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C
canacaro
01/08/2014 13:07

Estatutos Comunitarios

¿Puede la CC.PP. prohibir el uso del ascensor a vecinos de planta baja excluidos de pago por estatutos?

1.297 lecturas | 2 respuestas

Buenos días:

CC.PP. que cuenta con ascensor desde su origen, el cual va de la planta sótano hasta la última.En sus estatutos se indica que los garajes y los pisos de la planta baja están excluidos de los gastos de conservación, mto y reparación.

Los vecinos de la planta baja lo utilizan para subir desde el garaje a su vivienda, sin contribuir a los gastos, pues así lo determinan los estatutos.

Pregunta: cabe la posibilidad de que la CC.PP. prohiba el uso del ascensor a los vecinos de la planta baja, excluidos de pago por estatutos? o al ser un elemento común esencial no se puede  privar su uso?

Muchas gracias.

 
S
snzs
01/08/2014 14:26

Me refería llave para acceder al garaje con el ascensor y llave para llamar al ascensor desde el garaje. Por si no quedó claro.

S&T
Administradores de Fincas
Abogados
cristina.gs_10176@cafmadrid.es
Contamos con la colaboración de profesionales expertos en vivienda que os ayudarán a resolver todas vuestras dudas. Si deseas formar parte del equipo de colaboradores escríbenos
 
S
snzs
01/08/2014 14:15

Buenos días,

Es posible exonerar de ciertos gastos a los propietarios. Lo que no es de recibo es que se les exonere pero hagan el uso de los mismos, porque precisamente la exoneración obedece a alguna justa causa que suele ser el no uso.

Así pues yo le recomiendo que su administrador les remita carta donde les invite a no hacer uso de dicho ascensor, a menos que voluntariamente quieran contribuir con sus gastos. En caso de que persistan con el uso yo acordaría por junta poner una llave para acceder al garaje.

Un saludo

S&T
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Fin del hilo
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