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H
Hester75
29/01/2012 17:10

Instalacion ascensor

¿Cuáles son los requisitos necesarios para la aprobación de la instalación del ascensor en la comunidad?

2.403 lecturas | 4 respuestas

Hola,

En mi comunidad se va a celebrar una junta donde uno de los puntos a tratar sera la instalacion del ascensor. ¿Que requisitos son necesarios para la aprobacion de dicha instalacion? Me refiero a mayorias.

Tambien me gustaria saber si estan todos los vecinos obligados al pago.

La comunidad esta formada por 12 pisos y 4 naves que no tienen entrada por el portal


Editado por Hester75 29/01/2012 17:26
 
uno7o
uno7o
09/01/2013 13:30

hola, diferenciar dos aspectos:

Primero el porcentaje de vecinos que debe estar de acuerdo para que se acepte la instalación del ascensor y la correspondiente reforma en el edificio. Como norma general en la reunión deberá ser aceptada la instalación de dicho ascensor por 3/5 partes de los propietarios. Particularmente si en alguna de las viviendas existe personas con algún tipo de movilidad reducida o mayores de 70 años, este porcentaje de mayoría varía, simplemente será necesario superar el 50% de votos a favor para poder instalar dicho ascensor. En caso de que los propietarios no acudan a la reunión su voto se sumará al de la mayoría y podrá manifestar su discrepancia a la Junta de Propietarios mediante escrito en un plazo de 30 días naturales

En un segundo lugar están la Cuota de participación.
Cada propietario, en función de la ubicación de su vivienda, tiene una cuota de participación, que no elimina la obligación de pagar la instalación.  La cuota se establece en función a la superficie útil de cada piso o local en relación con el valor total del inmueble referido en centésimas. Los bajos y los locales, pueden quedar exonerados del mantenimiento y conservación, más no así de la instalación

Si quieres ver mas o menos unos precios de referencia de lo que vale colocar un ascensor en tu vivienda, esta página puede ser interesante.  http://www.uno70.com/Otros/ascensor/index.html

 
M
MACADI
30/01/2012 09:06

Añadir que los artículos 10 y 11 han sido modificados en agosto del 2011.  Busca la modificación. 

 
J
jacoba
29/01/2012 23:16

articulo 10 2º y 17 1º de la LPH

 
G
guanio
29/01/2012 22:14

hola, según tengo entendido todos tienen una cuota de participación porcentual, da igual si lo usan o no. poruque si entras a devatir quien lo usa, no te vas a poner nunca de acuerdo.

nosotros queremos ponerlo, a ver si pasa esta dichosa crisis y tenemos dinero para hacerlo, de momento lo que tenemos son morosos.

un saludo, espero nos mantengas informados para seguir los demas

 

Fin del hilo
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