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Noa2010
Noa2010
24/11/2010 09:24

Votacion secreta en Comunidad

¿Tenemos derecho a la privacidad en las votaciones de la comunidad?

5.101 lecturas | 9 respuestas

No tengo mucha experiencia en temas de comunidad, con lo que me estaba preguntando si tenemos derecho a la privacidad en las votaciones.

No sé en vuestra comunidad pero en la nuestra que llevamos pocos meses, hay muy mal rollo, mucho egoismo y sobretodo como no todos somos iguales, una no sabe como va a raccionar el vecino contrario a tu opinión.

Como prevenir es curar, creis que se puede realizar votaciones pero no a mano alzada?

Es legal? o ilegal el no respetar el derecho a la privacidad?
 

 
M
MACADI
26/11/2010 11:47

Sobre lo de votar un asunto muchas veces, la ley no establece limitaciones.  El Presidente es el reponsable del orden del día, pero cualquier propietario puede incluir asuntos según el art. 16.2. ; 

Saludos

 
M
MACADI
26/11/2010 11:40

Noa, yo pienso que una votación a mano alzana no es secreta (los presentes en la junta ven quien vota y lo que vota. Para mi secreta seria si fuese votar con una papeleta en la que no hubiese datos del propietario que vota.

Saludos

 
M
MACADI
26/11/2010 11:39

Noa, yo pienso que una votación a mano alzana no es secreta (los presentes en la junta ven quien vota y lo que vota. Para mi secreta seria si fuese votar con una papeleta en la que no hubiese datos del propietario que vota.

Saludos

 
Noa2010
Noa2010
25/11/2010 13:45

Macadi, llega un punto que te planteas donde esta la parte legal? pq no tiene mucha logica la verdad

 
Noa2010
Noa2010
25/11/2010 13:45

Lo comento pq a nosotros nos envían una copia y sin firmar...y no paramos de votar lo mismo.

Puedes votar un tema indefinidamente? ahora sale si, ahora no...si, no...

 
M
MACADI
25/11/2010 13:00

Administrador22:

Sobre lo que comento de competencias y responsabilidad del Secretario y del Presidente dado que son los que firman el Acta. Entiendo que es así, es decir, tienen que asegurarse de que se obtienen las mayorias necesarias para aprobar o no los asuntos, y en determinado casos hay que recurrir a los coeficientes; pero en otros no.

Saludos

 
M
MACADI
25/11/2010 12:52

La copia que se envía a los propietarios debe de ser copia dl libro de ACTAS firmada por el Secretario y el Presidente. Creo que en muchas comunidades no se hace así.

 

-----

Administrador22

La ley utiliza esa expresión,      si es relevante para la validez del acuerdo.

Sobre lo que comentas de que lo que para unos  propietarios puede ser relevante para otros no; estoy muy de acuerdo; pero en este caso tenemos  que tener en cuenta  "la validez del acuerdo", aqui como bien sabes tenemos el artículo 17;  y da igual que un vecino crea relevante para el acuerdo o no que se incluyan los nombres en el acta y los coeficientes u otro dato.

A mi entender, en caso de que la votación sea  muy ajustada y los coeficientes de los pisos sean distintos, hay que hacerlo nominal para comprobar que la suma de coeficientes tambien es superior; pero en caso de que haya una votación por ejemplor 19 a 3 y con coeficientes iguales pues no es necesario incluir coeficientes en el acta porque no es relevante para su aprobación. En caso de que algun propietario lo pida se incluye su voto nominal; pero no él de los demás. Y si alguno pide que se incluya el de todos se incluye en el acta su petición; pero no hay por que hacerlo.

En mi comunidad, de momento no ha habido votaciones ajustadas en votos, por lo que no se pone esta información, excepto en un sólo asunto.

En caso de hacer todas las votaciones nominales, los libros de actas, en comunidades de muchos vecinos no durarían nada y las juntas de vecinos no acabarían nunca.

Saludos

Pd. es solo lo que yo entiendo

 

 

 

 
Noa2010
Noa2010
25/11/2010 08:18

Me acaba de surgir una duda con lo que me estais contando macadi y administrador...

¿La copia de actas que se entregue a los vecinos deben ir firmadas y selladas? o ninguna de las dos cosas?

 
M
MACADI
24/11/2010 14:55

 

El articulo 19 apartado f) dice:

 

f) Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que, respectivamente, representen.

-----

Es a juicio del Secretario y del Presidente, son ellos los que firman el Acta, tienen las competencias y las responsabilidades.

Saludos

 

 

 

 

 

 

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