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severianomiguel
08/10/2014 14:08

GASTOS QUE EL PRESIDENTE PUEDE AUTORIZAR

¿Qué se debe hacer cuando un presupuesto aprobado supera el gasto estipulado?

13.212 lecturas | 5 respuestas

Soy presidente voluntario de una comunidad de 194 vecinos, 24 entreplantas y 16 locales.

He hecho un estudio de los vecinos y me resulta que un 52% se preocupa un poco por la comunidad y el 48% restante le da igual de ella.

A principio de año en Junta de propietarios se aprobó el presupuesto de gastos para la comunidad, que entiendo al ser aprobado por mayoría de los asistente a la Junta de propietarios, es el documento por el que me tengo que guiar para no pasarme de gastos en el año.

Entiendo, no se si estoy en lo legal, de que cualquier gastos de los aprobados en el mencionado presupuesto, no tengo que reunir a la Junta de propietarios para hacerlo, informando después al año siguiente de lo que se ha hecho y donde se ha gastado

En caso de tener que hacer algún gasto que supere las cantidades aprobadas en el presupuesto por la mayoría de la junta de propietarios, si,  tengo que reunir al Junta de nuevo para que lo aprueben o no.

Si alguien me puede ayudar por favor, necesito aclaración sobre este punto si pudiera ser con la legislación a la que me tengo que ceñir.r.

 
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severianomiguel
12/10/2014 22:59

No me refiero a usar el fondo de reserva, que es cierto que la ley dice claramente que hay que tener, me refiero a gastos que ya estén aprobado en el presupuesto que la junta de propietarios aprueba a principio del año..

Por ejemplo gastos de conservación y mantenimiento  del alumbrado en los garajes, 1400,00 €, siempre que se gasten en conservación y mantenimiento del alumbrado de los garajes, y no se supere esa cantidad aprobada y siempre en beneficio del alumbrado de los garajes y por tanto de la comunidad, creo no es necesario convocar ninguna junta de propietarios informando en la primera que haya de como se ha gastado y porque, si hay que hacer Junta de propietarios para aprobar de nuevo los gastos aprobados en el presupuesto inicial, ¿para que se aprueba un presupuesto a primero de año?

Gracias

 
ADASgestion
ADASgestion
11/10/2014 19:50

El Presidente puede autorizar actuaciones urgentes de reparación y/o conservación de la finca. Por ejemplo, reparar una zona de impermeabilización en cubierta que provoca gotera en el piso inferior, No puede autorizar hacer nueva la impermeabilizacio de toa la cubierta.

Como son pequeños gastos, aunque no este previsto, tienen el 5% de fondo de reserva para aplicar a esos gatos

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severianomiguel
11/10/2014 09:38

Creo que me ha aclarado bastante solo con leer los dos primero párrafos.

Lo que se aprueba en junta de propietarios, como son los presupuestos en los cuales se asigna y se aprueba una remesa para cada grupo en el año, esta se pueden gastar siempre que se informe a la junta de propietarios en la próxima reunión. 

Otra cosa es unos gastos nuevos que no vienen en presupuestos, estos si que necesitan la aprobación por la Junta de Propietarios.

Muchas gracias por su colaboración  y ayuda

Un saludo

 
39621158
39621158
10/10/2014 22:59

He sido muchos años presidente y siempre he sido consciente de que lo aprobado en Junta va a misa. 

Esto no quiere decir, que un presupuesto sea como la Constitución del Sr. Rajoy, hay que tomarlo como guia, pues al aplicar unos importes por concepto, entiendo que unos son constantes y fáciles de acotar, ejemplo, ascensor, luz, etc. dada su reincidencia, otros pueden ser propuestos sea por mejoras o por necesidades de mantenimiento, en este supuesto, siempre habrán unos estudios y presupuestos para llevarlos a cabo, estos se expondrán y votaran, luego estos se ejecutarán. Normalmente en este supuesto no hay problemas en un 90%, el resto y según sea la obra a ejecutar puede salir algún inconveniente no previsto (ejemplo, lleva  el coche para un arreglo, hacen presupuesto y lo acepta, pero durante la operación le indican que hay que reparar algo que no lo habían visto antes de abrirlo y que subirá más, que hace?, yo siempre he tomado la decisión de tirar hacia adelante y terminar la obra iniciada, siempre informada por el industrial y comentada  con el resto de la Junta. En la Junta Ordinaria, se exponen los hechos acaecidos y las decisiones pertinentes tomadas. Luego y por último, existen los atropellos inesperados y urgentes, ej. fugas de agua, baldosas levantadas, etc., que si lo cubre el seguro adelante, en caso contrario lo tiene que acometer la Cdad., aqui no hay más remedio que tirar adelante si se considera urgente. Si hay tiempo, se deja de ejecutar algún trabajo, a efectos de no pasarse de presupuesto, en caso contrario, se ajusta en la Junta Ordinaria con la derrama pertinente.

No se si me he pasado, este es mi criterio y me ha ido bien.

 
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severianomiguel
08/10/2014 20:32

Con esta respuesta me quedo peor me dice que corresponde al administrador administrarlo. entiendo que el administrador administra lo que la junta de propietarios le da y de la forma que la junta de propietarios le dice.

Lo que a mi me gustaría conocer es si una vez aprobados los gasto en el presupuesto a primero de año, para realizar esos gastos ¿es necesario proponer una junta de propietarios cada vez que haya que hacer alguno de ellos?

Yo entiendo, pero no lo se que, mientras no se pasen del presupuesto aprobado creo pueden hacerlo, informando de todo los gastos en la siguiente junta de propietarios, si no es asi y cada vez que haya que hacer algo dentro de los gastos aprobados en el presupuesto, hay que convocar una junta de propietarios, yo le puedo asegurar que en esta comunidad tan grande no se hacia nada porque llega a cansarse el administrador, el presidente y cualquiera.

De todas formas muchas gracias por haberme contestado

 

Un saludo

 

Fin del hilo
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