Si eres de Madrid el PGOUM establece que la altura mínima en una plaza debe de ser de 2,00 m, al menos que sea un edificio catalogado (antiguo) y por tanto esté justificada esa altura inferior.
Si no eres de Madrid, deberás consultar el plan general de ordenación urbana correspondiente, o realizar la consulta en el ayuntamiento.
Si cumple la altura mínima, no tienes nada que hacer. Si no se cumple, puedes comunicar a la Comunidad que vas a poner en conocimiento del ayuntamiento los hechos para que pasen inspección y obliguen a la comunidad a realizarlo. Con la salvedad que como el técnico municipal se de cuenta que tenéis los motores de la extracción de garaje condenados, os tocará repararlos bajo amenaza de clausura del garaje.
En cualquier caso, si hay un incendio en el garaje, Dios quiera que no haya daños personales, van a empapelar a la Comunidad de Propietarios con toda la razón del mundo. Eso sin contar la insalubridad que supone un garaje sin extracción donde se quedan los humos de los coches retenidos.