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rogami
02/03/2013 11:54

protección de datos

¿Es legal publicar la lista de morosos en una Asamblea donde no tienen derecho a voto?

3.563 lecturas | 7 respuestas

Quiero saber si no se puede publicar la relación de morosos en la convocatoria de una Asamblea donde, por serlo, no tienen derecho a voto. El Administrador me dijo que lo prohibe la Ley de protección de datos. Yo creo que no tiene sentido, pues se trata de que se conozcan los morosos por todos los vecinos afectados.

Saludos

 
MAXQUEFINCAS
MAXQUEFINCAS
08/04/2013 09:36

Planteo una cuestión a todos los foreros:

Cita:

Convocatoria de una Junta Ordinaria (Relación de propietarios con deudas vencidas)

Conforme a lo establecido en el art. 16.2 de la LPH se detalla la relación de los propietarios que no están al corriente de pago de las deudas vencidas de la comunidad y se advierte de la privación del derecho de voto dado no se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2 de la misma LPH. 

  • Propietario del 1º A con coeficiente de participación  0,34 ---> Deuda 400 € (Recibo Enero 2013 - 100 €, Recibo Febrero 2013 - 100 €, Recibo Marzo 2013 - 100 €, Recibo Abril 2013 - 100 €).

¿Consideran ustedes que este modo de presentar la relación de deudores incumple la LOPD? ¿Se podría publicar en el tablón de anuncios?

Espero sus comentarios


Editado por MAXQUEFINCAS 08/04/2013 9:36
Administraciones Maxquefincas
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T
teneridea
08/04/2013 00:24

Sencillo, poner una nota diciendo que se cambia la cerradura y el código del mando del garaje, que pasen por la administración para recoger la llave y el código.

 
P
pote314
27/03/2013 16:13

Eso quisiera yo,¿pero a qué dirección si no facilita ninguna?

 
N
Naranekk
27/03/2013 15:57

Pues la forma normal de notificación: correo postal.

 
P
pote314
27/03/2013 15:23

Perdón,una aclaración:

Si no se puede convocar a través del tablón de anuncio,¿qué otra opción hay para los no residentes?

En mi caso la comunidad es un garaje, muchos de cuyos propietarios(morosos) no residen en el inmueble y que no facilitan su dirección.

Gracias 

 
R
rogami
03/03/2013 13:25

Gracias por la respuesta. En efecto ese era mi criterio, pero ante la negativa del administrador a facilitarnos en la convocatoria los datos de los morosos,  quise contrastarlo con ustedes.

Saludos.

 
P
PEPE123
02/03/2013 19:41

En las convocatorias de junta es, precisamente, donde debe estar la lista de morosos.

Lo que no se debe hacer es publicar la convocatoria en el tablón de anuncios, vieja, y absurda hoy en día, costumbre.

 

Fin del hilo
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