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A
arantxa garcia garcia
25/03/2009 22:57

modificar una pueta de entrada

¿Qué mayoría se necesita para cambiar una puerta de entrada en una vivienda?

2.100 lecturas | 3 respuestas
Buenas queria preguntar que mayoria se necesita para cambiar una puerta de entrada de una de las viviendas que teniamos para el portero, la han abierto en otro lado y han tabicado la que existia. si lo han echo sin la mayoria adecuada ¿que se puede hacer?
 
J
JUCURU
27/03/2009 08:37
podemos hacer que se cambie el acceso a su sitio original? ¿de que manera?

La forma mas sencilla seria proponiendolo en una nueva junta de propietarios puesto que es donde correspondia tomar la decision y que te apoyaran la mayoria... en el juzgado sin pruebas, actas, algun informe o algun documento que el juez pueda comprobar que se ha cometido una infraccion, no creo que puedas conseguir nada.

El asunto del vecino pasa lo mismo, sin pruebas es su palabra contra la tuya, si es importante para ti consulta a un abogado, pero ojo que a estos en muchos casos solo les importa su comision.
 
A
arantxa garcia garcia
26/03/2009 22:26
hoy me enterado que la puerta se abrio con el consentimiento de la Junta de Gobierno anterior pero sin llevarlo a votación a la Junta de propietarios, a esta solo se llevo la reforma de la casa que fue aprobada ¿podemos hacer que se cambie el acceso a su sitio original? ¿de que manera?
aprovecho para preguntar por si alguien me puede informar si se puede demandar a un vecino que me esta acusando de tirarle agua por la ventana por falsedad y además con la intención de que los demás vecinos se pongan de su parte a la hora de votar si se le alquila otra vez la casa del portero a lo que yo me opongo y el lo sabe?yo no pido mas que me pida disculpas publicas en la próxima junta ¿es posible?
 
J
JUCURU
26/03/2009 09:11
arantxa garcia garcia dijo:

Buenas queria preguntar que mayoria se necesita para cambiar una puerta de entrada de una de las viviendas que teniamos para el portero, la han abierto en otro lado y han tabicado la que existia. si lo han echo sin la mayoria adecuada ¿que se puede hacer?



Las viviendas del portero tienen la consideracion de zona comun y si estaban asi cuando se constituyo la comunidad lo que se ha hecho es una alteracion del titulo constitutivo, y para que ese acuerdo sea firme y legal a todos los efectos precisa unanimidad.

Ahora bien, si alguien voto en contra esta obligado a impugnar en los tribunales, puesto que es un acuerdo impugnable, no es nulo de pleno derecho...si ha pasado el tiempo (un año) y no ha impugnado el acuerdo es valido, aun asi habria que estar la importancia que tenga y la opinion del juez que es el que tiene la ultima palabra.

En mi opinion con la Ley en la mano ganaria el juicio y lo tendrian que dejar como estaba pero hay que seguir un procedimiento legal, si no se sigue pierdes los derechos...esta todo explicado en el articulo 18 de la LPH.
 

Fin del hilo
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