaza a ver si sumando las cantidades que figuran en la calificación suman lo mismo que el préstamo y el lunes os digo, vale?

Saludos
 
T
tinibio
26/04/2007 22:05
Muchas gracias Payel por la información que proporcionas.Al rellenar la solicitud de ayuda me surge una duda: nos piden, de manera desglosada, los precios por separado, del garaje vinculado y del trastero vinculado. Yo no tengo ese desglose, simplemente el conjunto de todos ellos, que es la mayor hipoteca de las dos que nos han concedido. Por tanto, he dejado en blanco los huecos de cada uno de ellos y sólo he rellenado el general. ¿Alguien sabe si tenemos ese desglose en la información que nos han aportado?
Muchas gracias
 
P
PAYEL
26/04/2007 13:47
Buenos días a todos,

He conseguido la cedula de calificación definitiva de la promoción.

Tiene fecha del 31 de enero de 2007, asi que ojo con los 6 meses que hay para solicitar la ayuda.

El número de expediente es el 10-GP-00070.4/2004
Numero de documento: 10-019184.6/07
Fase: 0

Corresponde a la categoria que se define como VIVIENDA DE PROTECCIÓN PUBLICA CON SUPERFICIE MENOR O IGUAL A 110 METROS CUADRADOS CONSTRUIDOS PROMOVIDAS SOBRE SUELOS DESTINADOS POR EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO A VPO Y ACTUACIONES CON FINANCIACIÓN CUALIFICADA ESTATAL.

Creo que en la información que facilitan en la oficina de la vivienda corresponde a una VPPB, pero aseguraros porque no lo define en ninguna parte de la licencia, de manera explícita.

Saludos
 
J
jacobogs
23/04/2007 11:43
Por favor Richard, en cuanto averigues algo cuéntanoslo, yo también estoy esperando a saberlo para pedir la ayuda,
un saludo
 
R
richard1975
21/04/2007 13:23
Estuve en la Avenida de Asturias (COM.MADRID) con la calificación definitiva para ver si me decían si nuestra vivienda era VPPB o VPPL.No supieron responderme. De todos modos lo voy a solicitar a ver que pasa. Gracias
 
P
PAYEL
09/04/2007 09:44
Ahora no recuerdo si esta información la saqué de madrid.org o munimadrid.es.

De todas maneras en Avda. de Asturias, 28, están pro la mañana y por las tardes y los sábados por la mánana tambien, allí podeis informaros.

Ayudas a la vivienda con protección pública básica (vppb)-(plan 2005 - 2008 de la Comunidad de Madrid )
Referencia: 3258

Descripción
Ayuda a la adquisición de una Vivienda con Protección Pública Básica. Es una ayuda económica que consiste en una subvención denominada Cheque-Vivienda< que puede oscilar entre el 5% y el 10% del precio de la vivienda, que deberá ser inferior al Precio Máximo Legal de Venta (PMLV):
- 10% si los ingresos familiares son menores de 2,5 veces el IPREM.
- 7% si los ingresos familiares están comprendidos entre 2,5 y 3,5 veces el IPREM.
- 5% si los ingresos familiares se encuentran entre 3,5 y 5,5 veces el IPREM.
- 10% si la unidad familiar es familia numerosa.

Requisitos
Para tener acceso a la vivienda y posteriormente a la ayuda económica:

- Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Que entre la concesión de la Calificación Definitiva de la Vivienda con protección Pública para compra y la solicitud de la ayuda económica, no transcurran más de 6 meses naturales.
- Que se destine a domicilio habitual y permanente de la unidad familiar.
- Que los miembros de la unidad familiar no sean titular de otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
- Que no sea titular de derecho real de uso o disfrute de una vivienda libre en todo el territorio de la Comunidad de Madrid cuyo valor, según el ITP exceda del 40% del PMLV (Precio Máximo Legal de Venta) o del 60% en caso de ser familia numerosa.

Persona Responsable
Dª. Nieves Montero Arranz Dª. Nieves Montero Arranz

Cargo Responsable
Jefe de Servicio

Tramitación
Tramitación del Ciudadano.

Una vez obtenida la Calificación Definitiva de la vivienda como Vivienda con Protección Pública, tramitación que realizará el Promotor, el ciudadano deberá presentar la solicitud de ayuda económica.

Plazo de solicitud de la convocatoria
Antes de transcurridos 6 meses desde la Calificación Definitiva.

Destinatario
Adquiriente o promotor individual para uso propio.

Presentación de solicitudes
Registros de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ; C/ Princesa, 3 ; C/ Maudes, 17, C/ Braganza, s/n, y Avda. de Asturias, 28, en Madrid.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquier Registro, ya sea de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

Información complementaria
Descripción de la Vivienda de Protección Pública Básica:

- Superficie: Superficie construida máxima de 110 m2
- Precio máximo de venta: El precio máximo legal de venta (PMLV) de la vivienda será establecido por metro cuadrado de superficie últil para cada una de las localidades del territorio de la Comunidad de Madrid mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
- La duración del régimen legal de protección pública es de 20 años a contar desde la fecha de la Calificación Definitiva.
- La vivienda debe destinarse a domicilio habitual y permanente de la unidad familiar.
Para que el ciudadano pueda acordar la compra de esta vivienda con el Promotor, deberán reunirse las siguientes condiciones:
- Ingresos familiares no superiores a 5,5 veces el IPREM.
- No ser titular de pleno dominio, o de un derecho real de uso o disfrute, sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional.
- Las mismas condiciones anteriores sobre una vivienda libre en el territorio de la Comunidad de Madrid.

Referencia Legal Normativa
DECRETO 11/2005, de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 37, de 14 de febrero ).

DECRETO 12/2005, de 27 de enero, por el que se regulan las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid ( BOCM nº 37, de 14 de febrero ).

Vigencia
Febrero de 2005 a Diciembre 2008.

Fecha de alta
09 febrero 2005

Tema
Integración socio-laboral

Dependencia jerárquica
Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
D.G. de Arquitectura y Vivienda
Dirección
C/ Maudes, 17.
Teléfono
91 580 43 06
Fax
91 580 37 61

 

Fin del hilo
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