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1261932
26/11/2009 16:31

Ruegos y Preguntas.

¿Es obligatorio incluir el punto de ruegos y preguntas en el orden del día de la convocatoria?

3.219 lecturas | 2 respuestas
Por delante diré que soy, y fuí Presidente varias veces, en esta que actualmente presido en las Convocatorias No figuro el PUNTO que habitualmente se viene figurando de RUEGOS Y PREGUNTAS, algunos me lo exigen, yo les digo que a mi no hace falta que me rueguen nada, sinó que me manden, y las preguntas que las pueden manifestar en cualquier momento de la Reunión.
¿ES OBLIGATORIO  QUE FIGURE ESE PUNTO EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA CONVOCATORIA?
Yo miré los Estatutos y no lo veo.
Gracias.
 
daigual
daigual
26/11/2009 23:20
 El artículo 19 es el que trata esta cuestión y entre las cuestiones a tratar dice que se deben expresar al menos las siguientes circunstancias desde la a) a la f) por lo tanto no es obligatorio, pero como te comentan si que es interesante hacerlo para mantener un cierto orden y no dar lugar a confusiones.


 
P
PEPE123
26/11/2009 17:54
Independientemente de que la Ley diga algo o no, en todas las juntas de cualquier índole se suele poner este punto, donde se puede hablar de otras cosas que no estén en el orden del día.
Es una cuestión de hacer la junta con un cierto orden, y que no se hable "en cualquier momento de la reunión" de cualquier tema, pues puede ser un caos. Y si nos pusieramos en plan formal, como en cada punto del orden del día solo debe hablarse de ese punto, salvo que exista ese último punto (llamalo como quieras, ruegos y preguntas, varios, otros, etc), no se podría hablar de nada que no figurara en el orden del día.
 

Fin del hilo
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