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P
pptxu
05/05/2014 03:48

puede un inquilino representar al propietario en Juntas?

¿Puede un propietario ser representado por su inquilino en las juntas de la Comunidad?

4.731 lecturas | 13 respuestas

Propietario, cuya inquilina debe casi 400 € de agua a la Comunidad, pretende ser repre

resentado por ésta en las Juntas por comodidad. Ella, encantada, afirma haberse informado de que es legal y anima a que estén presentes en las juntas otros inquilinos para  " darle a la Comunidad donde más le duele ". Actitudes aparte,  ¿puede un propietario ser representado por su inquilino? Todos conocemos el procedimiento de delegación legar, pero aquí parecemos tontos. Cuando uno argumenta sobre esto, no se apoya y el "listo" se sale con la suya. otra cosa, ¿pueden, siquiera, estar presentes? y ¿en qué condiciones?  gracias

 
BOIRA_A
BOIRA_A
12/05/2014 23:44

Muchísimas gracias por su aclaración, creí que desde 1999 no habían modificado LPH, pero ya veo que sí Se lo agradezco mucho, pues vivo en una comunidad con problemas por parte de inquilinos y propietario y precisamente yo me agarro a esta ley para no pagar el arreglo del patio si antes no se pone cámara, por que son los inquilinos y algún propietario los que estropean las cosas y luego somos TODOS los que pagamos y la verdad es que ya estoy harta, yo quiero la cámara, incluso he dicho que sea  a partes iguales en vez de enteros aunque me perjudique, para no perjudicar a los que mas pagan, pero se opone uno que precisamente sus inquilinos son los que nos crean bastantes problemas, por eso es importante que me lo haya aclarado

 

Le quedo muy agradecida

 

Un saludo

 
Adminfergal
Adminfergal
12/05/2014 20:55

Hola Boira:

El art. al que se refiere Vd. esta incluido actualmente en el art. 17.4 que dice "Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características. No obstante, cuando por el voto favorable de las 3/5 partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las 3/5 partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridas para la adecuada conservación, habitabilidad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará la cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
Administrador de Fincas colegiado | Graduado Social
691564359 - Fijo y Fax. 915050900 | mfernandez@adminfergal.es | www.adminfergal.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
BOIRA_A
BOIRA_A
12/05/2014 19:05

Pero es te caso entiendo y leo que esta abolido TODO el articulo, con lo cual NADIe puede pedir mejoras y asi si que esta bien

 

Gracias y un saludo

 
P
PEPE123
12/05/2014 18:51

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906

 

 
BOIRA_A
BOIRA_A
12/05/2014 18:18

Qué yo sepa no, pero si esta derogado puede decirme desde cuando

 

GRACIAS

 

Un saludo

 
BOIRA_A
BOIRA_A
12/05/2014 17:37

Lease el articulo 11 de LPH

 
F
Fixin
12/05/2014 17:13

Los disidentes solo pagarán tres cuotas????

Nos podría decir en que artículo de la LPH dice que los disidentes solo tienen que pagar tres cuotas???

 

Gracias

 
BOIRA_A
BOIRA_A
12/05/2014 17:00

En este caso claro que esta privada de voto,l y el pago lo debe hacer

 
BOIRA_A
BOIRA_A
12/05/2014 16:59

Segun la L de la PH no se esta obligado a pagar mas de 3 cuotas de mensualidad cuando lo que se quiere poner es algo nuevo o de embellecimiento, algo que no sea para rehabilitar o conservar el edificio, los desidentes solo pagaran las tres cuotas y no por ellos se les puede considera morosos, por que no lo son, las obras de mejoras que no sean de conservacion no son obligatorias aunque no se les pueda privar de su uso

 
P
PEPE123
12/05/2014 12:05

pptxu dijo:

Propietario, cuya inquilina debe casi 400 € de agua a la Comunidad...................

La inquilina NO DEBE nada a la comunidad, quien debe es el propietario.

Por lo demás, de acuerdo con lo respondido en cuanto a representación en general, y en desacuerdo con lo que dice Boira_a, aunque sean derramas y no esté de acuerdo, si no paga es moroso.

.

 

 

 
BOIRA_A
BOIRA_A
11/05/2014 23:42

Como poder sí, siempre que lleve la autorización por escrito, pero votar de ninguna de las maneras si debe algo, siempre que lo que deba sea de cuotas, no de derramas de las que no ha estado de acuerdo y asi lo ha expuesto en junta y  que por la LPH no este obligado a pagar, salvo las tres cuotas que sí le obliga la ley, aunque no este de acuerdo en la mejora

 
Adminfergal
Adminfergal
05/05/2014 08:55

Buenos días.

Totalmente de acuerdo con Zenaida. Puede estar representado si hay una delegación de voto por escrito. Pero solo podrá tener derecho a voz y no a voto si el representado no está al corriente de pago en el momento de la celebración de la Junta.

Un cordial saludo.

Miguel.

 

Miguel Fernández
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zenaida
05/05/2014 08:34
No soy administrador...por lo tanto mi respuesta es desde lo q puedo saber.
Según creo un propietario puede elegir a quien el quiera para asistir como su representante a las juntas...tiene q ser por escrito...asimismo no podrá votar si no esta al corriente de pago el propietario, en la citación para la junta tienen q constar los propietarios q no pueden votar por no estar al corriente de pago...no obstante el representante legal del propietario supuestamente moroso puede dar su opinión como cualquier otro comunitario.
Es lo q creo...lo deberá confirmar un profesional.
Ahora como propietaria les digo q en muchas comunidades s existen un grupito de propietarios que hacen lo q les da la gana y no les sirve de nada los consejos q les da el profesional administrador y ....claro se llegan a situaciones no deseadas...porque de los abusos vienen problemas...
 

Fin del hilo
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