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07061947
12/09/2009 12:09

ESTATUTOS DE LA COMUNIDAD

¿Pueden quedar exentos los bajos de pagar la instalación del ascensor según los Estatutos de la Comunidad?

1.582 lecturas | 1 respuestas

Escribo lo que dicen los Estatutos de la Comunidad,en el apartado de gastos:
Cuando se trate de algún servicio que no fuera posible utilizar por alguno de los propietarios por la configuración del mismo, serán satisfechos por los restantes  a quienes sea posible su utilización, los cuales lo satisfarán en proporción a su cuota de valor que les corresponde según resulta de la descripción de cada finca, aumentada con la cuota correspondiente a la finca que no usó dicho servicio, que se distribuirá entre los que le utilicen en la proporción de igualdad entre las viviendas que le disfruten.
Los Estatutos figuran en el Registro de la Propiedad.
 Se va ha instalar el ascensor en la casa y se aprueba por 8 votos a favor y 2 en contra el reparto de los gastos dejando exentos a los bajos, mi pregunta es: figurando  lo que figura en los estatutos pueden  quedar exentos los bajos de pagar dicha instalación del ascensor ?.
Gracias por dar la oportunidad de hacer la consulta.

 
J
JUCURU
12/09/2009 20:34
Los estatutos tienen rango de Ley pero el promotor debe darlos a conocer cuando se compra la vivienda  y asi debe estar reflejado en las escrituras, si no se ha hecho la Ley en su articulo 14 D  dice que corresponde a la junta de propietarios...... Aprobar o reformar los estatutos y determinar las normas de régimen Interior.  Por lo que si esto no se ha hecho algun juez podria no considerarlos validos.

De todas formas hay una sentencia del tribunal supremo reciente que obliga a TODOS a pagar la instalacion del ascensor, por que se revaloriza en su conjunto el edificio, yo creo que en caso que la mayoria aprobara que pagaran todos, tendrian que pagar, pero tambien hay que considerar lo que diga la escritura o si habeis aprobado los estatutos, en tal caso, lo tendriais todos firmado.
 

Fin del hilo
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