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E
evaes
29/01/2011 12:21

posible impugnacion?

¿Es legal aplazar la redacción y firma de un acta por 7 meses?

2.807 lecturas | 3 respuestas

Hace 7 meses realizamos una reunion extraordinaria. Aclaro que no tenemos administrador (de ser asi no existiria este problema). Aplazamos la redaccion del acta y la firma (porque era muy tarde) para otro momento. Ahora me presentan el acta redactada a favor de unos y a contra mia, añadiendo y quitando sobre lo que se habló en la reunión.

Tengo varias preguntas al respecto. Agradeceria me pudierais indicar:

¿Es "legal" aplazar la redaccion y firma de un acta para 7 meses despues?

si es asi, entiendo que es necesario que quede reflejado en el acta ¿no?

Si a pesar de pedir una rectificacion no quisieran hacerla ¿que debo hacer yo si no estoy de acuerdo con el acta redactada?

¿en que consiste y como se hace una impugnacion?

Muchas gracias.

 
daigual
daigual
30/01/2011 15:28

El acta debe ser firmada por el presidente y secretario, cualquier otra firma no tiene valor alguno para la legalidad de esta.

En la redacción solo debe incluirse aquello que afecta a los acuerdos tratados en la junta y cualquier anotación en otro sentido, no tiene mayor utilidad. Para que sea legal cualquier cuestión es necesario realizar impugnación.

 
E
evaes
30/01/2011 14:25

gracias por tu respuesta.

pensé que impugar bastante mas facil. 

Que representaria (ya que la impugnacion no creo que la lleve a cabo) el negarme a firmar el acta o hacer una anotación en la misma  de algo asi como "el texto que contiene el acta no se ajusta a lo comentado en la reunión"?

Muchas gracis de nuevo.

 
daigual
daigual
29/01/2011 17:26

Para nada legal, el acta debe ser firmada como mucho a los 10 días de su celebración.

En el acta solo puede quedar reflejado aquello que afecte a los acuerdos tratados el día de la junta, nada más.

Si está en desacuerdo con la redacción, debe comunicarlo y exigir una rectificación, y si no hacen caso de su petición, deberá acudir al juzgado.

Para impugnar, debe contratar abogado y procurador y hay unos plazos que cumplir para poder hacerlo. Los profesionales que contraten, le guiarán en la impugnación.

 

Fin del hilo
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