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A
ARJO
17/01/2009 23:59

VEHICULO ABANDONADO

¿Cómo denunciar un furgón abandonado en la comunidad?

2.635 lecturas | 2 respuestas
Tengo un vecino en mi comunidad,el cual tiene un furgon abandonado en la parte superior del edificio la cual esta divididas en plazas de garaje correspondiendo cada una a un vecino, se le ha avisado en varias ocasiones debido al estado del mismo puertas rotas ,oxidado, abierto etc..., con el consiguiente peligro que conlleva para los niñosy bdemas usuarios, independientemente del dormitorio para algun indigente por las noches,mi pregunta es la siguiente ¿hay alguna forma de denunciarlo a traves de la comunidad o a medio ambiente para que sea retirado? gracias de antemano.
 
A
ARJO
18/01/2009 16:11
gracias por tu respueta jucuru, lo pondremos en marcha y ya comentare algo
 
J
JUCURU
18/01/2009 09:28
[quote=ARJO>Tengo un vecino en mi comunidad,el cual tiene un furgon abandonado en la parte superior del edificio la cual esta divididas en plazas de garaje correspondiendo cada una a un vecino, se le ha avisado en varias ocasiones debido al estado del mismo puertas rotas ,oxidado, abierto etc..., con el consiguiente peligro que conlleva para los niñosy bdemas usuarios, independientemente del dormitorio para algun indigente por las noches,mi pregunta es la siguiente ¿hay alguna forma de denunciarlo a traves de la comunidad o a medio ambiente para que sea retirado?
gracias de antemano. [/quote

Hola.
Por lo que dices el furgon lo tiene dentro de los limites la comunidad por tanto es a la comunidad aplicando la Ley a la que corresponde tomar medidas.
En junta de propietarios con el asunto en el orden del dia teneis que aprobar mayoritariamente la retirada del vehiculo por las razones que tu has expuesto, levantais acta notarial como prueba, con el acta donde se recoja todo lo informais dandole un plazo y si no lo hace lo retira la comunidad y le reclamais todos los gastos.

Teneis base legal y argumentos suficientes, pero las cosas hay que hacerlas siguiendo los procedimientos establecidos.

El articulo 9 de la LPH entre otras cosas dice....

Artículo 9.

1. Son obligaciones de cada propietario:
a. Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos .
b. Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios , resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.

 

Fin del hilo
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