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Tathe
17/03/2011 20:14

Pretenden adoptar un acuerdo ilegal en junta

¿Pueden instalar un ascensor solo entre algunos vecinos en una comunidad de propietarios?

5.717 lecturas | 9 respuestas

Hola a todos.

En la comunidad de propietarios de mi madre quieren instalar un ascensor. En realidad sólo quieren unos cuantos, pero como no llegan a la mayoría, ya han echado sus cuentas y exoneran a los del bajo y a un vecino del tercero que no quiere pagar.

En las cuentas echadas por ellos,aparte de exonerar a los del bajo y el del tercero, los del primero pagan 60 €, los del 2º 128 € y los del tercero 158 € aproximadamente. En total suman 11 vecinos los que entran en el pago. Si 11 vecinos es la mayoría (porque son 16), según la Ley de propiedad horizontal todos están obligados al pago y se hará por coeficientes. Pero según ellos, sólo lo van a poner entre los 11 de forma privada (con llave), entre los cuales mi madre se encuentra pagando 128 € (vive en el 2º).

Creo que no se puede adoptar ese acuerdo porque hay la mayoría requerida en la Ley y obliga a todos.

¿Pueden seguir adelante?

Si no es así, deberíamos denunciarlo, ya que mi madre es mayor de 70 años y no puede soportar ese pago mensual. Decir que, por coeficientes, pagaría menos de 90 €.

Gracias 

 
daigual
daigual
30/03/2011 12:09

Si el acuerdo no es votado por mayoría, no sale adelante. En este caso si salio igual para las partes, la única solución sería un juez o bien volver a convocar junta y que se trate de nuevo el asunto. 

Cualquier acuerdo hay que tomarlo en junta, no valen reuniones particulares o similares, ha de ser legal, de lo contrario no es un acuerdo al que haya que aceptar.

Los acuerdos se toman en junta y por mayoría, cualquier otra cosa será lo que sea menos un acuerdo legal al que haya que aceptar.

 
A
administradormajadahonda
29/03/2011 19:18

Efectivamente no esta muy clara la situación, en una primera reunión no hay mayoría 8 a favor 8 negativos, en la segunda reunión, 9 a favor 8 negativos, esta segunda reunión fue convocada de forma correcta? ya que como indica que fue en privado.

Para adoptar los acuerdos de instalación de ascensor, y dependiendo de las características de los vecinos que la componen con mayoría simple podría valer, ahora lo que no queda claro es que se exonere a un tercero y los bajos.

Entiendo que se exonere a los bajos, pero para poder exonerar a los bajos y dado que es una alteración del título constitutivo y problamente de los estatutos en cuanto que todos tienen que contribuir con su coeficiente, se tiene que aprobar por la unanimidad de los propietarios presentes y ausentes.

 
T
Tathe
29/03/2011 16:36

Pues nada, que en la votación para ver si querían ascensor votaron positivo 8 y negativo los otros 8. Como no había mayoría, deciden ponerlo entre 9, es decir, un vecino que votó que no, ahora decide unirse al grupo y me dicen que eso no es mayoría, que es otro acuerdo.

Es normal que no me entiendas muy bien, porque son acuerdos un poco raros.


Editado por Tathe 29/03/2011 16:37
 
daigual
daigual
29/03/2011 12:44

No me aclaro mucho con lo que cuentas, solo confirmar que los acuerdos se toman en junta y por mayoría y que un determinado asunto se puede llevar a junta cuantas veces se solicite por alguien.

 
T
Tathe
28/03/2011 22:16

Pues en principio hubo 8 votos a favor y 8 en contra.

Mi madre se subió a casa y votaron la exoneración del bajo. Ahora acuerdan instalarlo entre 10 u 11 vecinos de forma privada.

Hoy ha habido una reunión y, cuando le digo al Administrador que 10 u 11 vecinos son mayoría, me dice que no, que en su día se votó y no salió mayoría.

Mi madre les envió una carta al Administrador y al Presidente diciéndoles que con mayoría pagaban todos y, aunque no estaba de acuerdo  con la instalación del ascensor, ahora quiere cambiar el sentido del voto (con su voto se alcanzaría la mayoría) y no la dejan porque dicen que ya se votó en su momento y no salió mayoría.

¿Cómo pueden, después de no salir mayoría, pretender instalar el ascensor en privado una mayoría de vecinos?

Es decir, en su momento sólo votan 8, y luego quieren instalar en privado entre 10.

¿Es esto legal?

No puedo entender cómo en la votación no llegaron a la mayoría y luego pretenden instalarlo con mayoría. Es decir, un vecino que votó negativamente en la instalación, luego participa en ella de forma privada, disparándose las cuotas para los del segundo ????

Gracias.


Editado por Tathe 29/03/2011 10:07
 
1969rafa69
1969rafa69
23/03/2011 11:42

Precisamente la vigente Ley de Propiedad Horizontal prevé en su artículo 18 cómo se debe formalizar esta impugnación, en qué casos tiene cabida y cuál es el plazo.

Los acuerdos de la junta de propietarios serán impugnables ante los tribunales en los siguientes supuestos:

* A.- Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.
* B.- Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.
* C.- Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

También dice el artículo 18 quiénes son las personas que pueden impugnar estos acuerdos: los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta (es decir, los que votaron de forma negativa o dejaron constancia de sus reticencias por el acuerdo adoptado), los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.

Resalto este punto porque lo considero primordial para poder impugnar. ¿Estuvo tu madre o representante de tu madre en la junta y votación?. ¿Se recoge su disconformidad en el acta de esa junta?

El plazo para impugnar los acuerdos será de tres meses a contar desde que se adoptó el acuerdo por la Junta de Propietarios (si no acudió a la reunión se cuenta desde que se le notifica el acuerdo), salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos, en cuyo caso dicho plazo se extiende a un año.

Si tu posible impugnación cumple con lo que has leído el método para hacer efectiva la impugnación te lo cuento más tarde.

 
daigual
daigual
18/03/2011 11:05

Necesitas abogado y procurador. Ellos te orientarán en los pasos a seguir y las posibilidades.

 
T
Tathe
17/03/2011 21:35

Supongo que te referirás a impugnarlo ante los tribunales.

¿Hace falta un procurador? y ¿podría yo hacerlo autorizada por mi madre o en su representación?

 
daigual
daigual
17/03/2011 20:31

Si llegan a algún tipo de acuerdo ilegal o que creen les perjudica, la única forma de que no se lleve adelante de esa manera es que impugnen el acuerdo, de lo contrario la cosa seguirá adelante por no haber oposición manifiesta.

 

Fin del hilo
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