Volver al foro
A
almena
24/02/2009 20:26

modelo carta desperfectos

14.118 lecturas | 4 respuestas
Necesito un modelo de carta de desperfectos para mandar a la constructora de mi vivienda. Gracias
 
A
almena
25/02/2009 14:11
jucuru: muchas gracias por tu ayuda.
 
2
2505navia
24/02/2009 22:38
No es para este tema error
 
2
2505navia
24/02/2009 22:36
Unos dicen dar la cara y otros pensamos enseñar la “jeta”

Esto para mí es mejor que ir al cine. ( Puede ser una comedia, un drama o simplemente una de intriga...)

Dice uno de nuestros vecinos, que no se aprende las actas, pero que da la cara. Tal vez tenia que dar menos la cara y respetar los acuerdo de la comunidad, leyendo o no leyendo las actas.
Que esta prohibido tener cosas en la plaza de garaje excepto el coche. No hace falta dar la cara.
Que los niños pisan las plantas, rosales etc. . No hace falta dar la cara.
Que lo niños se suben por las jardineras. No hace falta dar la cara.
Si quieres celebrar una fiesta y no sabes si molesta o no, realízala en tu casa no hace falta preguntar, sí sé moleta.
Que no recuerdas si pusisteis carteles o no, dependiendo de la edad que tengas, tienes un problema o es natural.
Te ayudo un poco es muy sencillo, ¿pegaste tu los carteles? Sí o No.
Compañero los actos de fe, se verán mas tarde cuando a todos nos llegue la hora y a ti también.
Y si es Junta de Gobierno, o Junta de Propietario, sabe que no es importante y que todos entendemos.
Y tienes toda la razón, si algo se ensucia, se limpia, el problema es que con la memoria que tenemos algunos, no “creo” que sepamos quien tiene que limpiarlo.
Que no quieres una cosa y consideras que es mala o antigua para ti, la bajas a la sala de reuniones y si no la quieren que te lo digan.
Que el perrito hay que llevarlo atado, será el de los demás el mío no hace nada y además por un rato que pasee por los jardines.
Pero nosotros somos los buenos los de colores, los alegres, los demás los malos los grises los tristes, o estas conmigo o contra de mí.
Y el hablar contigo amigablemente ¿ para qué?. Para que sigas haciendo lo que quieras, o para que respetes las normas de convivencia ya existentes.



Y recuerda no hace falta dar la cara, “ que tu mano izquierda no sepa lo que hace tu mano derecha.
Antes a los que daban la cara de la forma que la das tu, y daban mas voces que ninguno los llamábamos “MACARRAS”
Yo no respeto a mis semejantes pero si tienen algún problema que me lo digan.
En la vida hay que ser humilde, menos prepotente, respetar a los demás y ese es el mejor de deseo para los hombres y mujeres de buena voluntad.
Con el fin de dejar clara mi posición no he escrito ni un solo mensaje en ese tema, pero si los leo, creo que son inútiles y que se utilizan o utilizamos para justificar actuaciones que no tienen justificación.

http://www.nuevosvecinos.com/navia/2319365_comilonas_en_la_sala_de_juntas.html


 
J
JUCURU
24/02/2009 21:14
almena dijo:

Necesito un modelo de carta de desperfectos para mandar a la constructora de mi vivienda. Gracias



-No es necesario que el escrito sea complicado basta con poner tus datos personales y tu vivienda.
-La empresa mercantil o constructora a la que te dirijas y a continuacion reflejas todas las incidencias de forma sencilla y clara, adaptalo a lo que tu quieras poner...te pego el articulo 17 de la Ley de Ordenacion de la Edificacion para que lo incluyas en el escrito y sepan que conoces la Ley... ten presente que algunas cosas caducan al año, a los tres o 10 años.



Exponen:

Que después de varias reclamaciones, sobre las anomalías en que se encuentran dichas viviendas y accesos a la misma como son:

1. Ascensor, se encuentra fuera de servicio y sin funcionar ....
2. Antena de televisión, esta sin funcionar y no podemos ver ningún canal.....
3. En cuanto a la vivienda, sigue sin funcionar correctamente el termo, además de diversos desperfectos de los cuales tiene Vds. notificación telefónica y que ustedes no hacen nada al respecto, para solucionar todos los problemas expuestos.

Artículo 17. Responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificación.
1. Sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso de la edificación responderán frente a los propietarios y los terceros adquirentes de los edificios o parte de los mismos, en el caso de que sean objeto de división, de los siguientes daños materiales ocasionados en el edificio dentro de los plazos indicados, contados desde la fecha de recepción de la obra, sin reservas o desde la subsanación de éstas:
a) Durante diez años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
b) Durante tres años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del apartado 1, letra c), del artículo 3.
El constructor también responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año. ( No tienes porque añadir el texto completo, puedes poner solo lo que mas te afecte a ti.)



Habida cuenta de los intentos infructuosos por nuestra parte tanto de forma personal, como por teléfono, les emplazamos mediante este escrito a subsanar dichos defectos a la mayor celeridad con el fin de evitar perjuicios mayores y las responsabilidades que de tales hechos y defectos pudieran derivarse.

Y para que conste firmamos los propietarios.

Lo debeis mandar de manera que os asegureis la recepcion, burofax, acuse de recibo, etc, si no es la primera vez podeis incluir en el escrito el establecimiento de un plazo de tiempo, pasado el cual arreglariais vosotros los desperfectos y los gastos los reclamariais por via judicial, antes seria conveniente levantar acta notarial o encargar informe pericial, con los jueces hay que aportar pruebas.
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento