Volver al foro
I
Infante1537
19/07/2011 20:05

Pintar zona comun

¿Puede un vecino pintar su zona del rellano si la comunidad no tiene dinero para hacerlo?

5.004 lecturas | 4 respuestas

Hola foreros.

Vuelvo a vosotros para haceros una pregunta.

Estoy de presidente de la comunidad, la cuestion es que un vecino quiere pintar su zona del rellano porque hace 8 años que no se pinta y la comunidad no tiene dinero para pintar todo.

El lo pintara solo y pagara la pintura con su dinero y lo mas importante lo pintara del mismo color original de la pared y el techo.

Es sencilla la pregunta:

Puede hacerlo?

 
NV75
NV75
20/07/2011 10:08

Mira que son ganas de poner piedras en el camino, lo va ha hacer él y lo paga él, respetando los colores ¿cual es problema? Si todos vecinos fueran así... nos ahorraríamos muchos quebraderos de cabeza...

en fin, un salduo

 
M
MACADI
20/07/2011 09:51

Si este vecino en vez de pintar, dice que lo que va a hacer es limpiar las paredes y techo de su rellano.  Y que lo va a hacer comprando los productos de limpieza él, sin gastos para la comunidad.

Hay que tener en cuenta que los rellanos son interiores (sólo los ve el propietario del piso), no afecta a la estética del edificio.

Como presidente lo que sí puedes hacer es convocar a los propietarios para exponer el asunto, y  la necesidad de una derrama para poder ejecutarlo y en caso de que el asunto no se apruebe, votar la autorización o no de que cada propietario pueda pintar las paredes de su rellano manteniendo los colores originales.

 
I
Infante1537
19/07/2011 22:24

Muchas gracias por la respuesta, me ayudara en la reunion de vecinos.

 
A
admifincasmadrid
19/07/2011 22:12

Estimado Sr.

Mi opinión es que a menos que exista acuerdo en junta, y se autorice, no puede tocar un elemento común aún cuando sea para la mejora de una parte.

Otra cosa es que todos los comunero digan que si.

Saludos

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento