Lo que te respondo es lo que debería hacer el moderador de este foro y que no hace con sus intervenciones, porque el problema no es equivocarse, sino el no ver que se ha equuivocado y encima defender el error a costa de lo que sea o incluso actuando como avestruz que esconde la cabeza.
No creo que haya nadie perfecto, pero especialmente "pasacero" no le veo la buena intención por ningún lado y no solo yo, lo hacen otros.
Entiendo que es complicado apreciar esto si no se sigue muy de cerca el foro, pero tras tantos avisos, algo si tenían que hacer los moderadores de la página, yo acabo aquí, teniendo claro que al menos lo he intentado.
Cita:
Lástima que no aparecen los logos de los foros a los que cito, pero tampoco importa ya.
pasacero
Alta: 26/05/2011
Mensajes: 721
Publicado el lunes, 26 de septiembre de 2011 16:52
Salió. Yo ya sé que tú eres un tío listo que lo tiene todo en su gran cabezón. Por cierto, aparte de criticarme ¿tú eres legal? Quiero decir ¿pagas impuestos? Por que ten cuidado, y vigila muy bien tu situación..
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Mensaje
pasacero
Frecuencia-1
Registrado: Jun 07, 2011
Mensajes: 2 Publicado: Mie Jun 08, 2011 1:27 am Asunto: Chimeneas local de hostelería Gipuzkoa
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No tengo claro como debe ser la autorización de la comunidad (en Gipuzcoa) para estas instalaciones, unanimidad o 3/5 partes.
Me están asegurando que la unanimidad es solo cuando afecta al título o los estatutos y este tipo de instalaciones no afecta.
En nuestros estatutos indica que los locales pueden hacer de ellos el uso que tenga a bien sus titular, sin embargo tambien dice que el patio (por donde debe pasar la condución) es solo de paso sin que se pueda usar para otra finalidad.
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daigual
Frecuencia-3
Registrado: May 23, 2011
Mensajes: 44 Publicado: Mie Jun 08, 2011 5:55 am Asunto:
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Dependerá del tipo de chimenea que quieras colocar. Si afecta a la fachada, elemento común, o patios en principio sería unanimidad, pero si la obra es necesaria para el negocio y no hay otro sistema de ponerla, habría que mirar los casos. Está claro que no le puedes afectar a otros propietarios directamente con este cambio.
Lo mejor es reunirse en junta y tratar de forma tranquila el asunto para buscar la mejor solución posible a todos.
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corso
Frecuencia-4
Registrado: Aug 02, 2010
Mensajes: 60 Publicado: Mie Jun 08, 2011 3:23 pm Asunto:
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Hola pasacero,
como te indica daigual, en principio (tendría que verse si en el Título Constitutivo o en los Estatutos existe alguna cláusula que lo permita y en que condiciones, así como las circunstancias concretas del caso), la colocación de una chimenea que discurra por la fachada del patio requiere el consentimiento unánime de la comunidad de propietarios y así lo declaró el Tribunal Supremo en sentencia del 12-11-2007.
Te dejo el siguiente enlace que hace referencia a dicha sentencia:
Chimeneas o salidas de humos en fachadas: instalación y cambio
Saludos.
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FORO DE DERECHO CIVIL
Autor: naufragio Fecha: 07/12/2011
Tema: no pagar su parte
Sr Pasacero,
Siento decirle que estaba Ud muy desacertado en sus respuestas hacia mi,ya que mi padre ya tiene embargadas sus cuentas por no pagar su 50%.
Lo que me indicaba Ud,ocurre esclusivamente cuanto ese acuerdo es verbal en las dos partes,pero no cuando está escrito, en la senctencia,por el juzgado.
Si hubieran acordado verbalmente el acuerdo de 50%uno y el otro 50% el otro, como las palabras se las lleva el viento,seria mi madre la que tendría que pagar todo.
Lo de que sea un problema para la comunidad debe pesar sobre la parte que no paga,que es mi padre, y no sobre la que si paga,que es en este caso mi madre
Gracias,tampoco entiendo porque me ha supuesto de genero masculino,pero gracias de todos modos
FORO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Autor: camarlengo Fecha: 27/09/2011
Autor: pasacero
Dejen llave al administrador de la comunidad, está obligado a ello. Administrador tienen todas las comunidades.
Amigo pasacero, eso es lo que dice Ud. sin saber de la "misa la verdad", no puede Ud. dar por hecho que "Administrador tienen todas las comunidades" cuando Ud. no es DIOS para saber a ciencia cierta que eso es así.
MI comunidad no tiene,´luego ya no es correcta su apreciación", Plis, por favor, no hable por las demás comunidades, hable por sí solo o de lo que sabe.
Bien es cierto que hay que dejar la llave pero... hasta cierto punto. No todos los Administradores son de fiar, o sí?...
ComunidadVecinos.com
pasacero
Vecino
Registrado: 17-05-2006
Mensajes: 370 Publicado: 10-01-2012 21:22 Asunto:
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Ha bueno si es tuya únicamente, entonces lo tienes claro, a pagar se ha dicho. Mejor dicho lo pagará tu seguro, ya verás que sorpresita te llevas. Pero bueno como es tuya y solamente tuya pues ya lo pagarás. Y si no juzgado que te crio, ya verás como se te quitan las ganas de adjudicarte propiedades.
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duplex
Vecino
Registrado: 31-05-2008
Mensajes: 34 Publicado: 10-01-2012 23:13 Asunto:
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pasacero escribió:
Ha bueno si es tuya únicamente, entonces lo tienes claro, a pagar se ha dicho. Mejor dicho lo pagará tu seguro, ya verás que sorpresita te llevas. Pero bueno como es tuya y solamente tuya pues ya lo pagarás. Y si no juzgado que te crio, ya verás como se te quitan las ganas de adjudicarte propiedades.
no se porque empleas ese tono en tu mensaje.. porque tengo una terraza? pues vaya tela.. Yo no me adjudico nada!!! compre un piso con terraza que hay de malo en eso????
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Y ya no digamos cuando se cambia de Nick porque lo expulsan u otras circunstancias.
Uno de los cambios que se podrían citar, de pasacero a palacisos, pero si buscan, seguo que encuentras muchos más.
palacisos1
Vecino
Registrado: 18-01-2012
Mensajes: 74 Publicado: 24-03-2012 20:55 Asunto:
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Si esa es la respuesta de su administrador, no seré yo para contradecirle. Es más, me deja tan perplejo esa afirmación que tomo nota, ya que es algo a tener en cuenta para aplicar en mi comunidad, llena de morosos por cierto.
Añado.
Los administradores de fincas reciben formación continua y obtienen certificado de conocimientos mínimos, eso les convalida para ejercer su profesión. Si esto le dicen, es que es verdad si o si.
Ultima edición por palacisos1 el 24-03-2012 21:07, editado 1 vez
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Bri
Vecino
Registrado: 03-10-2010
Mensajes: 252 Publicado: 24-03-2012 20:58 Asunto:
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¡Mentira!
Ustedes tienen a otro inepto como administrador, igual que ocurre en mi comunidad.
Se elabora el presupuesto de gastos, y sobre el resultante total, se añade el 5% como fondo de reserva, que sirve para hacer frente a los gastos de amntenimiento imprevistos de ese ejercicio que no han sido presupuestados. No están obligados a ahorrar esa cantidad todos los años (incrementar cada año un 5% la cantidad incicial del fondo9. Lo que sí estan obligados, todos y cada uno de los años (ejercicios), es a tener como mínimo un fondo de reserva que suponga el 5% del último presupuesto aprobado.
Le pongo un ejemplo práctico:
Año 2010: presupuesto 25000 €. Fondo 5% = 1250 €. Total a pagar entre todos los propietarios, según cuota de participación: 26250 €. Al finalizar el año, del fondo se han gastado 250 euros. Les quedan 1000.
Año 2011: presupuesto 26000 €. Fondo de reserva 5% = 1300 €. Como tienen un remanente de 1000, sólo están obligados a cubrir los 300 € que faltan, por lo que entre todos los propietarios, según cuota de participación, tendrán que pagar 26300 euros.
Año 2012: presupuesto 26000 €. Fondo de reserva 5% = 1300 €. No han gastado nada del fondo de reserva del ejercicio anterior, por no ser necesario. Pueden perfectamente proveer el fondo con la cantidad del ejercicio anterior, por lo que entre todos los propietarios, según cuota de participación, tendrán que pagar 26000 euros.
Art. 9.1.f de la LPH:
Son obligaciones de cada propietario:
Contribuir, con arreglo a su respectiva cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva que existirá en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación yreparación de la finca.
El fondo de reserva, cuya titularidad corresponde a todos los efectos a la comunidad, estará dotado con una cantidad que en ningún caso podrá ser inferior al 5 por 100 de su último presupuesto ordinario.
Con cargo al fondo de reserva la comunidad podrá (ojo,no es obligatorio, es sólo una opción) suscribir un contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca o bien concluir un contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales.
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A los demás que nos equivocamos, aunque no tanto, sobre todo porque intervenios menos, paciencia y saber estar y no dar opiniones de cosas que nos vienen grande, o al menos no darlas queriendo hacer ver a los que no saben que sabemos bien lo que decimos.
O te largan a ti, o me largan a mi, suerte y que mejore esto, por el bien de los pobres que participamos para intentar solucionar nuestros problemas comunitarios.