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A
astory
02/08/2012 21:16

administrador de la comunidad

¿Cómo podemos echar a la persona ajena que lleva la administración de nuestra comunidad de vecinos?

1.401 lecturas | 2 respuestas

Vivo en una comunidad de 40 vecinos,y la administración nos la lleva una persona ajena a dicha comunidad.Hemos tenido problemas con ella, puesto que no presenta las facturas que solicitamos los vecinos,hace y deshace lo que le da la gana, y no cumple con su trabajo..

Mi pregunta es:¿como podemos echarla de ese puesto? ¿es necesario el apoyo de todos los vecinos? A las reuniones que se hacen una vez al año solo vamos como máximo 12 vecinos.¿seria suficiente por votación de la mayoría de los reunidos, o habría que consultarlo con el resto q no va a las reuniones?

Muchas gracias

 
A
astory
06/08/2012 18:33

Muchas gracias por la información; le comentaré al presidente de la comunidad todo lo que me has dicho para que empiece a informarse del contrato. Un saludo

 
J
jobac
02/08/2012 22:49

Lajunta puede cesarle del cargo, artículo 13 de la LPH:

....

7. Salvo que los estatutos de la comunidad dispongan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por el plazo de un año.

Los designados podrán ser removidos de su cargo antes de la expiración del mandato por acuerdo de la Junta de propietarios, convocada en sesión extraordinaria.

....

Así que podéis hacer una convocatoria de junta extraordinaria con ese punto en el orden del día, pude convocarla el presidente o el 25% de los propietarios. 

Pero ¡¡¡OJO!!! Leeros el contrato con el administrador por que seguramente os pedirá que le abonéis una indemnización por cancelación de contrato. Si opináis que ha sido él el que ha incumplido sus obligaciones mirad si podéis demostrarlas y rompéis el contrato por incumplimiento. Lo dicho mirad el contrato y revisa el artículo 20 de la LPH que marca las obligaciones por ley que debe cumplir un administrador.

Un incumplimiento sería que si es secretario-administrador (que es lo habitual) está obligado a realizar la convocatoria por orden del presidente si no lo hace zasca!!!. Pero puede no haber adevertido de deficiencias en la comunidad, no haber elaborado el "plan de gastos", etc. Bueno, pero mirar el contrato que hayáis firmado con él.

Espero que te haya sido de utilidad la respuesta.

 

Fin del hilo
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