Volver al foro
E
eduardoagudogonzalez
13/02/2014 15:27

Aprobación mayorias instalación Sistema Antipánico

¿Qué mayorías son necesarias para instalar un sistema antipánico en los trasteros con la nueva actualización de la LPH de Agosto de 2013?

1.638 lecturas | 6 respuestas

 


Buenos dias:

Mi problema es el siguiente. tenemos la intencion de instalar un sistema antipánico de acceso a los trasteros de funcionameinto apertura interior barra por fuera cerrado.

Con la nueva actualización de 17.3 o 17.4 de LPH de Agosto de 2013. Que mayorias son necesarias?

Son necesarios 3/5 de los vecinos asistentes? 3/5 de todos aunque no asistan a la Junta?

Es decir si no van a junta ya los 3/5 se daría por finiquitada la misma sin acuerdo? porsupuesto

Sería necesario esperar los 30 dias de rigor hasta determinar que por no comparecencia o comunicación se establece el voto favorable implicitamente?

O esto último ya no existe con la nueva modificación de la LPH-

Necesitaría una exposición mas o menos clara puesto qeu con la nueva modificación a mi ya no me queda nada claro.

Muchísimas gracias.

 
E
eduardoagudogonzalez
14/02/2014 12:55

Hola: Por favor la pregunta no es si instalar sistema antipanico o no.

Yo he visto que es indispensable y eso es lo que nos han recomendado.

El tema es instalandose el sistema antipanico por cuanta mayoria debe ser aprobado en Junta.

 

1. Mayoria de 3/5 de los asistentes en segunda convocatoria. Y esperar 30 dias si nadie se pronuncia en contra se dan por votos favorables los no pronunciados.

 

o.

2. Como yo entiendo según cambio de ley 17.3  del 8/2013, Punto 5 creo que habla de mayoría de 3/5 general de la finca bajen o no a junta de tal manera qeue si por ejemplo no bajan los 3/5 quedaría sin aprobar la mejora.

 

POr favor aportenme algo de luz en 1 o 2. y si estoy equivocado en las mayorías argumentemelo con la ley en la mano.

 
P
PelanasEC
13/02/2014 17:23

No es obligatorio el que la puerta tenga barra antipánico ni con la normativa actual. Al ser un lugar donde solo van personas que lo conocen puede ser mediante manilla, que seguramente sea lo que tengan ahora. Con poner una cerradura por la parte exterior bastaría. Si la puerta ya es resistente al fuego, claro.

 
E
eduardoagudogonzalez
13/02/2014 15:54

la finca tiene7 años no se si se refiere a eso

 
E
eduardoagudogonzalez
13/02/2014 15:50

le informo que la intención  reforma se intenta realizar debido a un robo

 
E
eduardoagudogonzalez
13/02/2014 15:46

Muchisimas gracias. Una pregunta  a que se refiere que no es obligatorio?

A la realización de la obra en si?

 
ADASgestion
ADASgestion
13/02/2014 15:44

eso es lo que pide la normativa, pero dependiendo del año de construccion no es obligatorio a no ser que hagan una rehabilitación de la zona donde estan esas puertas

ADASGestión (Administración de Fincas y Asesoría Jurídica)
Tfo: 639308215 | adasgestion@gmail.com
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 

Fin del hilo
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento