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M
miguelrico
08/02/2009 16:39

modificaciones en piscina

¿Cómo puedo evitar la instalación de iluminación en la piscina de mi comunidad?

1.662 lecturas | 1 respuestas
Vivo en una comunidad de 25 vecinos en la que tenemos una piscina. Algunos vecinos quieren modificarla e instalar iluminacion dentro del vaso, Cosa que al parecer esta aprobada en una reunion de hace un par de años ( Desconozco con cuantos votos a favor ). ¿ Que puedo hacer para que esta obra no se lleve a cabo ?
 
J
JUCURU
08/02/2009 20:41
miguelrico dijo:

Vivo en una comunidad de 25 vecinos en la que tenemos una piscina. Algunos vecinos quieren modificarla e instalar iluminacion dentro del vaso, Cosa que al parecer esta aprobada en una reunion de hace un par de años ( Desconozco con cuantos votos a favor ). ¿ Que puedo hacer para que esta obra no se lleve a cabo ?


Veamos, personalmente me parece un disparate empotrar luces en el vaso de una piscina ya hecha porque correis un gran riesgo de cargarosla, seguramente las paredes seran de hormigon armado y para hecr las rozas y agujeros se recesita un compresor de esos potentes, las vibraciones pueden provocar grietas muy dificiles de reparar despues, edemas en esas paredes hay nada menos que 8 tuberias empotradas que desempeñan diferentes funciones, que con toda seguridad se despegaran.

Si la finca tiene menos de 10 años perdereis la garantia, si dentro de este plazo hay algun vicio oculto, tuberia, skimer, etc, os lo tiene que arreglar.

Añadireis un plus de peligrosidad, por muy bien que se hagan las cosas el agua es conductora de electricidad y si la instalacion no se hace bien puede acurrir una desgracia.

Valora todos estos hechos y te añadire lo que dice la Ley.

Artículo 11.

1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble , según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.


CONCLUSION. Debes intentar por el bien de todos que no se haga semejante disparate, pero en el caso que sigan adelante se trata de una OBRA NO NECESARIA, no tiene nada que ver con la conservacion, habitabilidad y seguridad del inmueble, por tanto tampoco estarian obligados a pagar los que votaran en contra si la derrama por este concepto, excede el coste de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.

Es lo mejor que te puedo aconsejar, impugnar ya no puedes porque dices que el acuerdo ya hace dos años que se aprobo y hay 30 dias naturales o salvar el voto y un año para impugnar sino caduca, y aun asi no tengo claro que se ganara puesto que no se trata de hacer una piscina nueva (se necesitaria unanimidad) sino una obra no necesaria, y la ley como has visto deja la posibilidad de hacerlas exonerando del pago a los que no esten de acuerdo.

!!!!Menuda cursilada¡¡¡¡
 

Fin del hilo
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