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E
EBOET37
28/05/2010 20:52

Instalación Ascensor

¿Los bajos tienen que pagar por la instalación de un ascensor?

1.344 lecturas | 1 respuestas

Hola,

se quiere instalar un ascensor, mi pregunta es si los bajos han de pagar.

Entiendo que sí, en el Título V del CC Catalán no los exime del gasto, y en los estatutos de la comunidad tampoco.

Pero el administrador considera que no , basándose en el artículo 553-30-Vinculación de los acuerdos.

El punto 1 dice Los acuerdos obligan y vinculan a todos los propietarios, imcluso a los disidentes, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2

2-los acuerdos relativos a las nuevas instalaciones o a servicios comunes, si el valor total del gasto acordado es superior a la cuarta parte del presupuesto anual de la comunidad, no obligan ni vinculan alos propietarios disidentes.

Peo el punto 3 dice: Los acuerdos relativos a la supresión de barreras arquitéctonicas o a la instalación de ascensores y los que sean precisos para garantizar la accesibilidad, habitabilidad, uso y conservación adecuados y la seguridad del edificio se rigen por lo establecido en el apartado 1.

Y además por otra parte está la ley 1.152/2008, que ha creado jurisprudencia en este tema.

Si tengo que impugnar tendré bastante con esta sentencia del 2008.?

Mi caso no es falta de conciencia social, es económico, además somos sólo 6 vecinos y los 2 bajos.

Gracias por vuestro tiempo.

Eva

 
E
EBOET37
30/05/2010 09:53

Hola,

sólo decir que la ley es la 1.151/2008, me equivoqué en el primer mensaje.

Gracias

 

Fin del hilo
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