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T
tdb
20/09/2014 21:32

duda sobre quien paga

9.613 lecturas | 6 respuestas

La tuberia que suministra agua a mi piso desde los contadores es elemento comunitario o privado o privativo;en caso de rotura con daños a terceros quien tiene que pagar la factura yo o la comunidad

 
C
comunidadtorresol
09/09/2023 11:13
Las tuberías son comunitarias ojo hasta su conexión con la misma.
La que es suya es la que empalma está con su piso
 
J
Juanjo17
08/09/2023 19:53
Buenas tardes
Me encuentro con el siguiente problema en mi comunidad: en casa piso hay un cuarto de tuberías, cada una va a un piso de la planta (4 pisos por planta). El caso es que las tuberías generales están cambiadas pero la tubería que va a cada piso (conectadas a las generales en el citado cuarto) son las originales y están en muy mal estado.
Todas ellas están en el portal, siendo mi pregunta: ¿Le corresponde al propietario de cada piso pagar la suya o le corresponde a la comunidad?
 
L
luismp
26/08/2022 21:58
La llave del patinillo es comunitaria.
 
T
tabuco
26/08/2022 21:09
Buenas tardes.
Quería aprovechar este hilo y exponer: en mi bloque solo existe el contador general y por un patinillo comunitario de la escalera cada piso tiene una llave para el corte individual de cada vivienda (independientemente existe otra dentro de la vivienda- privativa).
Esta llave del patinillo ¿es comunitaria o privativa).
Gracias por su ayuda.
 
F
Fixin
22/09/2014 10:20

Yo no estoy de acuerdo con lo dicho aquí, el CC, tras su reforma por la Ley 8/1999, de 6 de abril, consolida el criterio de la “ubicación” para la imputación de esta responsabilidad.

Las tuberías o canalizaciones horizontales de agua tienen la consideración de elementos privativos desde el momento en que entran dentro del perímetro de la vivienda privativa correspondiente a cada uno de los propietarios. Desde este lugar, la responsabilidad de su conservación y mantenimiento es de cuenta de cada propietario (y de su seguro), y no de la comunidad de propietarios (por todas, pueden citarse las Sentencias de la AP Valencia de 29 abril 2002 o de 8 de marzo de 2003.

Por el contrario, la tubería es común y responsabilidad de la comunidad en todo el espacio que se encuentra fuera del piso.

Por tanto, la tubería es privativa sólo en la parte que entra dentro del piso o local privativo, y es común cuando se encuentra fuera de la propiedad particular. De esta forma, la tubería de agua, con independencia de donde se ubique el contador, y hasta la entrada a la casa o piso, se considera común o general de la comunidad, salvo que lo estatutos de la Comunidad dispusieran lo contrario.

 
ADASgestion
ADASgestion
22/09/2014 00:11

Si los contadores del edificio están en zona común en batería dentro de un recinto o armario, entonces si sera privado la tubería desde el contador hasta la vivienda. 

Si los contadores están dentro de la vivienda, o en zona común de cada planta, ser de la comunidad la tubería desde la acometida general hasta el contador

Por lo que la tubería desde el contador hasta la vivienda independientemente de donde este sera privativo y la tubería de abastecimiento hasta el contador individual sera de la comunidad

 

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Fin del hilo
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