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ResidenciaenAlmeda
15/08/2018 21:44

Solicitud de Hipoteca - Vecinos Residencial Can Mercader

¿Es posible negociar una hipoteca en grupo? ¿Cómo funcionaría?

1.258 lecturas | 0 respuestas

Hola a tod@s!

_NEGOCIAR HIPOTECA EN GRUPO_____________

Abro este hilo porque a mi me interesaría pedir Hipoteca. He mirado varios bancos: BBVA, ING Direct, LaCaixa, Kutxabank.

Un compañero de trabajo me comentó que pidió hipoteca con más vecinos de una misma promoción cuando fueron a comprarse su primer piso. Él y el resto de propietarios consultaron varias entidades, lo que ayudó a que las entidades tuvieran que bajarse un poco los pantalones.

//// Todos aquellos vecinos que esten interesados en negociar hipoteca en grupo que lo comenten abajo ///

_REQUISITOS SOLICITUD HIPOTECA________

Actualmente, para pedir una hipoteca y que te la concedan, hay que reunir los siguientes requisitos (en las diferentes financieras cada una además añade algún requisito más): 

- Tener ahorrado el 20% de precio (sin IVA) de la Vivienda, el banco sólo concede el valor más bajo entre el 80% del precio de la vivienda (sin iva) ó el del precio de tasación. 

- Tener ahorrado el 10% del precio (sin IVA) de la Vivienda para gastos de notario, registro, iva, etc. 

- Contrato de trabajo fijo

- Que la cuota resultante a pagar cada mes no supere más del 40% de tu nómina (en caso de ser dos, mucho mejor pero tampoco puede superar el 40% de la nómina de cada uno).

__OTRAS CUESTIONES____________

Por otro lado, me gustaria saber, si alguien puede opinar del tema... cómo es posible que si las cláusulas que incluyen la exclusividad del pago de los gastos de NOTARIA, REGISTRO, GESTORIA, COMISION DE APERTURA CUENTA, ETC. impuestas al prestatario (es decir, quien pide la hipoteca) son nulas por el TS en su sentencia del 2013, todavía los bancos en sus condiciones nos siguen imponiendo estos gastos… 

Adjunto a continuación, una nota de blog de Arriaga Associados: 

Reclamar gastos de hipoteca al BBVA, Bankia, ING…

La justicia está de parte del consumidor. El Tribunal Supremo, el 23 de diciembre de 2015,  declaró abusiva la cláusula en la que el BBVA imponía al prestatario el pago de todos los tributos, comisiones y gastos derivados de la preparación, modificación y ejecución de un préstamo hipotecario

La sentencia señalaba:

“… no sólo no permite una mínima reciprocidad en la distribución de gastos, sino que hace recaer su totalidad sobre el hipotecante”. Además, y quizá lo más relevante, remarca que “quien tiene el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura de préstamo con garantía hipotecaria es, sin duda, el prestamista, pues así obtiene un título ejecutivo, constituye la garantía real y adquiere la posibilidad de ejecución”.

Además, por esta cláusula, el prestatario autorizaba al Banco, para que este último le cargue en su cuenta las cantidades necesarias hasta la total inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad, añadiendo los gastos, también a cargo del prestatario. Cargaba también la reclamación judicial o extrajudicial de la deuda, incluidos honorarios de abogado y procurador, en caso de impago, avalando incluso con la propia hipoteca o garantía real, que no es otra que la vivienda.

Por todos estos motivos la cláusula se considera abusiva y se obliga al banco a declararla nula y a devolver, por tanto, lo pagado por su inclusión.

Esta sentencia habla del caso concreto de un préstamo hipotecario del BBVA, pero ésta afecta a todas las entidades bancarias, Bankia, ING, Banco Popular, Sabadell, ya que, de forma parecida, e incluso idéntica, se encuentra redactada dicha cláusula en la casi totalidad de los contratos de préstamo hipotecario. Todos los bancos la incluían de forma genérica.

 “Son de cuenta exclusiva de la parte prestataria todos los tributos, comisiones y gastos ocasionados por la preparación, formalización, subsanación, tramitación de escrituras, modificación y ejecución de este contrato (…) La parte prestataria faculta al banco para suplir los gastos necesarios para asegurar la correcta inscripción de la hipoteca”.

Por tanto, se pueden reclamar los gastos de hipoteca sea cuál sea el banco con el que la firmaste.

Factura de la NOTARÍA correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario.
Gastos de TASACIÓN de la vivienda.
Factura del REGISTRO DE LA PROPIEDAD por la inscripción de la Hipoteca.
Gastos de GESTORÍA, siempre y cuando su intervención se haya impuesto por el banco.
Gastos de COMISIÓN DE APERTURA.

 

 


Editado por ResidenciaenAlmeda 15/8/2018 21:46


Editado por ResidenciaenAlmeda 17/8/2018 20:09


Editado por ResidenciaenAlmeda 17/8/2018 20:10
 

Fin del hilo
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