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carloslgdupont
03/04/2010 11:07

JUNTA EXTRAORDINARIA

1.259 lecturas | 1 respuestas
¿Se puede convocar una Junta Extraordinaria en la cual el Orden del día tenga más de un punto ? ¿O bien en las juntas extra sólo se puede tratar un tema? Gracias anticipadas por la información. Saludos.
 
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PEPE123
04/04/2010 17:29

Se pueden poner tantos puntos como se quiera tratar, sin limitación alguna.
Una junta no es más que una reunión de vecinos, para tratar asuntos de los bienes comunes, y en ese sentido la Ley deja total libertad, que se reunan cuando quieran y traten los temas que quieran.

 

 

Fin del hilo
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