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Y
yzarc
15/12/2013 10:33

Reclamación deuda con Proceso Monitorio

¿Cómo proceder ante un vecino insolvente que no ha pagado sus cuotas de comunidad?

5.094 lecturas | 5 respuestas

Tenemos un vecino en la comunidad que debe 15 cuotas a día de hoy (sobre los 700€), y al que se le han dado, en reuniones extraordinarias, varios intentos y facilidades para que se pusiera al día con la deuda.

Finalmente y en vista que nos daba largas y decidió iniciar un proceso monitorio.

- Se liquidó la deuda
- Se envió burofax con certificado de contenido
- Se pidió la nota simple
- Se ha iniciado el proceso monitorio.
(aprovecho para dar las gracias por la información sacada de este foro que nos ayudó de guía)

Hemos recibido ya la sentencia en la que le condenan a pagar antes de 20 días y sino le embargaran bienes ....

Este vecino comentó con otro al recibir la notificación que le daba igual porque se iba a declarar insolvente y no cobraríamos nada.

Han pasado ya los 20 días y efectivamente, no ha hecho efectivo el pago.

Que tenemos que hacer ahora? Pedir al juzgado que le embargue? o al ver el juzgado que no ha llevado el comprobante de pago lo iniciaran ellos automáticamente?

Esta persona está casada y suponemos que a nombre de él o de su mujer, tendrán xxx € en la cuenta para pagar agua, luz etc cobrar .... 

Hay que empezar todo el proceso de nuevo contra su mujer para poder cobrar? (en la nota simple aparecen como propietarios del piso los dos)

Gracias por vuestra ayuda

 

 
Y
yzarc
01/01/2014 19:19

MIGUELSERCOS dijo:

Hola.

Que era un ejemplo (las cantidades), se entendía perfectamente.

Respecto a lo de la esposa; debería comprobar si también es la propietario del piso (nota simple).

Si es necesario o no demandarla también, mejor sería que le conteste algún abogado. Hace años una demanda fue "tumbada" por no incluir a la esposa. En su caso, al ser un Monitorio y no haber oposición, no se ha entrado en discusiones al respecto.

Si comprueban que el cobro de la deuda de 700 euros les resulta casi imposible, lo mejor sería esperar a acumular más deuda para no estar cada tres meses en el juzgado.

Al menos, tendrán la reclamación hecha y, si el piso pasase a manos de terceros, éstos deberán hacerse cargo de la deuda.

Les hará falta mucha paciencia y no menos cantidad de suerte.

Y ojo, como ya dije, si en un momento dado se ven obligados a acudir a un Menor Cuantía y el moroso tiene derecho a Justicia Gratuita, echen cuentas, que la cosa les puede salir "a pagar".

Un saludo.

 
Editado por MIGUELSERCOS 01/01/2014 15:09  

Muchas gracias Miquel .... yesyesyesyes

Da una rabia .... pero bueno .... pues a tener kg de paciencia .... que aún nos saldrá a pagar y entonces si que ya me/nos da "argo" cool

 
Y
yzarc
01/01/2014 13:07

pasacero dijo:

¿Deuda de 150, y nos dijo que era de 700? En qué quedamos. 

 

A ver .... puse 100 y 150 para usar números fáciles. Para ayudarme necesitas la cantidad exacta?
 

La deuda puesta en el proceso monitorio era de casi 700€, pero pasan los meses y siguen sin pagar las nuevas cuotas con lo que aumenta la deuda 

3 meses x 60€/mes = 180€ que ha aumentado la deuda.

En el supuesto nuevo proceso monitorio se podría reclamar los 700+180 a su mujer o sólo los 180?

Mejor así?

 
Y
yzarc
31/12/2013 19:25

antiquo dijo:

yzarc dijo:

Hemos recibido ya la sentencia en la que le condenan a pagar antes de 20 días y sino le embargaran bienes ....

Sería un Auto, no una Sentencia.

Ok, algo nuevo que aprendo, para mi todo es lo mismo :-)

antiquo dijo:

yzarc dijo:

Han pasado ya los 20 días y efectivamente, no ha hecho efectivo el pago.

Que tenemos que hacer ahora? Pedir al juzgado que le embargue? o al ver el juzgado que no ha llevado el comprobante de pago lo iniciaran ellos automáticamente?

Según la jurisprudencia mayoritaria, no es necesario presentar demanda de ejecución cuando la misma dimana del monitorio sin oposición. La vía de apremio (embargo) es o debería ser automática.

No obstante, deberás esperar unos días aunque haya pasado el plazo a que el Juzgado mueva ficha.

Si pasado más de un mes no sabéis nada, puedes presentar escrito o directamente acercarte (el presidente) por la secretaría del tribunal para interesaros del asunto.

 

Antiquo.

 

Muchas gracias Antiquo y MIGUELSERCOS por vuestras respuestas, a tener paciencia pues ...

 

Una duda más .... cuando empezamos el proceso monitorio la deuda era de 100 pero con el paso de los meses ahora es de 150

Podríamos intentar tener más suerte con su mujer que creemos que no es insolvente. Que deberíamos hacer iniciar otro proceso contra ella por el total de la deuda(150) o sólo por la nueva (50)?

(no querría haber hecho todo esto y haberme equivocado en denunciarlo a él en vez de a ella)


Editado por yzarc 31/12/2013 19:29
 
Y
yzarc
28/12/2013 21:25

pasacero dijo:

El moroso tendrá 20 días para pagar su deuda o presentar un recurso por escrito. Si el moroso no hace nada, el juez puede embargar sus bienes por el valor de la deuda, más los intereses y las costas. Si el moroso se presenta pero se opone y debe menos de 3.000 euros, habrá un juicio verbal. Si se opone y la deuda es superior, entonces habrá que presentar una demanda judicial con la ayuda de un abogado.  

Hay que solicitar al juez que embarque los bienes? o simplemente esperar?

Respecto a lo de su mujer, que nadie me ha respondido sobre eso wink, hay que empezar otro proceso contra ella?

 
ADASgestion
ADASgestion
15/12/2013 14:42

en el caso de embargo, sera la propiedad 

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
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